Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2017 (10/05/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Miércoles 10 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES PROVINCIAS

59

unidades orgánicas en cuanto a lo que concierne al cumplimiento de las normas del Sistema de Control Interno. Asimismo, agrega que el proyecto de nuevo ROF modifica e incorpora algunas funciones de las unidades orgánicas, ello dentro del marco de lo regulado en los dispositivos legales que cada sector del gobierno central maneja; Que, mediante Informe Nº 174-2017-OAJ/MVES la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión ampliatoria señalando que, si bien es cierto el ROF no trae consigo cambios sustanciales en la organización de la entidad, más bien incluye aspectos que se encuentran alineados en forma más adecuada con el logro de los resultados y los servicios que presta la municipalidad, incidiendo en que el proyecto del nuevo ROF ha sido elaborado bajo los alcances de lo señalado en el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que establece los lineamientos para la elaboración y aprobación del ROF por parte de las entidades de la administración pública, a la vez que contiene una adecuada estructura de las unidades orgánicas que integran la Municipalidad de Villa El Salvador, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658 ­ Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. Asimismo, delimita las funciones del Secretario Técnico, cuya finalidad es la implementación de la Ley Nº 30057 ­ Ley del Servicio Civil y la del Decreto Legislativo Nº 1252 ­ del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; razones por las que emite opinión favorable para la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones con enfoque de Gestión por Resultados; Que, mediante Dictamen Nº 001-2017-CAL/MVES la Comisión de Asuntos Legales del Concejo Municipal, recomienda aprobar el Proyecto del Nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Villa El Salvador; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal en sesión ordinaria de la fecha, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) CON ENFOQUE DE GESTIÓN POR RESULTADOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con Enfoque de Gestión por Resultados, de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, que comprende Cinco (5) Títulos, Diez (10) Capítulos, Sesenta y Cinco (65) Artículos, Dos (02) Disposiciones Transitorias y Dos (02) Disposiciones Finales. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación en el diario oficial El Peruano y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa El Salvador www.munives.gob.pe. Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Municipal Nº 339-MVES y toda disposición que se oponga a lo dispuesto por la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en coordinación con las demás Unidades Orgánicas y Gerencias de la Municipalidad el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. Regístrese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1518390-1

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Modifican el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ventanilla
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 7-2017/MDV Ventanilla, 20 de abril de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de 20 de abril de 2017; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 28607, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante los Memorandos Nº 154-2017/ MDV-GSC y Nº 134 -2017/MDV- GPLP, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto respectivamente solicitan la modificación del contenido de los numerales 48.6 y 48.22 y 39.5 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, el cual fuera aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 15-2016/ MDV, de 7 de julio de 2016, respectivamente; Que, mediante el Informe Nº 154-2017/MDV/GSC/ AL, la Gerencia de Seguridad Ciudadana solicita la modificación y ampliación del contenido de los numerales 48.6 y 48.22 el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Municipalidad Distrital de Ventanilla de la siguiente manera: 48 .6., dice a la letra "Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con los comités vecinales de seguridad", debe decir 48 .6. "Programar, organizar y dirigir las actividades relacionadas con los comités vecinales de seguridad a través del observatorio de Seguridad Ciudadana", dice a la letra 48.22. "Elaborar y mantener los reportes estadísticos de las acciones y servicios de su competencia", debe decir 48.22. "Centralizar los reportes estadísticos de las acciones y servicios de las Subgerencias a su cargo, manteniendo la base de datos". Que, mediante Memorándum Nº 134 -2017/MDVGPLP, de la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, corre traslado del Informe Nº 031-2017/MDV-GPLP-JEPL, de la Jefatura de Equipo de Planificación Local, en el cual indica que de la revisión del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), se ha detectado un error material en la denominación de una unidad orgánica consignada en el artículo 39.5 que a la letra dice " Recibir de la Gerencia de Fiscalización y de la Subgerencia de Control de Sanciones y Difusión, a través de la Subgerencia de Administración Tributaria, la relación de administrados y las sanciones impuestas por infracción a las normas nacionales o municipales que estén bajo su competencia de control", siendo que la Gerencia de Fiscalización ya no es una unidad orgánica vigente y la denominación correcta es Subgerencia de Fiscalización y Control Urbano; Que, la Jefatura de Equipo de Planificación Local, sugiere que el artículo 39.5 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado mediante la Ordenanza Municipal Nº 15-2016/MDV, de 7 de julio de 2016, se modifique de la siguiente manera 39.5 " Recibir de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y de la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.