Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2017 (14/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Miércoles 14 de junio de 2017 /

El Peruano

Inscriben los valores correspondientes a la octava emisión del "Segundo Programa de Bonos de Titulizados Estructurados TIANA" en el Registro Público del Mercado de Valores
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL DE SUPERVISIÓN DE ENTIDADES Nº 076-2017-SMV/10.2 Lima, 26 de mayo de 2017 El Intendente General de Supervisión de Entidades VISTOS: El Expediente Nº 2014048100 iniciado por Credicorp Capital Sociedad Titulizadora S.A., así como el Informe N° 461-2017-SMV/10.2 del 25 de mayo de 2017 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 301 y 314 de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus modificatorias, en los fideicomisos de titulización, la sociedad titulizadora que actúa como fiduciario es la que realiza la emisión de los valores respaldados por el patrimonio fideicometido; Que, mediante Resolución de Intendencia General de Supervisión de Entidades N° 026-2015-SMV/10.2 del 01 de abril de 2015, la Superintendencia del Mercado de Valores aprobó el trámite anticipado e inscribió en el Registro Público del Mercado de Valores el "Segundo Programa de Bonos Titulizados Estructurados - TIANA" hasta por un monto máximo de emisión de US$ 500 000 000,00 (quinientos millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en nuevos soles, y dispuso el registro del Prospecto Marco correspondiente al programa; Que, a través de escritos presentados hasta el 25 de mayo de 2017, Credicorp Capital Sociedad Titulizadora S.A. solicitó a esta Intendencia la inscripción de la emisión denominada "Octava Emisión del Segundo Programa de Bonos Titulizados Estructurados - TIANA", hasta por un monto máximo de US$100 000 000,00 (cien millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América), y el registro del complemento del prospecto marco correspondiente, en el Registro Público del Mercado de Valores; Que, de la evaluación a la documentación presentada se ha determinado que Credicorp Capital Sociedad Titulizadora S.A. ha cumplido con lo dispuesto en la Ley del Mercado de Valores; el Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 001-97-EF/94.10; el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 141-98-EF/94.10; así como los requisitos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente Nº 023-2015-SMV/02; tal como se desarrolla en el Informe N° 461-2017-SMV/10.2 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades; y, Estando a lo dispuesto por el artículo 333 de la Ley del Mercado de Valores y los artículos 43 y siguientes del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos, así como el artículo 38, numeral 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF. RESUELVE: Artículo 1°.- Inscribir los valores correspondientes a la octava emisión del "Segundo Programa de Bonos Titulizados Estructurados - TIANA", hasta por un monto máximo de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América), y disponer el

registro del complemento del prospecto marco respectivo en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 2°.- La oferta pública de los valores a que se refiere el artículo 1° deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el artículo 25 y, de ser el caso, en el artículo 29 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con presentar a la Superintendencia del Mercado de Valores la documentación e información a que se refiere el artículo 53 del Reglamento de los Procesos de Titulización de Activos y, en lo que corresponda, la establecida en los artículos 23 y 24 del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Artículo 3°.- La inscripción y registro a que se refiere el artículo 1° de la presente resolución no implica que la Superintendencia del Mercado de Valores recomiende la inversión en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas de la inversión. Los documentos e información para una evaluación complementaria están a disposición de los interesados en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 4°.- Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 5°.- Transcribir la presente resolución a Credicorp Capital Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de originador y agente colocador; Credicorp Capital Sociedad Titulizadora S.A., en su calidad de fiduciario; Credicorp Capital Servicios Financieros S.A. en su calidad de entidad estructuradora; la Bolsa de Valores de Lima S.A.; y, Cavali S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MANCO MANCO Intendente General Intendencia General de Supervisión de Entidades 1527832-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajador de la SUNAT para participar en evento, a realizarse en Panamá
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 143-2017/SUNAT Lima, 12 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación electrónica de fecha 3 de marzo de 2017, la Secretaría del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT para participar en la Sexta Reunión de Autoridades Competentes del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales, que se llevará a cabo en la ciudad de Panamá, República de Panamá, los días 15 y 16 de junio de 2017; Que el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales es un órgano internacional de primer nivel conformado por países miembros de la OCDE, cuyo objetivo es asegurar la implementación de los estándares internacionales de transparencia e intercambio de información en el área

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