Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2017 (25/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Martes 25 de julio de 2017

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Que, mediante el Informe de Vistos, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos sustenta la necesidad de modificar el Decreto Supremo Nº 0392014-EM para adecuar el marco normativo sectorial en función a las necesidades requeridas por el Subsector Hidrocarburos a efectos de promover las inversiones en las actividades de hidrocarburos y mantener las relaciones armoniosas entre las inversiones económicas, la población y el ambiente; Que, en atención a lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas generales que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, con el fin de recibir comentarios y sugerencias de los interesados; Que, en ese sentido, corresponde disponer la publicación del proyecto de decreto supremo que modifica el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, otorgando a los interesados un plazo de quince días hábiles para la remisión por escrito o vía electrónica de los comentarios y sugerencias; De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y, por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la publicación del proyecto de decreto supremo que modifica el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos y su exposición de motivos. Artículo 2.- Establecer un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, sito en Avenida de Las Artes Sur Nº 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, o vía internet a la siguiente dirección de correo electrónico: prepublicacionesdgaae@minem.gob.pe. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, publíquese en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe) el proyecto de decreto supremo que modifica el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos y su Exposición de Motivos, el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1547585-1

Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 47 establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos para tal efecto mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la finalidad de fortalecer, unificar y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional e internacional, en sede judicial, militar, arbitral, Tribunal Constitucional, órganos administrativos e instancias de similar naturaleza, arbitrajes y conciliaciones; Que, mediante Resolución Suprema Nº 162-2014JUS, del 03 de setiembre de 2014, se designó al señor abogado Jorge Alberto Olivera Vanini, como Procurador Público Adjunto Especializado en asuntos de Orden Público; Que, el Consejo de Defensa Jurídica del Estado, mediante Sesión Extraordinaria del 23 de noviembre de 2016, acordó proponer se dé término a la designación del señor abogado Jorge Alberto Olivera Vanini, como Procurador Público Adjunto Especializado en asuntos de Orden Público; Que, el literal b) del artículo 25 del Decreto Legislativo Nº 1068, estipula que la designación de los Procuradores Públicos y Procuradores Públicos Adjuntos culmina, entre otras razones, por término a la designación; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068, por el cual se crea el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar término a la designación del señor abogado Jorge Alberto Olivera Vanini, como Procurador Público Adjunto Especializado en asuntos de Orden Público, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Justicia y Derechos Humanos y el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1547914-2

PRODUCE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Dan término a designación de Procurador Público Adjunto Especializado en asuntos de Orden Público
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 162-2017-JUS Lima, 24 de julio de 2017 24 de julio de 2017 VISTOS, el Oficio Nº 2074-2017-JUS/CDJE e Informe N° 51-2017-JUS/CDJE, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado, y; VISTOS: El Oficio N° 267-2017-PRODUCE/ INNÓVATE PERU.CE del Coordinador Ejecutivo del

Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de diversas personas naturales y jurídicas privadas con cargo al Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 343-2017-PRODUCE

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