Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2017 (03/03/2017)


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El Peruano / Viernes 3 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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contados a partir del día hábil siguiente de la entrada de vigencia de la presente norma. Artículo 7.- Instalación del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo se instala en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente al vencimiento del plazo indicado en el artículo 6 de la presente Resolución. Artículo 8.- Plan de Trabajo El Grupo de Trabajo aprobará su plan de trabajo en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles, contados a partir de su instalación. El plan de trabajo detallará las acciones prioritarias a realizar, los responsables de las acciones, y los plazos establecidos para el cumplimiento de las mismas. Artículo 9.- Participación de otras entidades o personas El Grupo de Trabajo puede invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a otras instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras, así como a profesionales especializados, para que colaboren con el cumplimiento de sus responsabilidades. Artículo 10.- Informe Final El Grupo de Trabajo presentará un informe final al Despacho Ministerial del Ministerio de Agricultura y Riego, sobre las actividades realizadas, en un plazo no mayor a dos (02) meses, posterior a la culminación de los citados Congresos; al cabo del cual se desactiva el Grupo de Trabajo, por el solo mérito de la presentación del documento mencionado en este artículo. Artículo 11.- Financiamiento La aplicación de lo dispuesto en la presente norma se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Cada Pliego Institucional asume los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus respectivos representantes. Artículo 12.- Difusión La presente Resolución Ministerial es publicada en los Portales Institucionales de las entidades que conforman el Grupo de Trabajo, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1491744-1

27 de marzo de 2015, se renovó por dos (02) años la designación del señor Eduardo Benigno Tagle Ramírez, como representante del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Olmos ­ Tinajones, extendiéndose la vigencia de la designación originaria que fuera formalizada mediante Resolución Ministerial N° 0038-2013-AG; siendo necesario dar por concluida la última designación cronológica mencionada; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Eduardo Benigno Tagle Ramírez, como representante del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Olmos ­ Tinajones, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, por dos (02) años, al señor Ingeniero Agrónomo Freddy Joel Serrato Odar, como representante del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Olmos Tinajones. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Proyecto Especial Olmos ­ Tinajones, al Gobierno Regional de Lambayeque, así como al representante designado y al ex representante mencionados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1491744-2

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante del Ministerio a Ecuador para participar en la Reunión del Grupo de Trabajo de Alto Nivel a cargo de la actualización del Manual Técnico Andino
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 075-2017-MINCETUR Lima, 28 de febrero de 2017 CONSIDERANDO:

Designan representante del Ministerio ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Olmos - Tinajones
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0068-2017-MINAGRI Lima, 1 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 6 del Decreto Supremo N° 015-2003-VIVIENDA, modificado por los Decretos Supremos N° 006-2004-VIVIENDA y 021-2009-PCM, respectivamente, se constituye el Consejo Directivo del Proyecto Especial Olmos ­ Tinajones, el mismo que está integrado, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, los mismos que serán designados por el plazo de dos (02) años, pudiendo ser renovado, y que la formalización de su designación es mediante Resolución del Titular del Sector; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0135-2015-MINAGRI, de fecha 25 de marzo de 2015, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha

Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración, a fin de alcanzar una mayor proyección competitiva en cuanto a la convergencia, liberalización e integración comercial; Que, en el marco de la Decisión 804 de la Comunidad Andina "Modificación de la Decisión 436" (Norma Andina para el Registro y Control de Plaguicidas Químicos de Uso Agrícola"), se conformó un Grupo de Trabajo de Alto Nivel ­ GTAN, integrado, entre otros, por delegados de los Ministerios de Comercio Exterior, Agricultura, Salud y Ambiente y los Servicios de Sanidad Agropecuaria, con el fin de actualizar la norma para el comercio de los productos agrícolas;

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