Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2017 (14/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Miércoles 14 de junio de 2017 /

El Peruano

enlace Documentos en Consulta: http://www.minsa.gob. pe/index.asp?op=10, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general, durante el plazo de treinta (30) días calendario, a través del correo electrónico: webmaster@minsa.gob.pe. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Personal de la Salud, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten, así como la elaboración de la propuesta final. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministro de Salud 1532725-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan como Centro de Inspección Técnica Vehicular a la empresa "Revisiones de Automotores S.A.C.", para operar Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta, en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1638-2017-MTC/15 Lima, 3 de abril de 2017 VISTO: La solicitud registrada con Hoja de Ruta N° E-0457852017, así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, presentada por la empresa "REVISIONES DE AUTOMOTORES S.A.C.", y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como verificar que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte y el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-045785-2017 de fecha 17 de febrero de 2017, la empresa "REVISIONES DE AUTOMOTORES S.A.C.", en adelante "El CITV", solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular ­ CITV - Fijo, con una (01) Línea de Inspección Técnica Vehicular Tipo Mixta, en el local ubicado en la Parcela D, Sub lote A, Fundo Santa Rosa (Km. 82 de la panamericana norte), distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima; para cuyo efecto manifiesta disponer de personal técnico calificado, infraestructura y equipamiento para realizar las inspecciones mencionadas; Que, con Oficio N° 1832-2017-MTC/15.03 notificado el 06 de marzo de 2017, esta administración formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por "El CITV", requiriéndole la subsanación correspondiente; para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-070925-2017 de fecha 17 de marzo de 2017 "El CITV", presento diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones señaladas en el Oficio N° 1832-2017-MTC/15.03; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 295-2017MTC/15.03, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; en el cual se concluye que "El CITV" ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el artículo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; siendo de aplicación, además, los principios de informalismo, de presunción de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017JUS, Ley N° 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias;

Encargan funciones de Director de Hospital I de la Dirección del Hospital Vitarte
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 452-2017/MINSA Lima, 13 de junio del 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 10-2017/IGSS, de fecha 20 de enero de 2017, se renovó, entre otros, el encargo efectuado al médico cirujano César Augusto Conche Prado, en el cargo de Director de Hospital I, Nivel F-3, de la Dirección del Hospital Vitarte; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 169-2017/ MINSA, se dio por concluido el proceso de transferencia de competencias, funciones, presupuesto, recursos, acervo documentario y bienes del Instituto de Gestión de Servicios de Salud al Ministerio de Salud, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30526, Ley que desactiva el Instituto de Gestión de Servicios de Salud; Que, corresponde dar por concluido el encargo del médico cirujano César Augusto Conche Prado y encargar al médico cirujano Pablo Samuel Córdova Ticse, las funciones de Director de Hospital I del Hospital Vitarte; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo del Médico Cirujano César Augusto Conche Prado, efectuado mediante Resolución Jefatural Nº 10-2017/IGSS. Artículo 2.- Encargar al Médico Cirujano Pablo Samuel Córdova Ticse, el puesto de Director de Hospital I, Nivel F-3, de la Dirección del Hospital Vitarte. Regístrese y comuníquese. PATRICIA J. GARCIA FUNEGRA Ministra de Salud 1532728-1

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