Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2017 (03/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Sábado 3 de junio de 2017

NORMAS LEGALES
EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ;

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Décimo Primero.- Que, con el propósito de dar el correcto cumplimiento a las atribuciones y competencias asignadas por la Constitución y la Ley a la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, se hace necesario proyectar la resolución pertinente, la misma que deberá contener los acuerdos pertinentes, de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora del 24/05/2017; Décimo Segundo.- Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 062-2016-MINEDU de fecha 13 mayo de 2016 se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, integrada por: Carlos Joaquín Larrea Venegas, Presidente de la Comisión Organizadora, César Leonardo Haro Díaz, Vicepresidente Académico; y Edmundo Gerardo Moreno Terrazas, Vicepresidente de Investigación; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, la Ley de Creación de la Universidad Nacional de Frontera Nº 29568 y la Resolución Viceministerial Nº 062-2016-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión de servicio, del Sr. Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera - Dr. Carlos Joaquín Larrea Venegas, para asistir XVIII Encuentro Internacional Virtual Educa, a realizarse en CORFERIAS de Bogotá - Colombia, durante los días 13 a 16 de junio de 2017; autorizando su salida del país con un día (01) de anticipación, así como su retorno un día (01) posterior al término del mismo. Artículo Segundo.- DISPONER que los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Universidad Nacional de Frontera, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes (Lima-Bogotá-Lima) clase económica. - Viáticos x 06 días (US$370 por día) US$ 2,220.00. Artículo Tercero.- DISPONER que el citado funcionario, dentro de los 10 (diez) hábiles siguientes a su reincorporación, presente un Informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- ENCARGAR las funciones y atribuciones inherentes de la Presidencia de la Comisión Organizadora, del 12 al 16 de junio de 2017 al Sr. Vicepresidente Académico de la UNF ­ Dr. César Leonardo Haro Díaz, quedando autorizado para la firma de actos y decisiones en el marco del encargo de funciones. Artículo Quinto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y ejecútese. CARLOS JOAQUÍN LARREA VENEGAS Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera JOYCE DEL PILAR VARILLAS CRUZ Secretaria General de la Universidad Nacional de Frontera 1527641-1

Visto, el Oficio Nº 368-16-CTOG/FACAP/UNCP presentado el 22 de setiembre 2016, a través del cual el Decano de la Facultad de Ciencias Aplicadas Tarma, eleva aprobación de permiso y apoyo económico para docente que participara como ponente. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 18º de la Constitución Política del Perú, establece cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; Que, conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, Artículo 8º Autonomía Universitaria, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: 8.1 Normativo, 8.2 De gobierno, 8.3 Académico, 8.4 Administrativo y 8.5 Económico; Que, el Decano de la Facultad de Ciencias Aplicadas Tarma, informa que el Dr. Miguel Ángel Quispe Solano, docente de la Escuela Profesional de Ingeniería Agroindustrial, solicita permiso y apoyo económico para participar como ponente en el III Congreso Internacional de Investigación e Innovación en Ciencias y Tecnología de Alimentos IICTA 2016 y el II Seminario de empaques biodegradables Bogotá, Colombia, que se desarrollará del 02 al 04 de noviembre 2016; solicitud aprobada en sesión de Comisión Transitoria de Orden y Gestión del día 15 de setiembre 2016; Que, según Informe Nº 0965-2016-OPRES/UNCP presentado el 12 de octubre 2016, la Jefe de la Oficina de Presupuesto, refiere que la participación del Dr. Miguel Ángel Quispe Solano es importante de acuerdo a la Ley Universitaria Nº 30220 y al Estatuto Universitario para el proceso de licenciamiento e internacionalización que ha iniciado la universidad, y se debe brindar el apoyo necesario para la participación de los profesionales de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria, siempre que estén enmarcados dentro del Plan Operativo y Plan Estratégico Institucional; opinando favorablemente por el otorgamiento de pasajes y apoyo económico con cargo al Presupuesto Institucional, que asciende a S/ 3,655.00 con cargo a la meta 009 en la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados; Que, mediante Proveído Nº 0979-2016-OGCYAF/ UNCP presentado el 07 de noviembre 2016, el Jefe de la Oficina General de Administración Financiera, considerando que excepcionalmente la institución podría subvencionar un mínimo porcentaje de gastos de pasajes, en el caso comprobado que el ente organizador no corra con los gastos del ponente y siempre que la ponencia sea el ganador o elegido en un concurso o equivalente y la representación sea a nombre de la universidad y no a título personal; siendo el beneficio por única vez al año. En vista de contar con el monto de los gastos de desplazamiento que asciende a S/ 3,655.00 para el otorgamiento de la subvención económica solicitada, la opinión favorable y disponibilidad presupuestal por la Oficina de Presupuesto. Debe aprobarse bajo resolución y el usuario debe acogerse al régimen de viaje al exterior, debiendo contar con el compromiso y obligación de presentar informe, adjuntar la publicación del diario oficial El Peruano; y De conformidad al Oficio Nº 0555-2016-DGA-UNCP, Artículo 33º inciso c) del Estatuto de la Universidad y a las atribuciones conferidas por las normas legales vigentes; RESUELVE: 1º AUTORIZAR en vía de regularización, el Viaje a Bogotá, Colombia del Dr. Miguel Ángel Quispe Solano, quien participara como ponente en el III Congreso Internacional de Investigación e Innovación en Ciencias y Tecnología de Alimentos IICTA 2016 y el II Seminario de

Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional del Centro del Perú a Colombia, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 0904-R-2016 Huancayo, 21 de noviembre de 2016

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