Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2017 (26/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Viernes 26 de mayo de 2017 /

El Peruano

Visto, el SITFAGRAMA OEN-17-102-001 de fecha 12 de abril de 2017 del Oficial de Enlace SICOFAA de la Fuerza Aérea Brasileña y la Papeleta de Trámite NC-35SGFA-N° 1954 de fecha 28 de abril de 2017 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO:

fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú. SE RESUELVE:

Que, el Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), tiene como Misión promover el intercambio de experiencias, conocimientos y entrenamiento que permitan el fortalecimiento de las capacidades de las Fuerzas Aéreas y sus equivalentes, a fin de brindar apoyo a los requerimientos de sus miembros, dentro de lo cual ha agendado la LVII Conferencia de los Jefes de las Fuerzas Aéreas Americanas (CONJEFAMER) que se desarrollará en la ciudad de Natal ­ Estado de Rio Grande do Norte ­ República Federativa de Brasil del 04 al 10 de junio de 2017 (incluidos los días de viaje de ida y vuelta); Que, la CONJEFAMER constituye el nivel superior en la matriz de su organización, asumiendo el rol de emisor de los lineamientos generales que orientan las acciones emprendidas por el Sistema de Cooperación entre las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA) con miras a la consecución de los objetivos estratégicos trazados en el Plan Estratégico del SICOFAA 2012- 2027; Que, mediante el SITFAGRAMA OEN-17-102001 de fecha 12 de abril de 2017, el Oficial de Enlace SICOFAA de la Fuerza Aérea Brasileña hace extensiva una invitación al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y dos (02) asesores, para que participen en la LVII CONJEFAMER que se realizará en la ciudad de Natal ­ Estado de Rio Grande do Norte ­ República Federativa de Brasil del 04 al 10 de junio de 2017 (incluidos los días de viaje de ida y vuelta); Que, mediante la Papeleta de Trámite NC-35-SGFA-N° 1954 de fecha 28 de abril de 2017, el Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice al Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva para que participe en la LVII CONJEFAMER que se realizará en la ciudad de Natal ­ Estado de Rio Grande do Norte ­ República Federativa de Brasil del 04 al 10 de junio de 2017 (incluidos los días de viaje de ida y vuelta); Que, es conveniente para los intereses nacionales e institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, para que participe en la LVII Conferencia de los Jefes de las Fuerzas Aéreas Americanas (CONJEFAMER) que se desarrollará en la ciudad de Natal ­ Estado de Rio Grande do Norte ­ República Federativa de Brasil del 04 al 10 de junio de 2017 (incluidos los días de viaje de ida y vuelta); por cuanto, permitirá fortalecer las relaciones entre las fuerzas aéreas americanas; así como, intercambiar experiencias en aspectos operativos y logísticos, con miras a optimizar el uso de los recursos disponibles en caso de tener que afrontar la incidencia de desastres naturales u otras situaciones de emergencia que sobrepasen la respuesta nacional; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0056 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 09 de mayo de 2017 del Jefe del Departamento de Economía y Finanzas de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento, pasajes y viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en LVII Conferencia de los Jefes de las Fuerzas Aéreas Americanas (CONJEFAMER) que se desarrollará en la ciudad de Natal ­ Estado de Rio Grande do Norte ­ República Federativa de Brasil del 04 al 10 de junio de 2017 (incluidos los días de viaje de ida y vuelta): General del Aire NSA: O-9373077 Coronel FAP NSA: O-9530485 Comandante FAP NSA: O-9654396 JAVIER ENRIQUE RAMIREZ GUILLEN DNI: 43579926 MARTIN ALBERTO DAVELOUIS SANCHEZ DNI: 08701826 MIRKO MACHIAVELLO VOJVODIC DNI: 43279900

Artículo 2.-El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima ­ Natal (República Federativa de Brasil)- Lima: US $ 1,315.00 x 03 personas (Incluye TUUA) = US $ 3,945.00 Viáticos US $ 370.00 X 05 días X 03 personas = US $ 5,550.00 ---------------------Total a Pagar = US $ 9,495.00

Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1523222-2

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de Gobiernos Locales en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal
DECRETO SUPREMO Nº 154-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

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