Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2017 (20/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Sábado 20 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la Médico Veterinaria Eva Luz Martínez Bermúdez, Directora de la Subdirección de Cuarentena Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, a la ciudad de París, República Francesa, del 20 al 27 de mayo de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, de acuerdo al siguiente detalle: EVA LUZ MARTÍNEZ BERMÚDEZ Pasajes : $ 2,515.24 Viáticos : $ 2,700.00 Total : $ 5,215.24 Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- La comisionada cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar al Titular de la entidad un informe detallado sobre las actividades y resultados de su participación, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1522141-1

Aprueban la "Actualización de los Estudios de Suelos y Capacidad de Uso Mayor de las Tierras de la Región San Martín"
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN GENERAL Nº 165-2017-MINAGRI-DVDIAR-DGAAA Lima, 9 de mayo de 2017. VISTO: El Informe Técnico Nº 074-2017-MINAGRI-DVDIARDGAAA-DERN, de fecha 09 de mayo de 2017, elaborado por la Dirección de Evaluación de los Recursos Naturales de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, sobre la "ACTUALIZACIÓN DE ESTUDIOS DE SUELOS Y CAPACIDAD DE USO MAYOR DE LAS TIERRAS DE LA REGIÓN SAN MARTÍN", que forma parte integrante de la presente Resolución; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30048, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 25 de junio de 2014, se modificó el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura (MINAG), regulando diversos ámbitos, funciones, competencias y materias, entre los cuales se precisó que la nueva denominación del Ministerio, es la de Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), asumiendo esta denominación novísima a tenor de lo establecido en el artículo 2 de la acotada Ley; Que, el literal a) del artículo 65 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, establece que la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios (en adelante DGAAA), tiene como función: Proponer planes, estrategias, normas, lineamientos, programas y proyectos para mejorar

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN

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