Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2017 (10/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Miércoles 10 de mayo de 2017 /

El Peruano

Decreto Supremo 056-2013-PCM, la Décimo Tercera Disposición Final del Texto Único Ordenado de la Ley 28411, aprobado por el Decreto Supremo 304-2012-EF, y la Directiva 001-2013-DIGA/TC, aprobada por Resolución de Dirección General 24-2013-DIGA/TC. SE RESUELVE Artículo Primero.- CONCEDER licencia con goce de haberes al magistrado Eloy Andrés Espinosa-Saldaña Barrera, del 10 al 21 de mayo de 2017. Artículo Segundo.- Autorizar el viaje del magistrado Eloy Andrés Espinosa-Saldaña Barrera, a las ciudades de Karlsruhe, Alemania y Doha, Reino de Qatar, para que asista a los eventos académicos a que se refiere la presente resolución. Artículo Tercero.- El cumplimiento de lo dispuesto en los referidos acuerdos de Pleno, irroga egresos del presupuesto del Tribunal Constitucional, según el siguiente detalle: FECHA DE VIAJE DEL 10 al 22 DE MAYO 2017 PASAJE AÉREO S/. 7,546.40 VIÁTICOS ASIA EUROPA US$ 5,240

MVES, Informe Nº 76-2017-OAJ/MVES e Informe Nº 030-2017-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 115-2017-OPP/MVES, el Memorando Nº 044-2017-OPP/MVES e Informe Nº 144-2016-OPP/MVES de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006PCM, se aprueban los Lineamientos para la elaboración del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF­ por parte de las entidades de la Administración Pública, cuya finalidad según lo señala en artículo 2º es "generar la aprobación del ROF que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad y definición de funciones y la de los órganos que la integran, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658 ­ Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identificar las responsabilidades específicas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso"; Que, conforme lo señala el artículo 28º del Decreto Supremo citado, relacionado con la necesidad de aprobar el ROF, se contempla la causal contenida en el inciso f) que es la de: "optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con mayor eficiencia su misión y funciones", que viene a ser la razón por la que surge la necesidad de aprobar un nuevo instrumento de gestión; Que, a través del Informe Nº 144-2016-OPP/ MVES, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto solicita a la Gerencia Municipal autorización para dar inicio al proceso de actualización del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Municipalidad, expresando que dicha actualización se realizará con la finalidad de incorporar algunos aportes y precisiones, así como para lograr una correcta aplicación del nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas - RAS y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones - CUIS, las cuales cumplen con las recomendaciones efectuadas por la Gerencia Municipal según Memorando Nº 1354-2016-GM/MVES; Que, mediante Memorando Nº 044-2017-OPP/ MVES la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emite el informe sustentatorio y eleva el texto íntegro del nuevo ROF de la Municipalidad de Villa El Salvador, justificando la necesidad de modificar el ROF, en base a los siguientes puntos: i) Los cambios normativos, tanto a nivel local como nacional; ii) La necesidad de optimizar los procesos en la entidad que permitan cumplir con eficiencia su misión y funciones; y, iii) Un proceso de reorganización dentro de algunas unidades orgánicas, con la finalidad de mejorar la calidad de sus procesos y servicios. Concluye que la propuesta de actualización de ROF cuenta con los aportes de todas las unidades orgánicas que integran la municipalidad, para finalmente solicitar a la Oficina de Asesoría Jurídica, en su calidad de órgano de asesoramiento, emita la opinión legal correspondiente para su posterior aprobación; Que, con Memorando Nº 115-2017-OPP/MVES la Oficina de Planeamiento y Presupuesto sustenta los cambios propuestos en su Informe Nº 044-2017-OPP/ MVES precisando que, el proyecto de nuevo ROF conserva la misma estructura basada en resultados, sistemas administrativos y funcionales, a la vez que incorpora funciones que deberán cumplir todas las

COMISIONADO ELOY ANDRÉS ESPINOSASALDAÑA BARRERA

Artículo Cuarto.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Artículo Quinto.- Dentro de los quince días calendario siguientes de realizado el referido viaje, el magistrado informará sobre los resultados obtenidos con motivo de su participación en las actividades antes mencionadas. Artículo Sexto.Comunicar la presente resolución al magistrado Eloy Andrés Espinosa-Saldaña Barrera, a la Secretaría General, la Dirección General de Administración y a las Oficinas de Gestión y Desarrollo Humano, Contabilidad y Tesorería, Tecnologías de la Información y al Órgano de Control Institucional. Regístrese, publíquese y comuníquese. MANUEL MIRANDA CANALES Presidente 1518316-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Aprueban Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones con Enfoque de Gestión por Resultados de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 369-MVES Villa El Salvador, 27 de abril de 2017 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Nº 001-2017-CAL/MVES de la Comisión de Asuntos Legales del Concejo Municipal, el Memorando Nº 462-2017-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Memorado Nº 131-2017-SG/MVES de la Secretaría General, el Informe Nº 174-2017-OAJ/

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