Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2017 (20/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Sábado 20 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- El Ministerio de Defensa­Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima­Guayaquil (República del Ecuador)­Lima US$. 481.18 US$. 481.18 Viáticos: US$. 370.00 x 6 días TOTAL AL PAGAR: US$. 2,220.00 ---------------------US$. 2,701.18

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El Oficial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1523105-1

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a España, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 628-2017 DE/MGP Lima, 19 de mayo de 2017 Vista, la Carta G.500-2285 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 10 de mayo de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº 0017/1485 de fecha 28 de julio de 2016, el Jefe de Estado Mayor de la Armada del Reino de España, ha cursado invitación al Comandante General de la Marina, para que el Director de la Escuela Naval del Perú, participe en los actos conmemorativos por los 300 años de creación de la Escuela Naval Militar de España, a realizarse en la ciudad de Marín, Reino de España, el 2 de junio de 2017; Que, con Carta V.200-0054 de fecha 17 de enero de 2017, el Comandante General de la Marina comunica al Jefe del Estado Mayor de la Armada del Reino de España, que ha dispuesto la participación del Contralmirante Luis José POLAR Figari, Director de la Escuela Naval del Perú, para que participe en la mencionada actividad, lo que permitirá continuar con el fortalecimiento de lazos de amistad, cooperación y reciprocidad entre ambas armadas; Que, asimismo, con Oficio V.100-087 de fecha 8 de mayo de 2017, el Agregado Naval a la Embajada del Perú en el Reino de España ha remitido al Comandante General de la Marina, el programa para la visita de superintendentes a la celebración por los 300 años de creación de la Escuela Naval Militar de España, el mismo que contempla actividades del 1 al 4 de junio de 2017, siendo el día central de la celebración el 2 de junio de 2017; Que, de acuerdo con el documento Nº 050-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la

Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos (a) y (b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno DOS (2) días después del evento, correspondiendo únicamente el pago por concepto de viáticos a DOS (2) días adicionales al evento; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Luis José POLAR Figari, CIP. 04834215, DNI. 43329799, para que participe en los actos conmemorativos por los 300 años de creación de la Escuela Naval Militar de España, a realizarse en la ciudad de Marín, Reino de España, el 2 de junio de 2017; así como, autorizar su salida del país el 31 de mayo y su retorno el 4 de junio de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa­Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima­Marín (Reino de España)­Lima US$. 1,725.28 US$. 1,725.28 Viáticos: US$. 540.00 x 3 días TOTAL A PAGAR: US$. 1,620.00 ----------------------US$. 3,345.28

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El Oficial Almirante comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria.

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