Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2017 (25/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Martes 25 de julio de 2017 /

El Peruano

Que, con Facsímil (DSD) Nro. 399, del 19 de julio de 2017, la Directora de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso al territorio nacional a diez (10) militares de la República Argentina, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 5571 CCFFAA/OPII, del 19 de julio de 2017, el Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinión favorable para el ingreso al país, sin armas de guerra, del personal militar de la República Argentina, del 25 al 30 de julio de 2017, con la finalidad de participar en la Gran Parada y Desfile Militar con motivo de la Conmemoración del 196° Aniversario de la Independencia de la República del Perú; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio

peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; y de conformidad con la Ley Nº 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a diez (10) militares de la República Argentina, del 25 al 30 de julio de 2017, con la finalidad de participar en la Gran Parada y Desfile Militar con motivo de la Conmemoración del 196° Aniversario de la Independencia de la República del Perú. Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa

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Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209.

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