Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2017 (25/07/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

24

NORMAS LEGALES

Martes 25 de julio de 2017 /

El Peruano

EDUCACION
Aprueban la Directiva N° 003-2017-MINEDU/ SG, denominada "Formulación, Revisión, Suscripción, Ejecución, Seguimiento y Evaluación de Convenios celebrados por el Ministerio de Educación"
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 211-2017-MINEDU Lima, 24 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria del Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, el Ministerio de Educación se encuentra facultado para dictar en el ámbito de su competencia, las disposiciones complementarias necesarias para perfeccionar su estructura y mejorar su funcionamiento; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 01562012-ED, se aprobó la Directiva Nº 009-2012-MINEDU/ SG denominada "Procedimientos para la aprobación de Convenios a ser suscritos por el Ministerio de Educación", modificada por Resolución Ministerial N° 0282-2012-ED; la cual establece normas y procedimientos para la elaboración, aprobación, suscripción, ejecución y renovación de los Convenios suscritos por el Ministerio de Educación, asegurando que la naturaleza, objeto y obligaciones pactadas, sean uniformes y coadyuven con las metas y objetivos institucionales de la Entidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, reestructurándolo orgánicamente a fin de dinamizar sus funciones y mejorar la eficiencia y eficacia de los procesos necesarios para el aseguramiento de la calidad de la educación; Que, se ha visto por conveniente optimizar los procedimientos para formular, revisar, suscribir, ejecutar, realizar el seguimiento y evaluar los Convenios celebrados por el Ministerio de Educación, a fin que coadyuven al cumplimiento de las metas y objetivos institucionales; así como adecuar dichos procedimientos a lo dispuesto por el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; la Resolución Ministerial N° 0036-2012-ED, que aprueba las "Normas para la Formulación y Aprobación de Directivas en el Ministerio de Educación"; la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de dispositivos normativos y actos resolutivos en el Ministerio de Educación"; y, las facultades delegadas por Resolución Ministerial Nº 002-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 003-2017-MINEDU/ SG, denominada "Formulación, Revisión, Suscripción, Ejecución, Seguimiento y Evaluación de Convenios celebrados por el Ministerio de Educación", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 0156-2012-ED que aprobó la Directiva Nº 009-2012-MINEDU/SG denominada "Procedimientos para la aprobación de Convenios a ser suscritos por el Ministerio de Educación", y su modificatoria aprobada por Resolución Ministerial N° 0282-2012-ED.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS CHÁVEZ CUENTAS Secretario General 1547697-1

ENERGIA Y MINAS
Autorizan la publicación en el portal institucional de proyecto de decreto supremo que modifica el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 310-2017-MEM/DM Lima, 24 de julio de 2017 VISTO: El Informe N° 90-2017-MEM/DGAAE/DNAE, de fecha 19 de julio de 2017, emitido por la Dirección de Normativa en Asuntos Ambientales Energéticos, y con la conformidad otorgada por la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM, el Ministerio de Energía y Minas es el encargado de proponer, elaborar, aprobar y aplicar la política del Sector, así como dictar las demás normas pertinentes; Que, mediante la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, se crea el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental ­ SEIA, sistema único y coordinado de identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversión. Asimismo, la citada Ley establece un proceso uniforme que comprende los requerimientos, etapas y alcances de la evaluación del impacto ambiental así como los mecanismos que aseguren la participación ciudadana en el proceso de tal evaluación, ordenando la adecuación de la normativa sectorial a lo dispuesto en la indicada Ley; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, el cual tiene por objeto lograr la efectiva identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio de proyectos de inversión, así como de políticas, planes y programas públicos, a través del establecimiento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA, ordenando la actualización de la normativa sectorial a lo dispuesto en el citado Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 039-2014EM se aprueba el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, dispositivo que tiene por objeto normar la protección y gestión ambiental de las Actividades de Hidrocarburos con el fin primordial de prevenir, minimizar, rehabilitar, remediar y compensar los impactos ambientales negativos derivados de tales actividades para promover el desarrollo sostenible;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.