Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2017 (10/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Miércoles 10 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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por infracción a las normas nacionales o municipales que estén bajo su competencia de control. - 48 .6. Programar, organizar y dirigir las actividades relacionadas con los comités vecinales de seguridad a través del observatorio de Seguridad Ciudadana. - 48.22. Centralizar los reportes estadísticos de las acciones y servicios de las Subgerencias a su cargo, manteniendo la base de datos. Artículo 2º.- Encargar a todas las Unidades Orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a ley. Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Legal y Secretaría Municipal, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, cuya dirección electrónica es: www.muniventanilla.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1517597-1

Municipalidad, y a un Funcionario de la entidad, para visitar las instalaciones principales del SOC (PTAR, PTAP) "Incinerador de Residuos Sólidos" ubicado en Corea, ha sido modificada finalmente del 10 al 15 de Abril del 2017. Que, en virtud a ello, el Alcalde de la Municipalidad peticiona a través del Memorándum Nº 058-2017-MPCP-A que se modifique el Acuerdo de Concejo Nº 011-2017MPCP, en el extremo de la fecha de viaje. Que, estando a las facultades conferidas en el Art. 39º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, en mérito a lo dispuesto en el acuerdo 072-2017 adoptado en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 008-2017-MPCP de fecha 20.04.2017 por Unanimidad de votos de los miembros del Concejo Municipal; SE ACUERDA: Artículo Primero.- DISPENSAR del pase a Comisiones. Artículo Segundo.- MODIFICAR el Artículo Segundo del Acuerdo de Concejo Nº 011-2017-MPCP de fecha 10 de marzo del 2017, el mismo que fue ya modificado con Acuerdo de Concejo Nº 13-2017-MPCP, quedando con el siguiente tenor: "Artículo Segundo.- AUTORIZAR el viaje al exterior del señor Alcalde ANTONIO MARINO PANDURO, y del Sub Gerente de Formalización de la Propiedad Arq. VICTOR ARMANDO ESTELA HIDALGO, para que puedan asistir a la visita programada de las instalaciones principales del SOC (PTAR,PTAP) "Incinerador de Residuos Sólidos" ubicado en la ciudad de Yangsan ­ Corea del Sur, desde el 21 al 28 de mayo del 2017, dicho viaje no irrogará gasto alguno a la Entidad Edil" Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación del presente Acuerdo de Concejo, en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General la notificación y distribución (mediante correo electrónico institucional) del presente Acuerdo de Concejo. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. ANTONIO MARINO PANDURO Alcalde 1517756-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO
Modifican el Artículo Segundo del Acuerdo de Concejo N° 011-2017-MPCP
ACUERDO DE CONCEJO Nº 019-2017-MPCP Pucallpa, 25 de abril de 2017 VISTO: El Expediente Interno Nº 11230-2017 de fecha 20.04.2017, que contiene el Informe Legal Nº 383-2017-MPCP-GM-GAJ-RCSM de fecha 20.04.2017; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. II de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades establece que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 011-2017MPCP de fecha 10 de marzo del 2017, se autorizó el viaje al exterior del señor alcalde ANTONIO MARINO PANDURO y del Sub Gerente de Formalización de la Propiedad Arq. VICTOR ARMANDO ESTELA HIDALGO, para que puedan asistir a la visita programada de las instalaciones principales del SOC (PTAR, PTAP) "Incinerador de Residuos Sólidos" ubicado en la ciudad de Yangsan ­ Corea del Sur, del 19 al 26 de marzo del 2017. Que, posteriormente, a través del Acuerdo de Concejo Nº 013-2017-MPCP de fecha 15 de marzo del 2017, se modificó el Artículo Segundo del Acuerdo de Concejo indicado en el párrafo anterior, quedando con el siguiente tenor: "Artículo Segundo: AUTORIZAR el viaje al exterior del señor Alcalde ANTONLO MARINO PANDURO, y del Sub Gerente de Formalización de la Propiedad Arq. VICTOR ARMANDO ESTELA HIDALGO, para que puedan asistir a la visita programada de las instalaciones principales del SOC (PTAR,PTAP) "incinerador de Residuos Sólidos" ubicado en la ciudad de Yangsan - Corea del Sur, desde el 10 al 15 de Abril del 2017, dicho viaje no irrogara gasto alguno a la Entidad Edil" Que, tras coordinaciones realizadas, la invitación del señor Antonio Marino Panduro, Alcalde de ésta

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
Autorizan viaje de regidores para participar en evento a realizarse en Costa Rica
ACUERDO MUNICIPAL Nº 20-2017-MPC Cusco, 10 de marzo de 2017 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 10 de marzo de 2017; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificatorias y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece

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