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6 NORMAS LEGALES Sábado 20 de mayo de 2017 / El Peruano la gestión ambiental del Sector, el aprovechamiento sostenible del recurso suelo de uso agrario , y la reducción de la vulnerabilidad y su adaptación al cambio climático en el Sector, con la fi nalidad de conservar y aprovechar sosteniblemente los recursos naturales renovables de su competencia; Que, asimismo, el artículo 68 del aludido ROF, señala que la unidad orgánica de la DGAAA, esto es, la Dirección de Evaluación de los Recursos Naturales (DERN), tiene entre sus funciones: “ f) Elaborar el levantamiento de suelos, así como emitir opinión técnica a las solicitudes presentadas para su aprobación; y, g) Elaborar, ejecutar, supervisar, promover y difundir la Clasi fi cación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor (...)”; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2009- AG, se aprobó el Reglamento de Clasi fi cación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor, que determinó que el entonces Ministerio de Agricultura (MINAG), actualmente Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), es la entidad competente y responsable de realizar la Clasi fi cación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 0847- 2009-AG, de fecha 02 de diciembre de 2009, se designa a la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, como el órgano a cargo de la ejecución, supervisión, promoción y difusión del Reglamento de Clasi fi cación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2010-AG, publicado en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 20 de noviembre de 2010, se aprobó el Reglamento para la Ejecución de Levantamiento de Suelos, a través de la cual se establece que el órgano competente para la aplicación del citado Reglamento es la DGAAA; asimismo, se precisa que la DGAAA, revisará y aprobará los levantamientos de suelos de acuerdo con los métodos y procedimientos señalados en el referido Reglamento; Que, en la Amazonía peruana, existen veintitrés (23) Estudios de Suelos realizados por la O fi cina Nacional de Evaluación de Recursos Naturales (ONERN) en el periodo comprendido entre las décadas del 70 al 80, que cubren aproximadamente 19’000,000 de hectáreas. Dichos estudios, por su antigüedad, requieren ser actualizados, tanto en su base cartográ fi ca, como en la clasi fi cación de los suelos y su interpretación en términos de Capacidad de Uso Mayor de las Tierras. Asimismo, existen Estudios con información potencial de tierras, generada por el Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana (IIAP) y el Instituto Nacional de Desarrollo (INADE); sin embargo, para la presente actualización sólo se ha considerado los estudios que presentan información de levantamiento de suelos a nivel de reconocimiento; Que, en base a los dispositivos legales pertinentes y los Estudios de Suelos realizados por la O fi cina Nacional de Evaluación de Recursos Naturales (ONERN), el Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana (IIAP) y el Instituto Nacional de Desarrollo (INADE) y, ante la necesidad de conocer la distribución espacial de los suelos y la Capacidad de Uso Mayor de las Tierras, para de fi nir el potencial agrícola – pecuario; así como, prever su deterioro y la generación de lineamientos de uso y manejo del suelo orientados al uso sostenible del mismo, la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del MINAGRI, como órgano de línea competente en la materia, considera necesaria la actualización de la información de Suelos y Potencial de Tierras contenidas en los estudios del Inventario de Recursos Naturales realizados en diferentes ámbitos de la Amazonía de la Región San Martín; Que, en la Región San Martín, existen cinco (05) estudios, que presentan una base cartográ fi ca poco precisa, debido al nivel tecnológico disponible en la época en que se realizaron los estudios, por lo que el mapa de suelos presenta unidades que requieren ser precisadas en su delimitación; Que, en consecuencia, a tenor de la recomendación formulada por la Dirección de Evaluación de los Recursos Naturales de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del MINAGRI, mediante el Informe Técnico Nº 074-2017-MINAGRI-DVDIAR-DGAAA-DERN, de fecha 09 de mayo de 2017, es necesario aprobar la “Actualización de los Estudios de Suelos y Capacidad de Uso Mayor de las Tierras de la Región San Martín”, cuya extensión se encuentra comprendida en un área de 2 022 788.69 hectáreas, de acuerdo al siguiente detalle: Nº NOMBRE DEL ESTUDIO AÑO 1ºEstudio de los Suelos de la Zona de Alto Mayo (Tumbaro, Tabalosos), ONERN - FAO 1968 2ºInventario y Evaluación Integral de los Recursos Naturales de la Zona del Alto Mayo (Rioja, Serranoyacu), ONERN.1982 3ºEstudio de los Suelos de la Zona del Huallaga Central y Bajo Mayo, ONERN - FAO.1968 4ºEstudio de los Suelos de la Zona de Yurimaguas, ONERN – FAO1967 5ºEvaluación e Integración del Potencial Económico y Social de la Zona de Tingo María – Tocache, Huallaga Central, ONERN – SCIF1962 Estando a lo informado por la Dirección de Evaluación de los Recursos Naturales de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, mediante el Informe Técnico Nº 074-2017-MINAGRI-DVDIAR-DGAAA-DERN; Con el visado del Director de la Dirección de Evaluación de los Recursos Naturales de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modi fi cado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modi fi catorias; el Reglamento para la Clasi fi cación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2009-AG; y el Reglamento para la Ejecución de Levantamiento de Suelos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2010-AG; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR la “Actualización de los Estudios de Suelos y Capacidad de Uso Mayor de las Tierras de la Región San Martín”, que abarcan una extensión de 2 022 788.69 hectáreas, de acuerdo a los Anexos I, II, III, IV y V de la presente Resolución, y comprendidas en las siguientes zonas: Nº NOMBRE DEL ESTUDIO AÑO SUPERFICIE 1º Estudio de los Suelos de la Zona de Alto Mayo (Tumbaro , Tabalosos), ONERN - FAO 1968 425 753.10 2º Inventario y Evaluación Integral de los Recursos Naturales de la Zona del Alto Mayo (Rioja, Serranoyacu), ONERN.1982 375 414.40 3º Estudio de los Suelos de la Zona del Huallaga Central y Bajo Mayo, ONERN - FAO.1968 879 506.90 4º Estudio de los Suelos de la Zona de Yurimaguas, ONERN – FAO1967 259 263.64 5º Evaluación e Integración del Potencial Económico y Social de la Zona de Tingo María – Tocache, Huallaga Central, ONERN – SCIF1962 82 850.65 Artículo 2º.- Disponer la inclusión de la “Actualización de los Estudios de Suelos y Capacidad de Uso Mayor de las Tierras de la Región San Martín”, que abarcan una extensión de 2 022 788.69 hectáreas, de acuerdo a los Anexos I, II, III, IV y V de la presente Resolución, en el Archivo Técnico Nacional de Levantamiento de Suelos, a cargo de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese.AMÉRICO SIHUAS AQUIJE Director GeneralDirección General de Asuntos Ambientales Agrarios