Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2017 (21/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Viernes 21 de julio de 2017 /

El Peruano

es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, por lo que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Sector Salud, está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en la presente Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales a) y b) del artículo 5 de la precitada Ley, contemplan como función rectora del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, la gestión de los recursos del sector; así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fiscalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA modificado por el Decreto Supremo Nº 011-2017-SA, señala que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, responsable de dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas en Salud Pública en materia de Salud Mental; Prevención y Control de Discapacidad; Salud Sexual y Reproductiva; Prevención y Control de Enfermedades No Transmisibles, Raras y Huérfanas; Prevención y Control del Cáncer; Inmunizaciones; Salud Bucal; Prevención y Control de Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis; Prevención y Control de VIHSIDA, Enfermedades de Transmisión Sexual y Hepatitis; Prevención y Control de la Tuberculosis; Intervenciones por curso de vida y ciudadano Integral, Promoción de la Salud y Pueblos Indígenas u Originarios; Que, en el marco de sus competencias funcionales la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública a través de la Dirección de Salud Mental ha formulado una propuesta de Norma Técnica de Salud de Centros de Salud Mental Comunitarios que tiene como finalidad contribuir a mejorar la salud mental y la calidad de vida de la población, en particular de las personas con trastornos mentales y/o problemas psicosociales, sus familias y su comunidad, facilitándoles el acceso a los servicios de salud y a las acciones sanitarias de salud mental en el país; Que, con el documento del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, ha sustentado la necesidad de aprobar el acotado Documento Normativo con el objeto de establecer el marco normativo y la regulación de la organización y el funcionamiento de los Centros de Salud Mental Comunitarios en las redes de servicios de salud articulados con los establecimientos de salud de los diferentes niveles de atención del Sector, propuesta que se encuentra validada por el Viceministerio de Salud Pública; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emitió opinión legal con el Informe N° 271-2017-OGAJ/MINSA; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA;

Artículo 1.- Aprobar la NTS N°138-MINSA/2017/ DGIESP: Norma Técnica de Salud de Centros de Salud Mental Comunitarios, que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Salud Mental de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública la difusión y seguimiento de lo establecido en la citada Norma Técnica de Salud. Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http:// www.minsa.gob.pe/transparencia/index.asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1546813-8

Dan por concluida designación, aceptan renuncias y designan profesionales en el Hospital Nacional Cayetano Heredia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 581-2017/MINSA Lima, 20 de julio del 2017 Vistos, los expedientes Nºs. 17-067405-001, 17067407-001, 17-067408-001 y 17-067409-001, que contienen los Oficios Nºs. 2183, 2184, 2185 y 2187-2017DG/HCH, emitidos por el Director General del Hospital Nacional Cayetano Heredia; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 781-2016HCH/DG, de fecha 24 de octubre de 2016, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Hospital Nacional Cayetano Heredia, en el cual los cargos de Director/a Adjunto/a (CAP ­ P Nº 0002), de la Dirección General; Asesor/a (CAP ­ P Nº 0003) de la Dirección General; Jefe/a de Oficina (CAP ­ P Nº 0049) de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración, y Director/a Ejecutivo/a (CAP ­ P Nº 0213) de la Oficina Ejecutiva de Gestión de Recursos Humanos, se encuentran calificados como de confianza y Directivos Superiores de Libre Designación, respectivamente; Que, con Resolución Jefatural Nº 513-2016/IGSS, de fecha 25 de julio de 2016, mediante la cual se designó al médico cirujano Emilio Andrés Cabello Morales, en el cargo de Director Adjunto, Nivel F-4, de la Dirección General del Hospital Nacional Cayetano Heredia; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 513-2016/ IGSS, de fecha 25 de julio de 2016, se designó al médico cirujano Asunción Isaías Rodríguez Salazar, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Oficina Ejecutiva de Gestión de Recursos Humanos y al médico cirujano Helver Alejandro Chávez Jimeno, en el cargo de Jefe de Oficina, Nivel F-3 de la Oficina de Apoyo a la Docencia e Investigación de la Oficina Ejecutiva de Gestión de Recursos Humanos, del Hospital Nacional Cayetano Heredia; Que, a través de la Resolución Jefatural Nº 765-2016/ IGSS, de fecha 6 de diciembre de 2016, se designó al contador público César Arturo Díaz Huangal, en el cargo de Jefe de Oficina, Nivel F-3, de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administración del Hospital Nacional Cayetano Heredia; Que, por Resolución Ministerial Nº 202-2017/MINSA, de fecha 29 de marzo de 2017, se designó al abogado Ruberli Alejandro Silva Lavado, en el cargo de Asesor, Nivel F-4, de la Dirección General del Hospital Nacional Cayetano Heredia;

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