Norma Legal Oficial del día 03 de junio del año 2017 (03/06/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Sábado 3 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

25

Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 077-2016-PCM dispone que el citado decreto supremo entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, a excepción del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones, el cual entra en vigencia a partir del 2017; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 077-2016-PCM faculta al Despacho Presidencial a dictar, mediante Resolución de Secretaría General, las disposiciones complementarias para la adecuada implementación del citado Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Informe Técnico Nº 502-2017-SERVIR/ GPGSC, de fecha 30 de mayo de 2017, la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­SERVIR concluye que los Vicepresidentes de la República han sido clasificados como funcionarios públicos de elección popular, directa y universal, conforme lo dispuesto en el numeral 5 del literal a) del artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; Que, mediante Resolución de Secretaría General Nº 056-2017-DP/SG, de fecha 01 de junio de 2017, se aprueba la modificación del Clasificador de Cargos del Despacho Presidencial; Que, mediante Informe Nº 118-2017-DP-SSG/ORH, la Oficina de Recursos Humanos, propone y sustenta el reordenamiento de los cargos contenido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Despacho Presidencial, en virtud a los nuevos cargos contenidos en la modificación del clasificador de cargos del Despacho Presidencial y conforme a lo opinado por SERVIR, a fin que se encuentre acorde a la vigente estructura orgánica de la entidad; precisando que la acción administrativa solicitada no demanda gastos adicionales en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Despacho Presidencial; Que, por las consideraciones antes expuestas y atendiendo a que la propuesta formulada por la Oficina de Recursos Humanos cuenta con las conformidades de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Despacho Presidencial, conforme al ámbito de sus competencias; se estima procedente aprobar la propuesta en mención para el cumplimiento de las funciones del Despacho Presidencial, teniendo en cuenta su naturaleza jurídica y finalidad; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo Nº 077-2016-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 037-2017-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva Nº002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­CPE", modificada y actualizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº057-2016-SERVIR-PE; Con el visto de la Subsecretaría General, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Oficina de Recursos Humanos y la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento de cargos contenido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Despacho Presidencial - CAP Provisional del DP, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Deróguese todos aquéllos dispositivos legales que se opongan a la presente resolución. Artículo 3.- La presente Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano y su anexo, en la misma fecha, en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Despacho

Presidencial (www.presidencia.gob.pe), conforme a la normativa vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese. EMMA LEON VELARDE AMEZAGA Secretaria General (e) Despacho Presidencial 1528727-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO
Aprueban la Guía para el Planeamiento Institucional
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 033-2017/CEPLAN/PCD Lima, 2 de junio de 2017 VISTO: El Informe N° 183-2017-CEPLAN/DNCP y el Informe N° 100-2017-CEPLAN/OAJ; y, CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo N° 1088 se creó el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante el Acuerdo N° 01-2017/CD121 de sesión del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) se aprobó la "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional"; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017-CEPLAN/PCD, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 03 de mayo de 2017 y vigente desde el día siguiente de la referida publicación, se oficializó la aprobación de la "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", quedando sin efecto los instrumentos metodológicos enmarcados en la normativa anterior a la vigencia de la mencionada directiva; Que, la mencionada Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 026-2017-CEPLAN/PCD dispuso que la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD, "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional" se implementará progresivamente en las entidades de la Administración Pública conforme al ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y a los lineamientos orientadores que sobre el particular difundirá el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD ­ "Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional", establece que la Presidencia del Consejo Directivo aprueba las guías e instrumentos metodológicos necesarios para orientar la actualización de planes y políticas a diferentes niveles, considerando el ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua y los lineamientos para casos de desastre, conforme al artículo 6° de la referida directiva; Que el Reglamento de Organización y Funciones del CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2009PCM, establece, en el literal w) de su artículo 13° que es una atribución del Presidente del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) emitir las Resoluciones y Directivas pertinentes que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.