Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2017 (28/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Miércoles 28 de junio de 2017 /

El Peruano

República de Colombia, cursan invitación al Ministerio de Economía y Finanzas, para participar en el "Encuentro del Consejo de Ministros con los Estados Observadores de la Alianza del Pacífico" que se desarrollará en el marco de la "XII Cumbre Presidencial de la Alianza del Pacífico", a llevarse a cabo los días 29 y 30 de junio de 2017, en la ciudad de Cali, República de Colombia; Que, la Alianza del Pacífico es una iniciativa de integración regional, creada en un inicio por México, Perú y Colombia el 28 de abril de 2011, con el fin de promover la inversión y los negocios, basándose en patrones del libre comercio. En la actualidad la Alianza del Pacífico está conformada por los países mencionados, incluido Chile; Que, el citado evento tiene como objetivo principal generar un espacio de diálogo, a fin de intercambiar experiencias con los países participantes en la implementación de instrumentos de facilitación del comercio e integración regional, así como implementar acuerdos comerciales con altos estándares y buenas prácticas para el desarrollo de cadenas regionales y globales de valor en bienes y servicios; Que, asimismo, se compartirá los logros sobre la integración financiera entre Chile, Colombia, México y Perú, avanzando hacia un mercado conjunto de capitales, incrementando así su tamaño y los agentes que participan; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación de la señora Claudia María Amelia Teresa Cooper Fort, Viceministra de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, en el referido evento; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y, en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01 ­ Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 069-2015-EF/43 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Claudia María Amelia Teresa Cooper Fort, Viceministra de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, del 28 al 30 de junio de 2017, a la ciudad de Cali, República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos Viáticos (2 + 1 día) : : US $ 1 083,75 US $ 1 110,00

Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 1538183-1

Autorizan viaje de Presidenta Ejecutiva del OSCE a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 231-2017-EF/10 Lima, 27 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Ley N° 30225, modificada por Decreto Legislativo N° 1341, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 30225, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, mediante Carta de fecha 25 de mayo de 2017, el Banco Mundial, el Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) y el Ministerio de Modernización del Gobierno de Argentina cursan invitación a la Presidenta Ejecutiva del OSCE, para participar en la Conferencia Regional "Mejores Inversiones = Mejores Servicios", a realizarse los días 29 y 30 de junio de 2017, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; Que, el citado evento, tiene como objetivo tratar estrategias y políticas públicas para maximizar la eficiencia en el uso de recursos públicos con el fin de mejorar los servicios a los ciudadanos. En este marco, se focalizará sobre los beneficios potenciales de los programas de reforma de compras públicas y propondrá un sistema de medición y evaluación del retorno de la inversión desde perspectivas económicas, sociales y políticas; Que, el objetivo principal de la participación del OSCE en el citado evento es compartir la experiencia peruana en compras públicas permitiendo generar un benchmarking con países de diferentes regiones y aprovechar los canales de comunicación e intercambio de experiencias y conocimientos sobre contratación pública; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente la participación de la señora Ana Teresa Revilla Vergara, Presidenta Ejecutiva del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, en el citado evento; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por los Decretos Supremos N° 005-2006-PCM y N° 0562013-PCM;

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

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