Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2017 (20/05/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

14

NORMAS LEGALES

Sábado 20 de mayo de 2017 /

El Peruano

AMBIENTE
Aprueban Otorgamiento de Subvenciones a favor de dos Unidades Productivas, en el marco de las Convocatorias de Planes de Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 132-2017-MINAM Lima, 18 de mayo de 2017 Vistos; el Informe N° 22-2017-MINAM/DVMDERN/ UEGRN, de la Directora Ejecutiva (e) del PGAS CVIS 2; el Informe N° 010-2017-MINAM/SG/OGPP/OPPMI, de la Oficina de Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 019-2017-MINAM/SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 031-2017-MINAM/SG-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, mediante Decreto Supremo N° 294-2013-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y la Corporación Andina de Fomento ­ CAF, hasta por la suma de US$ 16 000 000.00 (DIECISEIS MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el "Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa", en adelante el Programa; Que, según lo dispuesto en el artículo 3 del referido Decreto Supremo, la Unidad Ejecutora del Programa será el Ministerio del Ambiente; Que, con fecha 03 de diciembre de 2013, la Corporación Andina de Fomento ­ CAF y la República del Perú suscriben el Contrato de Préstamo hasta por US$ 16 000 000.00, destinado a financiar parcialmente el Programa; Que, por Resolución Ministerial N° 298-2014-MINAM, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora "004 Gestión de los Recursos Naturales", en el Pliego 005: Ministerio del Ambiente, para la ejecución del Programa; Que, mediante Resolución Ministerial N° 040-2015-MINAM, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa, precisando en el Componente III del numeral 2.3.1, Proyecto 1: Competitividad, que el incremento del acceso a fuentes de financiamiento contribuirá a mejorar la capacidad de los productores para canalizar los flujos financieros hacia oportunidades de inversión mediante recursos concursables; a través de criterios de elegibilidad detallados en el Anexo N° 01 de dicha Resolución, para seleccionar o financiar los proyectos o iniciativas presentadas por las Unidades Productivas que soliciten los recursos concursables del Programa; Que, la precitada norma, establece como monto máximo de financiamiento con cargo a los fondos concursables del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur ­ II Etapa (PGAS CVIS 2), el importe de S/ 200 000.00 por Plan de Econegocios; en caso se necesiten recursos de contrapartida u otras garantías de la Unidad Productiva,

el monto y requisitos serán fijados por el Comité Directivo del Programa; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 051-2016-MINAM-VMDERN/UEGRN-PGAS CVIS 2, se aprobaron los resultados del Concurso 2016 de Planes de Econegocios; Que, mediante Resolución Ministerial N° 391-2016-MINAM, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 005: Ministerio del Ambiente - MINAM, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Producto, Actividad, Categoría Presupuestal, Proyecto, Genérica del Gasto y Fuente de Financiamiento; Que, la Trigésima Sétima Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza excepcionalmente, durante el Año 2017, al Ministerio del Ambiente, para otorgar subvenciones a favor de unidades productivas seleccionadas, en el marco de las Convocatorias de Planes de Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los Impactos Indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur - II Etapa (PGAS CVIS 2), a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente. Asimismo, establece que dichas subvenciones se aprueban mediante resolución del titular del pliego Ministerio del Ambiente, previa suscripción de convenio, y requiriéndose el informe favorable previo de su oficina de presupuesto o la que haga de sus veces; precisando que la resolución del titular del pliego se publica en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, mediante Resolución Ministerial N° 132-2016-MINAM, se aprueban los "Mecanismos para la rendición de cuentas y evaluación de resultados alcanzados y los beneficios generados por los recursos otorgados mediante subvenciones en el marco de las Convocatorias de Planes de Econegocios del Programa de Inversión Pública para el Fortalecimiento de la Gestión Ambiental y Social de los impactos indirectos del Corredor Vial Interoceánico Sur-ll Etapa (PGAS CVIS 2)"; Que, a través del Informe N° 22-2017-MINAM/ DVMDERN/UEGRN, la Directora Ejecutiva (e) del Programa señala que, con fecha 25 de abril de 2017, se han suscrito dos (02) convenios de subvención; asimismo, solicita y justifica el otorgamiento de subvenciones a favor de dos (2) Unidades Productivas seleccionadas en el Concurso 2016 de Planes de Econegocios realizado por la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales; por la suma de Trecientos Noventa y Nueve Mil Novecientos Noventa y Uno y 04/100 Soles (S/ 399 991.04), en virtud de lo dispuesto en el Manual de Operaciones del Programa; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; y, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 051-2016-MINAMVMDERN/UEGRN-PGAS CVIS 2; Que, mediante el Informe N° 10-2017-MINAM/ SG/OGPP/OPPMI, la Oficina de Planeamiento y Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto recomienda aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de dos (2) Unidades Productivas, para el financiamiento de los Planes de Econegocios del Programa; Que, en dicho contexto, resulta pertinente aprobar otorgamiento de subvenciones a favor de las siguientes Unidades Productivas: 1) Comunidad Campesina Queracucho; y, 2) Cooperativa Agraria de Servicios Cacao Fino Agrobosque, en el marco de las Convocatorias de Planes de Econegocios del Programa a cargo de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales, hasta por la suma de Trescientos Noventa y Nueve Mil Novecientos Noventa y Uno y 04/100 Soles (S/ 399 991.04); Con el visado de la Unidad Ejecutora 004: Gestión de los Recursos Naturales, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.