Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2017 (21/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Viernes 21 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Bases de la Primera Convocatoria del Año Fiscal 2017 del Programa "Turismo Emprende" creado mediante Decreto Legislativo Nº 1329, las mismas que como Anexo forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y su anexo en el Portal Institucional del MINCETUR (www.mincetur.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1546812-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar la contratación de personal sujeto al Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y la adquisición de bienes y servicios para la implementación de diversas intervenciones y acciones pedagógicas
DECRETO SUPREMO Nº 215-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, los artículos 12 y 17 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación establece que para asegurar la universalización de la educación básica en todo el país como sustento del desarrollo humano, la educación es obligatoria para los estudiantes de los niveles de inicial, primaria y secundaria; el Estado provee los servicios públicos necesarios para lograr este objetivo y garantiza que el tiempo educativo se equipare a los estándares internacionales; y para compensar las desigualdades derivadas de factores económicos, geográficos, sociales o de cualquier otra índole que afectan la igualdad de oportunidades en el ejercicio del derecho a la educación, el Estado toma medidas que favorecen a segmentos sociales que están en situación de abandono o de riesgo para atenderlos preferentemente; Que, el numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza al Ministerio de Educación a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales hasta por el monto de SETECIENTOS VEINTICUATRO MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 724 000 000,00) mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Educación, a propuesta de esta última, para financiar entre otros, las siguientes intervenciones y acciones pedagógicas a cargo de los Gobiernos Regionales: a) La implementación de la Jornada Escolar Completa en las Instituciones Educativas Públicas de nivel Secundaria de Educación Básica Regular y enseñanza del idioma inglés en instituciones educativas públicas, b) El Plan Nacional de Fortalecimiento de la Educación Física y el Deporte Escolar en las Instituciones Educativas Públicas de Primaria y Secundaria de Educación Básica Regular, c) La implementación de las acciones de soporte y acompañamiento pedagógico en

los niveles de educación inicial, primaria y secundaria en instituciones educativas públicas, d) El funcionamiento de los Centros Rurales de Formación en Alternancia (CRFA), e) El fortalecimiento de la gestión administrativa e institucional en las Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL), g) El pago de propinas de los Promotores Educativos Comunitarios y el pago de pasajes, viáticos y/o movilidad local de Profesores Coordinadores en el marco de los programas no escolarizados de educación inicial de gestión directa del ciclo I y II, h) El fortalecimiento de los servicios pedagógicos en los centros y programas de Educación Básica Especial, escuelas inclusivas así como en las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, i) El fortalecimiento de las acciones comunes del PP 0090: Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular; y de las acciones del PP 0091: Incremento en el acceso de la población de 3 a 16 años a los servicios educativos públicos de la Educación Básica Regular, y del PP 0106: Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica; a través de la contratación de personal bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057 y la adquisición de bienes y servicios y j) la atención de condiciones básicas de las instituciones educativas regulares, institutos superiores de educación pedagógica y Colegios de Alto Rendimiento; Que, el numeral 27.2 del artículo 27 de la citada Ley dispone que las modificaciones presupuestarias autorizadas para el financiamiento de las intervenciones y acciones pedagógicas se efectúan progresivamente hasta el 31 de julio del año fiscal 2017; asimismo, se establece que las transferencias se efectúan en base a los resultados de la ejecución de los recursos asignados en el presupuesto institucional de los Gobiernos Regionales y de la ejecución de la última transferencia efectuada para las mencionadas intervenciones; asimismo, el numeral 27.3 dispone que el Ministerio de Educación emite, según corresponda, las condiciones o disposiciones complementarias que se deben cumplir para la transferencia y ejecución de los recursos a que hace referencia el referido artículo, en el marco de la normatividad de la materia; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 016-2017-MINEDU, modificada por Resolución de Secretaría General Nº 094-2017-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada "Normas para la contratación administrativa de servicios del personal para las intervenciones pedagógicas en el marco de los Programas Presupuestales 0090, 0091 y 0106, para el año 2017"; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 061-2017-MINEDU modificada por la Resolución Ministerial N° 152-2017-MINEDU, se aprueban los padrones nominales de Instituciones Educativas focalizadas para intervenciones pedagógicas, las metas de contratación (PEAS) del personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 para las intervenciones y acciones pedagógicas, y se dispone que los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación que se transfieran a favor de los pliegos Gobiernos Regionales en el marco de lo establecido en el artículo 27 de la Ley N° 30518, solo podrán ser usados para financiar las intervenciones y acciones pedagógicas durante el año 2017, conforme a lo establecido en los padrones nominales de Instituciones Educativas focalizadas y a las metas de contratación (PEAS) aprobadas; Que, con Resolución de Secretaría General Nº 037-2017-MINEDU se aprueba la Norma Técnica que establece los procedimientos, los criterios y las responsabilidades en el marco de las Transferencias de Recursos Destinados al Financiamiento de Intervenciones y Acciones Pedagógicas en Gobiernos Regionales durante el año 2017, la cual tiene como objetivos: i) Optimizar la gestión presupuestal de los recursos a ser transferidos a los Gobiernos Regionales, en específico a las Unidades Ejecutoras del Sector Educación; ii) Promover la transferencia oportuna de recursos a favor de los Gobiernos Regionales; iii) Minimizar los montos de los saldos presupuestales que se generen al finalizar el año fiscal 2017; iv) Propiciar el uso transparente y eficiente de los recursos asignados a las intervenciones y acciones

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