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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2017 (21/03/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Martes 21 de marzo de 2017 / El Peruano - Un representante de las organizaciones de Personas Adultas Mayores registradas en el MIMP. Artículo 6.- Acreditación de representantes que conforman las Mesas. La acreditación de los/as representantes que conformarán las Mesas será mediante ordenanzas regionales, provinciales, distritales y acreditaciones dirigida a la Secretaría Técnica de cada Mesa. Con relación a la elección de los/as representantes del empresariado regional como representantes de las PYMES/MYPES, estos serán designados de acuerdo a su normatividad interna. Artículo 7.- Instalación de las Mesas. La Macro Red y Redes Regionales promoverán la instalación de cada Mesa de Trabajo, dentro de los 15 días hábiles posteriores a la publicación de la presente Resolución. Asimismo, propondrá la elaboración de un plan de trabajo en el que se precisen acciones y responsabilidades y presentarán un informe anual sobre la ejecución de las acciones programadas en el mencionado plan. Artículo 8.- Resultados o metas que se proponen alcanzar las Mesas a través de la mencionada Red Nacional: - Ordenamiento de la política nacional de las personas adultas mayores, bajo un enfoque de servicio público y gestión descentralizada, en cual se ha establecido las funciones y responsabilidades de cada nivel de gobierno hacia un enfoque por resultados, orientado a los servicios. - Apoyo para la veri fi cación del cumplimiento de las metas e indicadores del PLANPAM 2013-2017, desde sus tres niveles de gobierno, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas de 60 años a más, mediante la satisfacción integral de sus necesidades, su participación activa y la promoción de sus derechos e intervenciones articuladas entre los distintos niveles del Estado y la sociedad civil. - Fortalecer las medidas de protección a las personas adultas mayores a través del cumplimiento de sus derechos. - Reforzar y apoyar en la protección de las personas adultas mayores que se encuentran en situación de riesgo y vulnerabilidad. Artículo 9.- Convocatoria a las Instituciones y las Coordinaciones Interinstitucionales. El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, a través de la Dirección de Personas Adultas Ma yores, podrá convocar en calidad de invitados la participación en la Red Nacional de Personas Adultas Mayores, de todas las entidades pú blicas y privadas comprometidas con la temática y proble mática de la persona adulta mayor para el efectivo funcio namiento de la Red Nacional que se constituye a través de la presente Resolución Ministerial. La Dirección de Personas Adultas Mayores queda facultada para realizar las coordinaciones que re sulten necesarias para la instalación y/o posterior monitoreo de cada una de las Macro Redes o Redes Regionales, las mismas que se efectuarán con las autoridades locales y/o regionales que se decida de acuerdo a la respuesta a la convocatoria efectuada y teniendo siempre en cuenta lo que resulte más conveniente para el cumplimiento de los objetivos de la Red Nacional. Artículo 10.- Organización Interna de la Red Nacional de Personas Adultas Mayores. La organización Interna de la Red Nacional, está conformada por: - El Comité Nacional - Secretaría Técnica- Macro Redes- Redes Regionales Artículo 11.- Comité Nacional El Comité Nacional es el órgano que a solicitud de la Secretaria Técnica de la Red reúne, una vez al año, a los representantes de todas las Macro Redes y Redes Regionales de la Red Nacional, a fi n de evaluar los avances en el cumplimiento de los objetivos establecidos en la presente Resolución. El Comité Nacional está compuesto por: - El/La Secretario/a Técnico/a de la Red Nacional. - Los cuatro (04) vocales de la Secretaria Técnica de la Red Nacional. - Los representantes de cada una de las Macro Redes y Redes Regionales. Artículo 12.- Secretaría Técnica Es el órgano encargado de velar por el cumplimiento de los objetivos de la Red Nacional en todo el país, programa y coordina las acciones de supervisión y monitoreo de las Macro Redes y Mesas Regionales que la integran. Está conformada por el titular de la Dirección de Personas Adultas Mayores de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP, actuará como Secretario/a Técnico/a de la Red Nacional. Como tal, convoca una vez al año a los integrantes del Comité Nacional y cuando sea necesario o considere conveniente, podrá convocar a reuniones a la Macro Red Lima Metropolitana y a las Mesas Regionales. Artículo 13.- Los Vocales La Secretaria Técnica elige, una vez al año, a los/as (04) cuatro vocales que integrarán el Comité Nacional, correspondiéndoles a éstos promover el desarrollo de acciones en materia de envejecimiento para el cumplimiento de los objetivos de la Red Nacional. Artículo 14.- De los Costos El costo que demande el cumplimiento de los objetivos de la Red Nacional que se constituye mediante la presente Resolución Ministerial, será atendido con cargo a los res pectivos presupuestos institucionales a nivel de los diferentes niveles de gobierno que participan en la citada Red Nacional. Artículo 15.- Del Ente Rector El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP, acorde con sus funciones y facultades, asumirá en su con dición de Ente Rector, su rol de Institución Rectora, Pro motora y Monitora del funcionamiento de la Red Nacional de las Personas Adultas Mayores. Artículo 16.- Del Órgano Ejecutor Corresponderá a la Dirección de Personas Adultas Mayores de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, efectuar las acciones pertinentes y velar por el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA MARÍA ROMERO - LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1498976-2 PRODUCE Designan Secretaria General del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 018-2017-SANIPES-DE Surquillo, 17 de marzo de 2017VISTOS: El Informe N° 121-2017-SANIPES/OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos, el Memorando N° 642-2017-SANIPES/OA de la O fi cina de Administración