TEXTO PAGINA: 11
11 NORMAS LEGALES Viernes 26 de mayo de 2017 El Peruano / ciencias agrarias, colegiado y habilitado, que cuente con experiencia especí fi ca acreditada no menor de un (01) año en cartografía de suelos en cualquier Departamento del país y, deberá formar parte del Equipo Técnico Especializado de la dependencia del Gobierno Regional, cuyos integrantes asumen responsabilidad administrativa, civil y penal sobre la veracidad de los resultados de la evaluación agrológica y de su contenido. Artículo 5.- Etapas del proceso de evaluación agrológica de las tierras de las comunidades nativas La evaluación agrológica de las tierras de las comunidades nativas y la clasi fi cación por su capacidad de uso mayor a nivel de Grupo con fi nes de titulación, comprende las etapas, preliminar de gabinete, de campo y, fi nal de gabinete, conforme se describe: 5.1 Etapa Preliminar de Gabinete: Su fi nalidad es recopilar y procesar información cartográ fi ca disponible, y comprende: a) Recopilación de la información de Cartografía Base, siendo las Cartas Nacionales Digitales “Hipsométrica e Hidrográ fi ca” del IGN-MINEDU, a escala 1:100 000, las adecuadas. b) Recopilación, análisis, clasi fi cación y selección de la información cartográ fi ca temática existente en estudios o mapas publicados del ámbito de la zona de evaluación. c) Utilización de imágenes satelitales con resolución espacial adecuada, debidamente georeferenciadas y ortorecti fi cadas; con uso del Mapa de Cartografía Base preparado. d) Elaboración del mapa fi siográ fi co y de pendientes, sobre la base de la interpretación analógica de las imágenes satelitales procesadas y georeferenciadas a escala 1:100 000 o mayor, que facilite su interpretación a mayor detalle. Los diferentes rasgos y formas fi siográ fi cas del terreno deberán ser identi fi cados mediante evaluación fi siográ fi ca; las que serán delimitadas y cartogra fi adas conjuntamente con sus respectivos rangos de pendiente y simbología, para lo cual previamente se debe elaborar una leyenda fi siográ fi ca conteniendo información litológica-geológica y ecológica (zonas de vida), donde las diferentes unidades fi siográ fi cas deben ser identi fi cadas a nivel de: Paisaje, sub paisaje y elemento de paisaje, con sus fases por pendiente, las mismas que deben ser representadas espacialmente en el mapa fi siográ fi co y pendientes preliminar, a escala 1:100 000 o mayor. e) La selección de las áreas o zonas de muestreo, debe ser determinada en base al veinte por ciento (20%) del área total materia de evaluación, donde se debe distribuir las calicatas a razón de 01 calicata por cada 1000 hectáreas en zonas de Selva Baja y, 02 calicatas por cada 500 hectáreas en zonas de Ceja de Selva y Selva Alta. f) Impresión del mapa fi siográ fi co y de pendientes preliminar a escala 1:100 000 o mayor, como Mapa Base de Trabajo en campo y gabinete fi nal, sobre el cual se debe realizar la plani fi cación y ejecución del trabajo de campo, mediante la distribución de las calicatas, de acuerdo con la accesibilidad a la zona de evaluación, heterogeneidad fi siográ fi ca, ecológica, litológica-geológica y, tiempo asignado para el trabajo de campo. 5.2 Etapa de Campo: Se ejecuta durante el proceso de demarcación del territorio comunal y, comprende las siguientes actividades: a) Realizar un reconocimiento del área materia de evaluación, con el objetivo de familiarizarse con los patrones edá fi cos dominantes y examinar los cortes naturales, veri fi car la accesibilidad existente y, determinar algunas limitaciones no previstas inicialmente que pudiesen di fi cultar el trabajo a realizar, a efectos de a fi nar o rati fi car el Plan de Trabajo inicial de campo. b) Chequeo o corrección de las unidades fi siográ fi cas y pendientes del terreno, determinados en el Mapa Fisiográ fi co y Pendientes preliminar con uso del eclímetro. c) Proceder al reconocimiento y mapeo sistemático del suelo del área de evaluación, así como distribuir y excavar las calicatas (de aproximadamente 1.80m de largo x 1.00m de ancho y 1.50m de profundidad) en la parte más representativa de las unidades fisiográficas seleccionadas para ser muestreadas, debiendo registrar su ubicación geográfica mediante un GPS submétrico. d) Describir en las Tarjetas de Per fi les de suelo, las características físicas y morfológicas de los horizontes identi fi cados en el per fi l del suelo y las características externas del relieve y paisaje que rodea a cada calicata. e) Toma de vistas fotográ fi cas tanto del per fi l del suelo como del paisaje que lo rodea y demás información complementaria útil, para la elaboración del Mapa Defi nitivo de Capacidad de Uso Mayor de las Tierras a nivel de Grupo en la etapa fi nal de gabinete. f) Determinar el pH en campo utilizando una metodología de medición directa (método colorimétrico), descrita en el Anexo de la presente Resolución Ministerial. g) Determinar la salinidad en campo utilizando un instrumento de medición directa (conductímetro). 5.3 Etapa Final de Gabinete: Comprende las siguientes actividades: a) Edición fi nal de la información toponímica de la red hidrográ fi ca del Mapa de Cartografía Base del área de evaluación, con información toponímica contenida en las Cartas Nacionales y las obtenidas en campo. b) Edición y a fi namiento de información hidrográ fi ca pertinente del Mapa de Cartografía Base de fi nitivo, con información hidrográ fi ca contenida en los mapas, la imagen satelital y la recogida en campo. c) Corrección del Mapa Fisiográ fi co y Pendientes preliminar, de acuerdo a la veri fi cación de campo, mediante la reinterpretación analógica de las imágenes de satélite utilizadas, procediendo a efectuar los reajustes y afi namiento de la delimitación de unidades, así como de la estimación de la pendiente del terreno. d) Edición fi nal del mapa fi siográ fi co y de pendientes defi nitivos, a escala 1:100 000 o escala adecuada según la extensión del área de evaluación, conteniendo su leyenda fi siográ fi ca y cuadro de pendientes. e) Procesamiento de la información de campo y gabinete. f) Elaboración del Mapa de clasi fi cación por su capacidad de uso mayor con fi nes de titulación a nivel de Grupo de Capacidad de Uso Mayor (A,C,P,F,X), mediante la interpretación práctica de las características edá fi cas del Mapa Fisiográ fi co de fi nitivo, con aplicación en lo que corresponda de las disposiciones contempladas en el Reglamento de Clasi fi cación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor (Anexo III) y uso de la información ecológica de zonas de vida del área materia de evaluación. g) Impresión preliminar, revisión y control de calidad de los mapas Fisiográ fi co y de pendientes y Capacidad de Uso Mayor a nivel de Grupo de la zona de evaluación, elaboración de cuadros de áreas y leyendas, para su edición e impresión fi nal en formato A1 o A0 a escala adecuada. h) Redacción de la Memoria Explicativa del Informe de evaluación agrológica de las tierras de las comunidades nativas y la clasi fi cación por su capacidad de uso mayor a nivel de Grupo con fi nes de titulación, elaboración de cuadros, e inclusión de vistas fotográ fi cas con sus respectivas leyendas. i) Revisión y control de la calidad de la Memoria Explicativa, para su edición, impresión y presentación fi nal. j) Edición e impresión fi nal del informe de evaluación agrológica de las tierras de las comunidades nativas y la clasi fi cación por su capacidad de uso mayor a nivel de Grupo con fi nes de titulación (texto y mapas), para su presentación fi nal en formato físico y digital, el cual será fi rmado por el profesional especialista en suelos, así como todos los documentos y mapas que lo integran. Artículo 6.- De la aprobación de la evaluación agrológica de las tierras Expedido el informe que contiene la evaluación agrológica de las tierras de las comunidades nativas y la clasi fi cación por su capacidad de uso mayor a nivel de