Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2017 (11/03/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 11 de marzo de 2017 /

El Peruano

a los objetivos señalados en la "Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales", conforme a los lineamientos técnicos que establezca la Oficina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática (ONGEI) de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el artículo 8 del Decreto Supremo, dispone que las Entidades públicas designan a la persona responsable de registrar y actualizar la información del Portal Nacional de Datos Abiertos, pudiendo ser el/la funcionario/a designado/a para el Portal de Transparencia Estándar, y se debe seguir el mismo procedimiento de registro utilizado para dicha plataforma informática; Que, por otro lado, el artículo 11 del Decreto Supremo, señala que las Entidades de la Administración Pública deben usar todos los mecanismos de innovación tecnológica y de participación ciudadana que promueva la creación de sus propios ecosistemas, a fin de propiciar la reutilización de sus datos abiertos y coadyuvar a una implementación eficaz de la "Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales"; Que, en ese sentido, el artículo 12 del Decreto Supremo, dispone que las Entidades de la Administración Pública deben incorporar en sus instrumentos de gestión acciones que garanticen la implementación de la "Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú 2017-2021" y el "Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú", en adelante la "Estrategia" y el "Modelo", respectivamente, en el marco del Gobierno Abierto y Gobierno Electrónico, como Ejes Transversales de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública; Que, el artículo 13 del Decreto Supremo, señala que las Entidades del Gobierno Nacional proceden a la apertura de sus datos en un plazo máximo de sesenta (60) días calendario, contados a partir de su publicación; Que, por otra parte, el sub numeral 1.4 del numeral VI de la Estrategia define la necesidad de implementar normativas y mecanismos internos que faciliten la organización de un equipo técnico, el fortalecimiento de unidades orgánicas que producen información y la mejora continua de los procesos de recopilación, tratamiento, publicación, mantenimiento y reutilización de los datos abiertos; Que, asimismo, el sub numeral 1.5 del numeral VI de la Estrategia precisa que el tema de datos abiertos demanda contar con personal preparado para implementar y brindar asistencia técnica, para lo cual será fundamental incorporar en los planes de fortalecimiento de las capacidades del personal de las entidades, actividades de capacitación sobre la importancia y potencial de los datos abiertos, el modelo y la estrategia nacional de datos abiertos, herramientas de apertura y reutilización de datos abiertos, servicios digitales, web semántica, Big Data, internet de las cosas, entre otros; Que, de igual forma, el numeral 2 del Modelo señala que antes de la ejecución de los procesos operativos, las Entidades deben tomar en cuenta la conformación de un equipo técnico encargado de implementar los datos abiertos, el cual debe ser multidisciplinario, con la capacidad para desempeñar los roles de coordinación, al interior y exterior; funcional para identificar, analizar y priorizar los potenciales datos abiertos; técnico para facilitar el acceso a los sistemas y bases de datos para la publicación en formatos abiertos; jurídico para evitar cualquier riesgo de vulneración de los derechos de las personas, la reserva legal y confidencialidad; comunicaciones para utilizar las redes sociales y otros medios de promoción y divulgación. Asimismo, debe incorporar a un representante de la Alta Dirección e involucrar al personal dedicado a la transparencia, innovación, desarrollo social y económico para articular acciones con la sociedad civil, ecosistema de innovación pública y privada; Que, atendiendo a lo expuesto, resulta necesario designar por el cargo al funcionario/a responsable de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, de registrar y actualizar la información del Portal Nacional de Datos Abiertos, así como constituir el Equipo de Técnico encargado de implementar los datos abiertos de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; en el marco de lo dispuesto por la normatividad vigente;

Con el visto bueno de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1018; el Decreto Supremo N° 016-2017PCM; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 e inciso c) y t) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 364-2015-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al/a la Jefe/a de la Oficina de Tecnologías de la Información de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, como funcionario/a responsable de registrar y actualizar la información del Portal Nacional de Datos Abiertos, en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 016-2017-PCM, que aprueba la "Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú 2017-2021" y el "Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú", y sus normas complementarias y modificatorias. Artículo Segundo.- El/la Jefe/a de la Oficina de Tecnologías de la Información de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, designado/a como funcionario/a responsable de registrar y actualizar la información del Portal Nacional de Datos Abiertos, debe dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 016-2017-PCM, la "Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales 2017-2021", el "Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú" y la normativa complementaria que se emita al efecto, en lo que corresponda. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto la incorporación de acciones que garanticen la implementación de la "Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales 20172021", y el "Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú" en los instrumentos de gestión de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, alineados a la Política de Modernización de la Gestión Pública, así como a las políticas, planes, estrategias y agendas nacionales de la sociedad de la información y de competitividad, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 016-2017-PCM. Artículo Cuarto.- Constituir el Equipo Técnico, de carácter permanente, encargado de conducir el proceso de identificación e implementación de los Datos Abiertos de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, en adelante "el Equipo Técnico", en el marco de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 016-2017-PCM, que aprueba la "Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú 2017-2021" y el "Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú", y sus normas complementarias y modificatorias; El Equipo Técnico dependerá del/la Titular de la Entidad y estará conformado de la siguiente forma: - El/la Representante de la Alta Dirección de PERÚ COMPRAS, quien lo presidirá. - El/la Director/a de la Dirección de Análisis de Mercado, en calidad de miembro. - El/la Director/a de la Dirección de Acuerdos Marco, en calidad de miembro. - El/la Director/a de la Dirección de Subasta Inversa, en calidad de miembro. - El/la Director/a de la Dirección de Compras Corporativas y Encargos, en calidad de miembro. - El/la Jefe/a de la Oficina de Tecnologías de la Información, en calidad de miembro. - El/la Jefe/a de la Oficina de Asesoría Jurídica, en calidad de miembro. - El/la Jefe/a de la Oficina de Coordinación y Relaciones Estratégicas, en calidad de miembro. La designación del representante de la Alta Dirección se realizará mediante memorando. Artículo Quinto.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información brinde asistencia y apoyo técnico al Equipo Técnico, en calidad de Secretaría Técnica, cuyas funciones serán establecidas en la sesión

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