Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2017 (03/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Viernes 3 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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CULTURA
Autorizan viaje de funcionaria a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 084-2017-MC Lima, 1 de marzo de 2017 VISTOS, el documento s/n de la Dirección Nacional de Gestión y Programación del Ministerio de Cultura de la República Argentina; los Informes Nº 000018-2017/DIA/ DGIA/VMPCIC/MC y Nº 000019-2017/DGIA/VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, mediante documento s/n de fecha 19 de diciembre de 2016, la Directora Nacional de Gestión y Programación del Ministerio de Cultura de la República Argentina, cursa invitación a la señora Luz Fabiola Figueroa Cárdenas, Directora (e) de la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura de la República de Perú, para participar en la X Reunión del Comité Ejecutivo y en la XII Reunión del Consejo Intergubernamental del Programa de Fomento de las Músicas Iberoamericanas (IBERMÚSICAS), las cuales se llevarán a cabo el 6 y 7 de marzo y el 8, 9 y 10 de marzo de 2017, respectivamente, en la ciudad de Salta, República Argentina; Que, conforme se desprende de dicha invitación, los referidos eventos tienen por finalidad que el Comité Ejecutivo evalúe las acciones desarrolladas por el Programa IBERMÚSICAS en el año 2016 y presente el Plan Operativo 2017; y que el Consejo Intergubernamental apruebe las convocatorias, concursos, y proyecte la distribución del Fondo IBERMÚSICAS correspondiente al ejercicio 2017; Que, el Programa IBERMÚSICAS, del cual el Perú es país miembro, fue aprobado en la XXI Cumbre Iberoamericana de Jefas y Jefes de Estado y de gobierno, celebrada en Asunción, Paraguay en noviembre de 2011; cuyo objetivo es fomentar la presencia y el conocimiento de la diversidad cultural iberoamericana en el ámbito de las artes musicales, estimulando la formación de nuevos públicos en la región y ampliando el mercado de trabajo de los profesionales del ramo; Que, asimismo, el referido programa está dirigido por el Comité Intergubernamental IBERMÚSICAS (CII), el cual se encuentra integrado por una autoridad de las Artes Musicales representante de cada Estado miembro, encargándose dicho órgano colegiado de definir la política y las modalidades de ayuda y de tomar las decisiones de conformidad con las reglas enunciadas en el Reglamento de Funcionamiento del Programa IBERMÚSICAS; Que, en tal sentido, atendiendo a los compromisos asumidos por el país en su condición de Estado miembro del Programa IBERMÚSICAS, resulta necesario autorizar la participación de un representante del Ministerio de Cultura de la República del Perú en los eventos citados, a efectos de garantizar la continuidad de los proyectos beneficiarios en el campo de las artes musicales y asimismo entablar alianzas estratégicas con los otros Estados miembros para promover el reconocimiento del talento y financiamiento de proyectos de nuestros músicos, creadores, intérpretes, productores, investigadores y gestores, en el ámbito iberoamericano; Que, la República Argentina, en su calidad de país anfitrión, se hará cargo de los gastos de alojamiento, alimentación y traslados internos para los asistentes a las citadas reuniones, y proveerá toda la infraestructura

necesaria para su desarrollo; por otro lado, los gastos por concepto de pasajes aéreos serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Cultura de la República del Perú; Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo a la temática de las reuniones en mención y los fines antes señalados, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora Luz Fabiola Figueroa Cárdenas, Directora (e) de la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura, para que participe en los eventos citados; Que, el artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Luz Fabiola Figueroa Cárdenas, Directora (e) de la Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura, a la ciudad de Salta, República Argentina, del 4 al 11 de marzo de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle: Pasajes aéreos, (incluido TUUA): US$ 2 164,25 -----------TOTAL US$ 2 164,25

Artículo 3.- Disponer que la citada funcionaria, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presente ante el Ministerio de Cultura un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1492133-1

DEFENSA
Autorizan viaje de personal militar FAP a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 228-2017 DE/FAP Lima, 28 de febrero de 2017

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