Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2017 (11/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Sábado 11 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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que el Senace, es competente para evaluar y aprobar los estudios ambientales de proyectos de inversión pública y privada de infraestructura de residuos de gestión municipal y de gestión no municipal y mixta, atendiendo a su impacto significativo; así como aprobar los Instrumentos de Gestión Ambiental complementarios del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental - SEIA para proyectos de recuperación o reconversión de áreas degradadas en materia de residuos sólidos; Que, asimismo, la Primera Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1278, establece que el Ministerio del Ambiente modificará las normas sobre transferencia de funciones del sector Salud al Senace, en lo que se refiere a proyectos de residuos sólidos regulados en el artículo 17 del citado Decreto Legislativo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2017-MINAM se modifica el Decreto Supremo Nº 006-2015-MINAM incorporando una Única Disposición Complementaria Final, que establece que a partir de la vigencia del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, el Senace asumirá las funciones señaladas en el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 1278, independientemente del Cronograma de Transferencias de Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-MINAM; Que, para dicho efecto, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 001-2017-MINAM, dispone que mediante Resolución del Titular del Senace se debe designar a tres (3) representantes que conformarán la Comisión de Transferencia, uno de los cuáles debe presidirla, por lo que se considera necesario efectuar dicha designación; Con el visado de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley N° 29968, Ley de creación del Senace; el Decreto Legislativo Nº 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos; el Decreto Supremo Nº 001-2017-MINAM, que modifica el Decreto Legislativo Nº 1278; y, el literal k) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a los representantes del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace ante la Comisión encargada de conducir y coordinar el proceso de transferencia de funciones del subsector Salud, del Ministerio de Salud, a que hace referencia el Decreto Supremo Nº 001-2017-MINAM: - Pablo Guillermo Peña Alegría, Director de la Dirección de Gestión Estratégica, quien la presidirá. - María Eulalia Olcese Herrera, Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. - Rosa Elizabeth Barrios Collantes, Asesora Legal I de la Jefatura. Artículo 2.- Disponer que la Secretaría General notifique la presente Resolución Jefatural a los servidores designados en el Artículo 1. Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General que comunique al Ministerio del Ambiente y al Ministerio de Salud la designación efectuada en el Artículo 1. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace (www.senace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICK WIELAND FERNANDINI Jefe del Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace 1495567-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan fedatarios institucionales titular y alterno de la Intendencia de Aduana de Pucallpa
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS N° 034-2017-SUNAT/800000 Lima, 9 de marzo de 2017 VISTO: El Informe N° 001-2017-SUNAT/3T0000 de la Intendencia de Aduana de Pucallpa, mediante el cual se propone la designación de fedatarios institucionales en la unidad organizacional a su cargo; CONSIDERANDO: Que el artículo 127° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece el Régimen de Fedatarios de las entidades de la Administración Pública, señalando en su numeral 1) que cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que de conformidad con el numeral 5.2.1 del Reglamento para la autenticación de copias de documentos institucionales o certificación de reproducciones de documentos electrónicos institucionales emitidos por los funcionarios, directivos o por los sistemas informáticos de la SUNAT, o que obran en custodia de los archivos oficiales de la SUNAT para su empleo en trámites y procedimientos fuera de la Institución, aprobado por Resolución de Gerencia de Administración Documentaria y Archivo N° 001-2016-SUNAT/1M2000, los Intendentes, Jefes de Oficina y demás jefes de órganos son responsables de proponer a los trabajadores que consideren necesarios para cumplir las labores de fedatario institucional en las unidades organizacionales a su cargo; Que en mérito al Informe N° 001-2017-SUNAT/3T0000, se ha estimado conveniente proceder a designar a los trabajadores Mirelli Lidiana Rengifo Vargas y José Calenzani Vásquez, quienes ejercerán la función de fedatarios institucionales titular y alterno en la Intendencia de Aduana de Pucallpa; En uso de la facultad conferida en el inciso j) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como fedatarios institucionales de la Intendencia de Aduana de Pucallpa, a los siguientes servidores: Fedatario Institucional Titular - MIRELLI LIDIANA RENGIFO VARGAS Fedatario Institucional Alterno - JOSE CALENZANI VASQUEZ Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO MANUEL TAPIA ALVARADO Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas 1495133-1

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