Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2017 (21/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Martes 21 de marzo de 2017 /

El Peruano

- Un representante de las organizaciones de Personas Adultas Mayores registradas en el MIMP. Artículo 6.- Acreditación de representantes que conforman las Mesas. La acreditación de los/as representantes que conformarán las Mesas será mediante ordenanzas regionales, provinciales, distritales y acreditaciones dirigida a la Secretaría Técnica de cada Mesa. Con relación a la elección de los/as representantes del empresariado regional como representantes de las PYMES/MYPES, estos serán designados de acuerdo a su normatividad interna. Artículo 7.- Instalación de las Mesas. La Macro Red y Redes Regionales promoverán la instalación de cada Mesa de Trabajo, dentro de los 15 días hábiles posteriores a la publicación de la presente Resolución. Asimismo, propondrá la elaboración de un plan de trabajo en el que se precisen acciones y responsabilidades y presentarán un informe anual sobre la ejecución de las acciones programadas en el mencionado plan. Artículo 8.- Resultados o metas que se proponen alcanzar las Mesas a través de la mencionada Red Nacional: - Ordenamiento de la política nacional de las personas adultas mayores, bajo un enfoque de servicio público y gestión descentralizada, en cual se ha establecido las funciones y responsabilidades de cada nivel de gobierno hacia un enfoque por resultados, orientado a los servicios. - Apoyo para la verificación del cumplimiento de las metas e indicadores del PLANPAM 2013-2017, desde sus tres niveles de gobierno, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas de 60 años a más, mediante la satisfacción integral de sus necesidades, su participación activa y la promoción de sus derechos e intervenciones articuladas entre los distintos niveles del Estado y la sociedad civil. - Fortalecer las medidas de protección a las personas adultas mayores a través del cumplimiento de sus derechos. - Reforzar y apoyar en la protección de las personas adultas mayores que se encuentran en situación de riesgo y vulnerabilidad. Artículo 9.- Convocatoria a las Instituciones y las Coordinaciones Interinstitucionales. El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, a través de la Dirección de Personas Adultas Mayores, podrá convocar en calidad de invitados la participación en la Red Nacional de Personas Adultas Mayores, de todas las entidades públicas y privadas comprometidas con la temática y problemática de la persona adulta mayor para el efectivo funcionamiento de la Red Nacional que se constituye a través de la presente Resolución Ministerial. La Dirección de Personas Adultas Mayores queda facultada para realizar las coordinaciones que resulten necesarias para la instalación y/o posterior monitoreo de cada una de las Macro Redes o Redes Regionales, las mismas que se efectuarán con las autoridades locales y/o regionales que se decida de acuerdo a la respuesta a la convocatoria efectuada y teniendo siempre en cuenta lo que resulte más conveniente para el cumplimiento de los objetivos de la Red Nacional. Artículo 10.- Organización Interna de la Red Nacional de Personas Adultas Mayores. La organización Interna de la Red Nacional, está conformada por: - El Comité Nacional - Secretaría Técnica - Macro Redes - Redes Regionales Artículo 11.- Comité Nacional El Comité Nacional es el órgano que a solicitud de la Secretaria Técnica de la Red reúne, una vez al año, a

los representantes de todas las Macro Redes y Redes Regionales de la Red Nacional, a fin de evaluar los avances en el cumplimiento de los objetivos establecidos en la presente Resolución. El Comité Nacional está compuesto por: - El/La Secretario/a Técnico/a de la Red Nacional. - Los cuatro (04) vocales de la Secretaria Técnica de la Red Nacional. - Los representantes de cada una de las Macro Redes y Redes Regionales. Artículo 12.- Secretaría Técnica Es el órgano encargado de velar por el cumplimiento de los objetivos de la Red Nacional en todo el país, programa y coordina las acciones de supervisión y monitoreo de las Macro Redes y Mesas Regionales que la integran. Está conformada por el titular de la Dirección de Personas Adultas Mayores de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, actuará como Secretario/a Técnico/a de la Red Nacional. Como tal, convoca una vez al año a los integrantes del Comité Nacional y cuando sea necesario o considere conveniente, podrá convocar a reuniones a la Macro Red Lima Metropolitana y a las Mesas Regionales. Artículo 13.- Los Vocales La Secretaria Técnica elige, una vez al año, a los/as (04) cuatro vocales que integrarán el Comité Nacional, correspondiéndoles a éstos promover el desarrollo de acciones en materia de envejecimiento para el cumplimiento de los objetivos de la Red Nacional. Artículo 14.- De los Costos El costo que demande el cumplimiento de los objetivos de la Red Nacional que se constituye mediante la presente Resolución Ministerial, será atendido con cargo a los respectivos presupuestos institucionales a nivel de los diferentes niveles de gobierno que participan en la citada Red Nacional. Artículo 15.- Del Ente Rector El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP, acorde con sus funciones y facultades, asumirá en su condición de Ente Rector, su rol de Institución Rectora, Promotora y Monitora del funcionamiento de la Red Nacional de las Personas Adultas Mayores. Artículo 16.- Del Órgano Ejecutor Corresponderá a la Dirección de Personas Adultas Mayores de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, efectuar las acciones pertinentes y velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO - LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1498976-2

PRODUCE
Designan Secretaria General del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 018-2017-SANIPES-DE Surquillo, 17 de marzo de 2017 VISTOS: El Informe N° 121-2017-SANIPES/OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos, el Memorando N° 642-2017-SANIPES/OA de la Oficina de Administración

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