Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2017 (03/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de junio de 2017 /

El Peruano

de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil a la siguiente egresada de la Universidad, anulándose el diploma otorgado anteriormente:
Nº Apellidos y Nombres Con mención Fecha de en Otorgamiento del Diploma 21.04.2004

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CÁRDENAS RAYMONDI, Diana Ingeniería Civil Ynés

Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELIAS ALVA HURTADO Rector 1527685-1

Autorizan viaje de funcionario de la Universidad Nacional de Frontera a Colombia, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 049-2017-CO-UNF Sullana, 24 de mayo de 2017 VISTOS: El correo electrónico de fecha 09 de mayo de 2017; el Proveído Nº 731-2017-UNF-CO-P de fecha 10 de mayo de 2017; el Oficio Nº 288-2017-UNF-OGPP de fecha 12 de mayo de 2017; el Informe Nº 061-2017-UNF-OGAJ de fecha 18 de mayo de 2017; Acta de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de fecha 24 de mayo de 2017; Oficio Nº 323-2017/UNF-CO-P de fecha 24 de mayo de 2017; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante Ley Nº 29568 del 26 de julio de 2010 se crea la Universidad Nacional de Frontera en el Distrito y Provincia de Sullana, Departamento de Piura, con fines de fomentar el desarrollo sostenible de la Subregión Luciano Castillo Colonna, en armonía con la preservación del medio ambiente y el desarrollo económico sostenible; y, contribuir al crecimiento y desarrollo estratégico de la región fronteriza noroeste del país; Segundo.- Que, la parte final del artículo 18º de la Constitución Política del Perú, prescribe que la Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico: Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; Tercero.- Que, el artículo 8º de la Ley Universitaria Nº 30220, establece que la autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución Política del Perú y las Leyes de la República e implica la potestad autodeterminativa para la creación de normas internas (Estatuto y reglamentos) destinadas a regular la institución universitaria, organizar su sistema académico, económico y administrativo; Cuarto.- Que, mediante correo electrónico de fecha 09/05/2017, la Mg. Liliana Larrea representante de la Secretaría General de "Fundación Virtual Educa Andina" invita al Sr. Presidente de la Comisión Organizadora, a participar como asistente en el XVIII Encuentro Internacional Virtual Educa, que se celebrará en CORFERIAS de Bogotá - Colombia, durante los días 13 a 16 de junio de 2017; Quinto.- Que, con Oficio Nº 288-2017-UNF-OGPP del 12/05/2017, la Jefa de la Oficina General de Planificación y Presupuesto remite al Sr. Presidente de la Comisión Organizadora, su opinión técnica respecto a la invitación cursada; y por su parte, el Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica remite al Sr. Presidente de la Comisión Organizadora, el Informe Nº 061-2017-UNF-OGAJ de

fecha 18/05/2017 concluyendo en la viabilidad jurídica respecto a la invitación cursada; Sexto.- Que, mediante Oficio Nº 323-2017-UNFPCO del 24/05/2017, el Sr. Presidente de la Comisión Organizadora solicita a los Miembros de la Comisión Organizadora, autorización de viaje al exterior para participar en el XVIII Encuentro Internacional Virtual Educa en Bogotá Colombia, fundamentando la comisión de servicios y sustentado en el interés institucional; Séptimo.- Que, es relevante considerar que "Virtual Educa" es una iniciativa de la Organización de Estados Americanos ­ OEA, encargada de impulsar la innovación en la Educación para favorecer la trasformación social mediante la inclusión y el desarrollo sustentable, reuniendo a sectores gubernamentales, empresariales, académicos y sociedad civil. El evento denominado "XVIII Encuentro Internacional Virtual Educa", es convocado por el Gobierno de Colombia, la Secretaria General de la OEA y Secretaria General de Virtual Educa; teniendo como auspiciadores el Gobierno de Colombia, OEA con sede en Washington D.C., Parlamento Latinoamericano y del Caribe (PARLATINO sede Panamá) y la UNESCO. Cabe destacar que el evento es organizado por el Ministerio de Educación Nacional, Computadores para Educar y Servicio Nacional de Aprendizaje, instituciones que forman parte del Gobierno de Colombia; así como la Secretaria Ejecutiva para el Desarrollo Integral de la OEA y Secretaria General de Virtual Educa; Octavo.- Que, en atención a la invitación cursada, el evento denominado "XVIII Encuentro Internacional Virtual Educa" resulta de interés e importancia para la Universidad Nacional de Frontera, lo cual permitirá adquirir conocimientos y experiencias sobre asuntos relacionados a los fines universitarios, así como propiciar vínculos interinstitucionales a nivel internacional. Finalmente, teniendo en cuenta la temática y objetivos del evento en mención, resulta conveniente la presencia de la Universidad Nacional de Frontera en eventos de talla internacional que incrementen los niveles de cooperación y afiancen vínculos que favorezcan a la institución; Noveno.- Que, mediante Acta de Sesión Ordinaria de fecha 24 de mayo de 2017, se tomaron por unanimidad los acuerdos que a continuación se detallan: "Primero.- Por unanimidad se acuerda Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio, del Sr. Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera - Dr. Carlos Joaquín Larrea Venegas, para asistir XVIII Encuentro Internacional Virtual Educa, a realizarse en CORFERIAS de Bogotá - Colombia, durante los días 13 a 16 de junio de 2017; autorizando su salida del país con un día (01) de anticipación, así como su retorno un día (01) posterior al término del mismo. Segundo.- Por unanimidad se acuerda Disponer que los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Universidad Nacional de Frontera, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes (Lima-Bogotá-Lima) clase económica. - Viáticos x 06 días (US$370 por día) US$ 2,220.00. Tercero.- Por unanimidad se acuerda Disponer que el citado funcionario, dentro de los 10 (diez) hábiles siguientes a su reincorporación, presente un Informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Cuarto.- Encargar las funciones y atribuciones inherentes de la Presidencia de la Comisión Organizadora, del 12 al 16 de junio de 2017 al Sr. Vicepresidente Académico de la UNF ­ Dr. César Leonardo Haro Díaz, quedando autorizado para la firma de actos y decisiones en el marco del encargo de funciones. Décimo.- Que, resulta aplicable lo dispuesto en la Ley Nº 30518 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, y su modificatoria; aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM;

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