Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2017 (25/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Martes 25 de julio de 2017 /

El Peruano

Cota 323, coordenadas UTM 334 945 m E y 9 713 198 m N. Cota 279, coordenadas UTM 332 480 m E y 9 714 548 m N. Cota 279, coordenadas UTM 330 679 m E y 9 717 553 m N. Cota 305, coordenadas UTM 332 168 m E y 9 720 779 m N. Cota 307, coordenadas UTM 329 650 m E y 9 721 357 m N. Hasta la línea de frontera con la República del Ecuador, en su intersección con la coordenada UTM 329 645 m E, Zona 18S, (divisoria de aguas del río Macusari y la quebrada Capahuari), punto de inicio de la presente descripción. Artículo 2. Categorización y recategorización de centros poblados 2.1 Recategorízase el centro poblado de Nauta, capital de la provincia de Loreto y del distrito del mismo nombre, a la categoría de ciudad. 2.2 Categorízase el centro poblado de Santa Rita de Castilla del distrito de Parinari a la categoría de pueblo. 2.3 Categorízase el centro poblado de Maypuco del distrito de Urarinas a la categoría de pueblo. Artículo 3. Capital provincial y capitales distritales La capital de la provincia de Loreto es la ciudad de Nauta. Las capitales de los distritos de la provincia de Loreto son: DISTRITO Nauta Parinari Tigre Trompeteros Urarinas CAPITAL DISTRITAL Ciudad de Nauta Pueblo de Parinari Pueblo de Intutu Pueblo de Villa Trompeteros Pueblo de Concordia

la cartografía oficial elaborada por el Instituto Geográfico Nacional (IGN) a escala 1:100,000, Datum WGS 84, hojas: 4-l Bellavista, 4-m Arica, 5-k Cunanbo, 5-l Mariscal Cáceres, 5-m Río Pucacuro, 5-n Bolívar, 6-j Checherta, 6-k Andoas, 6-l Lamastiphisca, 6-m San Antonio, 6-n Quebrada Aguablanca, 7-k Nuevo Soplín, 7-l Valencia, 7-m Pucacuro, 7-n Intuto, 8-k Sungache, 8-l Pucuna, 8-m Villa Trompeteros, 8-n Río Corrientes, 8-ñ Libertad, 9-k San Juan de Pavayacu, 9-l Río Urituyacu, 9-m Santa Martha, 9-n Santa Rosa, 9-ñ Yacumama, 9-o Río Itaya, 9-p Tamshiyacu, 10-l Río Nucuray, 10-m Urarinas, 10-n Yanayacu, 10-ñ Parinari, 10-o Nauta, 10-p Ramón Castilla, 11-l Lagunas, 11-m Río Cauchio, 11-n Río Samiria, 11-ñ Flor de Punga, 12-l Río Shishinahua, 12-m Río Sacarita, 12-n Canal Puinahua, mediante los cuales se pueden identificar de manera clara los elementos geográficos que pertenecen a la provincia de Loreto. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. Norma derogatoria Deróganse el artículo 3 de la Ley 9815, Nueva demarcación política del Departamento de Loreto, y el artículo 2 de la Ley 24696, Ley que crea el distrito de Trompeteros en la provincia y departamento de Loreto. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los siete días del mes de julio de dos mil diecisiete. LUZ SALGADO RUBIANES Presidenta del Congreso de la República ROSA BARTRA BARRIGA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de julio del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Representación cartográfica Forma parte de la presente ley la representación cartográfica del límite político - administrativo de la provincia de Loreto, en el departamento de Loreto. SEGUNDA. Base de la cartografía Los límites territoriales de los distritos que conforman la provincia de Loreto se han trabajado sobre la base de

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Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.

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