Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2017 (03/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Viernes 3 de marzo de 2017 /

El Peruano

Que, la GTAN, a través de reuniones por videoconferencia, ha venido trabajando la revisión y actualización del Manual Técnico Andino, habiendo acordado llevar a cabo tres (03) reuniones presenciales con el fin de concluir el referido trabajo; la primera reunión se llevará a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 06 al 10 de marzo de 2017; Que, por tanto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice el viaje del señor Julián Cipriano Gamero Alania, profesional que presta servicios en la Dirección de Requisitos Técnicos al Comercio Exterior, de la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participe en la reunión antes mencionada; De conformidad con la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Julián Cipriano Gamero Alania, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 05 al 10 de marzo de 2017, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participe en la Reunión del Grupo de Trabajo de Alto Nivel a cargo de la actualización del Manual Técnico Andino, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de los artículos precedentes, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ Viáticos (US$ 370,00 x 06 días) : US$ 589,62 2 220,00

Factibilidad para un Tratado de Libre Comercio Perú ­ India, para identificar los beneficios de un acuerdo comercial entre ambas partes, el mismo que concluye, entre otros aspectos, que la negociación de un acuerdo comercial debería incluir disposiciones en materia de comercio de bienes, comercio de servicios e inversiones; Que, en dicho contexto, en la ciudad de Nueva Delhi, República de la India, del 06 al 08 de marzo de 2017, MINCETUR llevará a cabo una reunión de trabajo con el Ministerio de Comercio e Industria de la India para definir los Términos de Referencia de la Negociación del Acuerdo; asimismo, se efectuarán reuniones con autoridades indias del sector agricultura, a fin de discutir la importancia de mantener procesos sanitarios expeditos que no dificulten el ingreso de productos peruanos; Que, por otro lado, a fin de lograr un acercamiento con el sector privado indio, para conocer la oferta exportable peruana y los beneficios potenciales de un Acuerdo Comercial Perú-India, en coordinación con la Oficina Comercial del Perú en el Exterior ­ OCEX en Nueva Delhi, se realizarán presentaciones con gremios empresariales indios; Que, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado que se autorice su viaje y el de un grupo de profesionales que prestan servicios al Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participen en las reuniones antes mencionadas; Que, es necesario encargar las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, en tanto dure la ausencia de su titular; De conformidad con la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Nueva Delhi, República de la India, del 04 al 10 de marzo de 2017, del señor Edgar Manuel Vásquez Vela, Viceministro de Comercio Exterior, y de los señores Gerardo Antonio Meza Grillo, Celia Pamela Beatriz Huamán Linares y Ángela Rossina Guerra Sifuentes, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, participen en la Reunión de Trabajo para un Tratado de Libre Comercio Perú ­ India y reuniones conexas, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del artículo precedente, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 3 517,71 x 04 personas) : US$ 14 070,84 Viáticos (US$ 500,00 x 04 días x 04 personas) : US$ 8 000,00 Articulo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- Encargar al señor Rogers Martín Valencia Espinoza, Viceministro de Turismo, las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, a partir del 04 de marzo de 2017, y en tanto dure la ausencia de su titular. Articulo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1492502-1

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el Sr. Gamero Alania presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1491577-1

Autorizan viaje de representantes del Ministerio a la India, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 077-2017-MINCETUR Lima, 2 de marzo de 2017 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de la promoción de las exportaciones y turismo, y de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los sectores y entidades competentes en el ámbito de sus respectivas competencias, y está encargado de la regulación del comercio exterior; Que, en setiembre de 2016, el MINCETUR llevó a cabo, con su contraparte india, un Estudio Conjunto de

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