Norma Legal Oficial del día 05 de mayo del año 2017 (05/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Viernes 5 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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instituciones educativas, locales escolares declarados afectados, distritos declarados en emergencia, IIEE con Resolución Directoral o de Gerencia de suspensión de clases. En base a ello se determina cuatro categorías: sin afectación, afectación leve, afectación moderada y afectación severa. A cada Unidad Ejecutora de Educación, así como a las UGEL y GRE/DRE se le asigna una categoría. (...)" Artículo 2.- Modificar el Anexo N° 01 Compromisos de Desempeño, Responsables de Verificación, Tramos, Ponderadores, Clasificación de Compromiso y Modalidad de Asignación de recursos de la "Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Desempeño 2017", modificado por Resolución Ministerial N° 112-2017-MINEDU, conforme al detalle contenido en el Anexo N° 01 de la presente resolución, el cual forma parte integrante de la misma Artículo 3.- Modificar la denominación de los Compromiso 14 y 15 de contenidos en el Anexo N° 01 de la "Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Desempeño 2017" y modificado por Resolución Ministerial N° 112-2017-MINEDU, conforme se detalla a continuación: "Compromiso 14. Registro de información de legajo docente en LEGIX Compromiso 15. Aprobación de nóminas de matrícula 2017 mediante el SIAGIE" Artículo 4.- Modificar, en el Anexo N° 02 Fichas Técnicas de los Compromisos de Desempeño, Criterios e Indicadores para su Evaluación, de la "Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Desempeño 2017", modificado por Resolución Ministerial N° 112-2017-MINEDU, las fichas técnicas correspondientes a los siguientes Compromisos de Desempeño: Compromiso 10. Contratación oportuna y de calidad del personal CAS para las intervenciones prioritarias; Compromiso 11. Llegada oportuna de los materiales educativos y fungibles a las II.EE para el inicio del año escolar 2017; Compromiso 14. Registro de información de legajo docente en LEGIX; Compromiso 15. Aprobación de nóminas de matrícula 2017 mediante el SIAGIE; Compromiso 16. Asistencia de directores en la Institución Educativa para el año 2017; Compromiso 17. Presencia de docentes en la Institución Educativa para el año 2017; Compromiso 18. Asistencia de estudiantes en la Institución Educativa para el año 2017; Compromiso 19. Pago oportuno mensual de los servicios básicos de las IIEE de EBR y EBE y de propinas de las PEC; y, Compromiso 20. Implementación del proceso de racionalización de plazas docente; conforme a lo señalado en el Anexo N° 02 de la presente resolución, la cual forma parte integrante de la misma. Artículo 5.- Modificar el Anexo N° 04 Metas de compromisos de procesos (por estrato) de la "Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Desempeño 2017", modificado por Resolución Ministerial N° 112-2017-MINEDU, conforme al detalle contenido en el Anexo N° 03 de la presente resolución, el cual forma parte integrante de la misma. Artículo 6.- Modificar el Anexo N° 05 Metas de compromisos de producto y resultado (por GRE/DRE y UGEL) de la "Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Desempeño 2017", conforme al detalle contenido en el Anexo N° 04 de la presente resolución, el cual forma parte integrante de la misma. Artículo 7.- Incluir el Anexo N° 07 Listado de Unidades Ejecutoras y su Grado de Afectación por la ocurrencia de lluvias intensas y peligros asociados en la "Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de Desempeño 2017", conforme al detalle contenido en el Anexo N° 05 de la presente resolución, el cual forma parte integrante de la misma. Artículo 8.- Incluir el Anexo N° 08 Listado de UGEL y GRE/DRE y su Grado de Afectación por la ocurrencia de lluvias intensas y peligros asociados en la "Norma Técnica para la Implementación de los Compromisos de

Desempeño 2017", conforme al detalle contenido en el Anexo N° 06 de la presente resolución, el cual forma parte integrante de la misma. Artículo 9.- Disponer la publicación de la presente resolución y sus Anexos, en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www. minedu.gob.pe/), en el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1516267-1

Aprueban "Norma que regula el Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial 2017"
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 116-2017-MINEDU Lima, 4 de mayo de 2017 VISTOS, el Expediente 0076366-2017, el Informe Nº 320-2017-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, y el Informe Nº 425-2017-MINEDU/ SG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial; Que, el artículo 15 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la carrera pública magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad; Que, de conformidad con lo señalado en el artículo 26 de la Ley de Reforma Magisterial, el ascenso es el mecanismo de progresión gradual en las escalas magisteriales definidas en dicha Ley, mejora la remuneración y habilita al profesor para asumir cargos de mayor responsabilidad; la cual se realiza a través de concurso público anual y considerando las vacantes de ascenso previstas; Que, el artículo 27 de la Ley de Reforma Magisterial establece, que el Ministerio de Educación, en coordinación con los gobiernos regionales, es la instancia que convoca a concursos para el ascenso, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a normas y especificaciones técnicas que se emitan; Que, el numeral 5 del artículo 52 del Reglamento de la precitada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, establece que el Ministerio de Educación aprueba, mediante norma específica, las estrategias, las técnicas e instrumentos de evaluación de ascenso, los cuales pueden ser aplicados por entidades especializadas para su posterior consolidación por parte de los miembros de los Comités de Evaluación; Que, a través del Oficio Nº 638-2017-MINEDU/VMGPDIGEDD, la Directora General (e) de la Dirección General

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