Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2017 (26/07/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

22

NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de julio de 2017 /

El Peruano

la expedición de la resolución ministerial que apruebe la ejecución de la expropiación del área del inmueble y el valor de la Tasación; precisando, que PROVIAS NACIONAL cuenta con la posesión del área del inmueble afectado por la Obra; asimismo, adjunta el Certificado de Búsqueda Catastral, el Certificado Registral Inmobiliario, expedidos por la SUNARP, así como la Disponibilidad Presupuestal de la Oficina de Programación, Evaluación e Información de PROVIAS NACIONAL, para la adquisición del área del predio afectado, contenida en el Informe N° 112-2017-MTC/20.4; Que, por Informe Nº 344-2017-MTC/20.3, la Oficina de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL, concluye que de conformidad con lo dispuesto en la Ley y en mérito a lo opinado por la Unidad Gerencial de Derecho de Vía, resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que apruebe la ejecución de la expropiación y el valor de tasación correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192 y sus modificatorias, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Autopista del Sol, Tramo: Trujillo - Chiclayo", y el valor de la Tasación del mismo, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden
Anexo

de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble, a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda a levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el bien inmueble; los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el inmueble expropiado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones

Valor de tasación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Autopista del Sol, Tramo: Trujillo - Chiclayo" VALOR DE LA TASACIÓN (S/) AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble

No.

SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO

SUJETO PASIVO

IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE

CÓDIGO:PAS-TC02-CAS-033 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL · Milagros Del Pilar Rosales Marín ÁREA AFECTADA:

AREA AFECTADA: 921.54 m2

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE DISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) 699518.1708 699527.7192 699573.6331 699566.7989 NORTE (Y) 9136656.8544 9136669.3214 9136638.46.88 9136623.13.55 10,947.99

VERTICES · Maximina Rosales Paredes MINISTERIO DE · Elvira Conversión Rosales TRANSPORTES Paredes 1 Y COMUNICA- · Melagia Teodora Rosales CIONESParedes PROVIAS NACIONAL PARTIDA ELECTRÓNICA: 04002031 de la Oficina Registral de Trujillo, Zona Registral V Sede Trujillo. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 29.02.2016 (Informe Técnico N° 1548-2016-ZR-V-ST/OC) por la Oficina de Catastro de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo. · NORTE: Propiedad de terceros, con15.70 m. · SUR: Canal Yalpa, con 16.79m. · ESTE: Propiedad de terceros, con 55.32 m. · OESTE : Panamericana Norte, con 59.17 m. A B C D

LADO

A-B B-C C-D D-A

15.70 55.32 16.79 59.17

1548146-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.