Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2017 (26/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Miércoles 26 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- Autorización para suscribir la Adenda Nº 7 al Contrato de Concesión Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Adenda a que se refiere el artículo precedente, así como los documentos que sean necesarios para su formalización. Artículo 3.- Vigencia de la presente Resolución Ministerial La presente Resolución Ministerial rige a partir de la fecha de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1548282-1

Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Especial a cargo de la representación del Estado en las Controversias Internacionales de Inversión, respecto a controversia relativa al Contrato de Concesión del Nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero, Cusco, con la empresa Sociedad Aeroportuaria Kuntur Wasi S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 703-2017 MTC/01 Lima, 25 de julio de 2017 VISTO, el Oficio Nº 174-2017-EF/CE.36 del Presidente de la Comisión Especial - Ley Nº 28933; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28933, Ley que establece el sistema de coordinación y respuesta del Estado en controversias internacionales de inversión, modificada mediante la Ley Nº 29213, creó el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión; señalando que la misma es aplicable, entre otros, a los Acuerdos celebrados entre Entidades Públicas e inversionistas nacionales o extranjeros en los que se confiera derechos o garantías a estos últimos, tales como contratos de concesión; Que, el artículo 4 de la Ley Nº 28933, antes citada establece que conforman el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, el Coordinador, la Comisión Especial y todas las Entidades Públicas que suscriban acuerdos señalados en el literal a) del numeral 3.1 del artículo 3, o que representen al Estado peruano en la suscripción de tratados señalados en el literal b) del párrafo 3.1 del artículo 3, antes indicado; Que, el artículo 7 de la Ley Nº 28933, creó la Comisión Especial es adscrita al Ministerio de Economía y Finanzas, la misma que tiene por objeto la representación del Estado en las Controversias Internacionales de Inversión, tanto en su etapa previa de trato directo, cuanto en la propia etapa arbitral o de conciliación; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley Nº 28933, dispone que la Comisión Especial entrará en funciones a partir de la convocatoria de su Presidente con motivo del surgimiento de cada controversia que se presente, y sesionará las veces necesarias hasta que se hubiere llegado a un acuerdo con el inversionista en la etapa de trato directo o hasta la solución de la controversia por arbitraje o conciliación; Que, el numeral 7.3 del artículo 7 de la citada Ley, establece que la Comisión Especial estará conformada por miembros permanentes y no permanentes,

comprendiendo entre estos últimos, en el literal f) a un representante de cada Entidad Pública involucrada en una controversia; Que, mediante Oficio Nº 174-2017-EF/CE-36, el Presidente de la Comisión Especial - Ley Nº 28933, solicitó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la designación de sus representantes, titular y alterno, ante la Comisión Especial; en relación a la controversia relativa al Contrato de Concesión del Nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero, Cusco con la empresa Sociedad Aeroportuaria Kuntur Wasi S.A.; Que, el artículo 11 de la Ley Nº 28933, establece, entre otros, que las Entidades Públicas con participación no permanente en la Comisión Especial, involucradas en una controversia, designarán a sus representantes, titular y alterno, mediante Resolución del Titular de la Entidad en el plazo de dos (2) días útiles contados a partir del día siguiente de la convocatoria que realice el Presidente de la Comisión Especial, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad; Que, el artículo 8 del Reglamento de la Ley Nº 28933, aprobado por Decreto Supremo Nº 125-2008-EF, establece que los miembros titulares y alternos, permanentes y no permanentes, integrantes de la Comisión Especial, serán designados por el titular de la entidad correspondiente; Que, en consecuencia, es necesario designar a los representantes, titular y alterno, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ante la indicada Comisión Especial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007MTC; y la Ley Nº 28933, Ley que establece el sistema de coordinación y respuesta del Estado en controversias internacionales de inversión y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al representante titular; así como, al representante alterno del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ante la Comisión Especial a cargo de la representación del Estado en las Controversias Internacionales de Inversión, tanto en su etapa previa de trato directo, cuanto en la propia etapa arbitral o de conciliación, a que se refiere la Ley Nº 28933, modificada por la Ley Nº 29213, respecto a la controversia relativa al Contrato de Concesión del Nuevo Aeropuerto Internacional de Chinchero, Cusco, con la empresa Sociedad Aeroportuaria Kuntur Wasi S.A., según se indica: Representante Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones: Rafael Michel Guarderas Radzinsky Viceministro de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Representante Alterno del Transportes y Comunicaciones: Ministerio de

Rosa Virginia Nakagawa Morales, Directora General de la Dirección General de Concesiones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al Presidente de la Comisión Especial a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 28933, y a las personas designadas por el artículo 1 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1548422-1

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