Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2017 (11/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Sábado 11 de marzo de 2017 /

El Peruano

adelante, la Directiva, la misma que fue modificada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 107-2014-CEPLAN-PCD, en la que se establecen principios, normas, procedimientos e instrumentos del Proceso de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN, de aplicación para todas las entidades de la Administración Pública; Que, el Artículo 48 de la Directiva, establece que el CEPLAN elabora el Informe Técnico de los planes estratégicos que se formulan, modifican y/o actualizan en el marco de la mencionada Directiva, el cual será emitido de manera obligatoria como requisito previo a la aprobación de los planes estratégicos; Que, mediante Oficio N° 485-2016-CONCYTECSG, la Secretaría General del CONCYTEC solicita al CEPLAN, emitir el Informe Técnico sobre el proyecto de Plan Estratégico Institucional PEI 2017-2019 del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; Que, mediante Oficio N° 049-2017-CEPLAN/DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN, remite el Informe Técnico N° 08-2017-CEPLAN/DNCP-FI donde concluye que el Plan Estratégico Institucional PEI 2017-2019 del CONCYTEC cumple con lo establecido en la Directiva; Que, mediante Informe N° 041-2017-CONCYTECOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable y remite el Plan Estratégico Institucional PEI 2017-2019 del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, para la aprobación mediante Resolución de Presidencia; Que, el Plan Estratégico Institucional PEI 20172019, del CONCYTEC, constituye un instrumento de Gestión Institucional, que define los lineamientos de política, las prioridades, objetivos estratégicos, precisando las actividades y metas para los próximos tres (3) años; Con la visación de la Secretaria General (e), del Director de la Dirección de Políticas y Programas de Ciencia, Tecnología e Innovación, del Director de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento, del Encargado de las Funciones de la Dirección de Investigación y Estudios, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Jefa de la Oficina General de Administración del CONCYTEC y, del Director Ejecutivo de FONDECYT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Estratégico Institucional - PEI 2017-2019, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, que como Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto las disposiciones normativas que se opongan al presente. Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el seguimiento y evaluación del "Plan Estratégico Institucional - PEI 2017-2019 del CONCYTEC, siguiendo las disposiciones contenidas en la Directiva N° 001-2014-CEPLAN "Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico", aprobada por la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 26-2014-CEPLAN/PCD y sus modificaciones. Artículo 4.- Encargar al Responsable del Portal de Transparencia la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del CONCYTEC, en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente 1495383-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Aceptan renuncia de miembro de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 42-2017-INDECOPI/COD Lima, 28 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el inciso d) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, y el inciso c) del artículo 5º del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 225-2013-INDECOPI/ COD publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de setiembre de 2013, el Consejo Directivo del Indecopi designó al señor Arturo Leonardo Vásquez Cordano como miembro de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia; Que, el señor Arturo Leonardo Vásquez Cordano ha presentado su renuncia a su condición de miembro de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia; Estando al Acuerdo Nº 012-2017 adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 20 de febrero de 2017; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Arturo Leonardo Vásquez Cordano al cargo de miembro de la Comisión de Defensa de la Libre Competencia, con efectividad al 23 de febrero de 2017, dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1495127-1

Designan funcionarios responsables de atender pedidos de información que se formulen conforme a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y a su Reglamento, en el ámbito de las Oficinas Regionales del INDECOPI
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 44-2017-INDECOPI/COD Lima, 3 de marzo de 2017

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