Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2017 (28/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Miércoles 28 de junio de 2017

NORMAS LEGALES RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA QUE DELEGA EN LA COMISIÓN PERMANENTE LA FACULTAD DE LEGISLAR

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Artículo 2. Actividades de difusión Encárgase al Ministerio de Cultura, en coordinación con los gobiernos regionales, gobiernos locales, colegios, universidades e institutos superiores, desarrollar actividades de difusión e información cultural relacionadas con los sitios arqueológicos, museos y lugares históricos administrados por el Estado. Artículo 3. Beneficiarios Los beneficiarios podrán ingresar de modo gratuito el primer domingo de cada mes a los sitios arqueológicos, museos y lugares históricos abiertos al público que sean administrados por las entidades del Estado. Este beneficio no es aplicable a los extranjeros no residentes del país. Artículo 4. Financiamiento Autorízase al Ministerio de Cultura a destinar parte de su presupuesto para los fines del cumplimiento de la presente ley. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. Excepción al Parque Arqueológico Nacional Machu Picchu Exceptúase de los alcances de la presente ley al Parque Arqueológico Nacional de Machu Picchu. SEGUNDA. Derogación Derógase la Ley 29366, Ley que dispone el acceso gratuito el primer domingo de cada mes de los estudiantes a los monumentos arqueológicos, museos y lugares históricos en el ámbito nacional. TERCERA. Mantenimiento Autorízase al Ministerio de Economía para que disponga de los recursos necesarios para el mantenimiento de la infraestructura y servicios de los museos, que la mayor demanda de esta norma genere. CUARTA. Vigencia La presente ley entra en vigencia a partir del 1 de julio de 2017. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los siete días del mes de junio de dos mil diecisiete. LUZ SALGADO RUBIANES Presidenta del Congreso de la República ROSA BARTRA BARRIGA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1538224-1

Artículo 1.- Materias y plazo de la delegación Delégase en la Comisión Permanente del Congreso de la República, según lo establecido en el inciso 4) del artículo 101 de la Constitución Política del Perú, la facultad de legislar a partir del día siguiente del término de la Segunda Legislatura Ordinaria correspondiente al Período Anual de Sesiones 2016-2017 hasta el 26 de julio de 2017, sobre los siguientes asuntos: 1. Los dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa que se encuentren en la agenda del Pleno del Congreso al 28 de junio de 2017, y aquellos que se incluyan por acuerdo de la Junta de Portavoces, según sus atribuciones. 2. Las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con carácter de urgencia, conforme a lo dispuesto por el artículo 105 de la Constitución Política del Perú. Artículo 2.- Limitaciones Exclúyense de los asuntos a que se refiere el artículo anterior aquellos cuya delegación a la Comisión Permanente no procede, según lo establecido en el segundo párrafo del inciso 4) del artículo 101 de la Constitución Política del Perú. Publíquese, comuníquese y cúmplase. En Lima, a los veintitrés días del mes de junio de dos mil diecisiete. LUZ SALGADO RUBIANES Presidenta del Congreso de la República ROSA BARTRA BARRIGA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República 1537977-1

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO 014-2016-2017-CR
LA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa del Congreso siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO 013-2016-2017-CR
LA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa del Congreso siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA QUE AUTORIZA A LA CONGRESISTA Y SEGUNDA VICEPRESIDENTA DE LA REPÚBLICA PARA QUE EJERZA LA PRESIDENCIA DE LA COMISIÓN EXTRAORDINARIA DE ALTO NIVEL COI 2017
El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en el artículo 92 de la Constitución Política del Perú y en los artículos 19, inciso a), y 22, inciso i), del Reglamento del Congreso de la República, ha resuelto autorizar a la congresista y segunda vicepresidenta de la República Mercedes Rosalba Aráoz Fernández para que ejerza la Presidencia de la Comisión Extraordinaria de Alto Nivel COI 2017, encargada de organizar la Asamblea 130 del Comité Olímpico Internacional (COI), que se llevará

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