Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2017 (10/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Miércoles 10 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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Aprobado con Decreto Supremo Nº 410-2015-EF; en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y visaciones respectivas; SE RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR, el Comité de Inversión encargado de planificar, organizar y desarrollar los procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en el Decreto Legislativo Nº 1224 y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 410-2015-EF, el mismo que queda conformado por:
TITULARES: - Gerente Municipal - Gerente de Desarrollo Económico y Social - Sub Gerente de Presupuesto y Hacienda SUPLENTES: - Gerente de Infraestructura Publica : Presidente - Sub Gerente de Desarrollo Económico : Primer Miembro - Sub Gerente de Programación e Inversiones : Segundo Miembro : Presidente : Primer Miembro : Segundo Miembro

Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Resolución a los miembros del Comité constituido en el artículo primero, el cual se instalará inmediatamente después de notificados y su actuación se ceñirá estrictamente a las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1224 y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 410-2015-EF. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. Artículo Cuarto.- REMITIR, la presente Resolución al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas, a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HUGO ISAIAS QUISPE MAMANI Alcalde 1518318-1

provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que la autonomía que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme al artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº27972, las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Que, de acuerdo a lo que se dispone el inciso 12 del Artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972: Corresponde al Concejo Municipal aprobar por ordenanza el reglamento del concejo municipal. Que, el Reglamento del Concejo Municipal regula el régimen interno del Concejo de la Municipalidad, su organización y funcionamiento, precisando las atribuciones de sus miembros, el desarrollo de las sesiones y el funcionamiento de la comisiones del Concejo además el Reglamento del Concejo como instrumento regulador de las labores en el interno del Concejo facilita y agiliza el desarrollo de sus actividades, teniendo como regla general la celeridad en los actos que realice conforme a su competencia. Que, mediante Ordenanza Nº 001-2015-CM-MDMC/C, de fecha 16 de Marzo de 2015 se aprueba el Reglamento Interno del Concejo de la Municipalidad Distrital de Marangani. Que, se ha considerado oportuno contar con un dispositivo actualizado que regule el ejercicio de las atribuciones de los miembros del concejo municipal, al amparo de lo previsto en el artículo 9º de la ley Nº 27972, así como de sus atribuciones y obligaciones señaladas en el artículo 10º de la referida ley. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9º, numeral 8), y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el concejo por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO (RIC) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARANGANI Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO INTERNO DE CONCEJO (RIC) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARANGANI, de la provincia de Canchis, Región Cusco, el mismo que consta de: Título Preliminar, IX títulos, VI Capítulos, 84 (ochenta y cuatro) Artículos y V Disposiciones Finales y Transitorias, conforme al anexo único adjunto, el cual forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR, el cumplimiento de la presente ordenanza al propio Concejo Municipal. Artículo Tercero.- DEROGAR cualquier norma municipal de la Municipalidad Distrital de Marangani que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza Municipal conforme a Ley, y a la Oficina de Relaciones Publicas la publicación de la presente Ordenanza Municipal y el texto íntegro del RIC aprobado en el artículo primero en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Marangani, de acuerdo a Ley. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MAURO CCALLO LAUCATA Alcalde 1517596-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARANGANI
Aprueban Reglamento Interno de Concejo (RIC) de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 004-2017-MDM-C/C Marangani, 13 de marzo del 2017 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARANGANI POR CUANTO.- El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Marangani, en Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 03 de Febrero del 2017, se acordó aprobar por unanimidad la emisión de la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento Interno de Concejo (RIC) de la Municipalidad Distrital de Marangani; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades

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