Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2017 (29/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
POR TANTO:

Lunes 29 de mayo de 2017 /

El Peruano

Y VEREDAS DEL SECTOR BARRIO PIURA DEL C.P. PACANGUILLA, DISTRITO DE PACANGA, PROVINCIA DE CHEPÉN ­ LA LIBERTAD"; Que, el Gerente Regional de Presupuesto con Oficio N° 005-2017-GR-LL-GGR-GRP, emite la opinión correspondiente relativa a la transferencia financiera referida en el párrafo precedente, señalando que la atención de la Transferencia Financiera estaría sujeto a las condiciones excepcionales y a la priorización de la Gerencia Regional de Infraestructura; y a la evaluación previa de los recursos financieros que administra la Gerencia Regional de Administración; Que, la Gerencia Regional de Infraestructura mediante Oficio N° 402-2017-GRLL-GGR/GRI hace el requerimiento ante la Gerencia Regional de Administración para que se considere el financiamiento para el proyecto antes aludido con cargo a los Saldos de Balance, quien con el Oficio N° 116-2017-GRLLGGR/GRA de fecha 28 de febrero 2017 manifiesta que está siendo considerado en los Saldos de Balance del Año Fiscal 2017, y a través de su Oficio N° 146-2017-GRLL-GGR/GRA comunica que conforme a la coordinación realizada con la Gerencia Regional de Infraestructura, se considera viable destinar con cargo a dichos saldos la suma de S/. 1'162,142.00 para la Transferencia Financiera para ejecución del Proyecto de Inversión Pública "CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO Y VEREDAS DEL SECTOR BARRIO PIURA DEL C.P. PACANGUILLA, DISTRITO DE PACANGA, PROVINCIA DE CHEPÉN ­ LA LIBERTAD"; Que, con Informe Legal N° 116-2016-GRLL-GGR/ GRAJ/EPJV, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica opina que es viable la aprobación del Acuerdo del Consejo Regional, que autorice la suscripción del "CONVENIO DE TRANSFERENCIA FINANCIERA PARA LA EJECUCIÓN DE OBRA PÚBLICA ENTRE EL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD Y LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHAO", hasta por la suma de S/. 1'162,142.00 correspondiente al PIP "CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO Y VEREDAS DEL SECTOR BARRIO PIURA DEL C.P. PACANGUILLA, DISTRITO DE PACANGA, PROVINCIA DE CHEPÉN ­ LA LIBERTAD"; Que, estando a lo acordado, el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; artículos 15° y 39° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional de La Libertad aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GR-LL/CR; demás normas complementarias. Con dispensa de lectura y aprobación del acta, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad, ACORDÓ POR UNANIMIDAD, lo siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Pacanga, hasta por la suma de UN MILLÓN CIENTO SESENTA Y DOS MIL CIENTO CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1'162,142.00), destinados a la ejecución del PIP "CONSTRUCCIÓN DE PAVIMENTO Y VEREDAS DEL SECTOR BARRIO PIURA DEL C.P. PACANGUILLA, DISTRITO DE PACANGA, PROVINCIA DE CHEPÉN ­ LA LIBERTAD"; los cuales no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional de La Libertad, la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en el literal e) del numeral 15.1 del artículo 15° de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia financiera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad.

Regístrese, notifíquese y cúmplase. EDWIN MARTÍN CASTELLANOS GARCÍA Presidente Consejo Regional La Libertad 1525441-1

Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Virú
ACUERDO REGIONAL N° 027-2017-GRLL/CR Trujillo, 5 de mayo del 2017 El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad en Sesión Extraordinaria de fecha 5 de mayo de 2017, VISTO Y DEBATIDO, el expediente administrativo que contiene la propuesta de Acuerdo Regional, relativo a la Autorización de transferencia financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Virú, destinados a la transitabilidad de las vías y/o caminos vecinales, afectados por las lluvias y peligros asociados, producidos en las zonas afectadas de la provincia de Virú; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: "Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)"; Que, los literales a) y d) del artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modificar o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados financieros y Presupuestarios; Que, con fecha 4 de febrero de 2017, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, el Decreto de Urgencia N° 002-2017, se reguló las medidas para la atención inmediata de actividades de emergencia ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados, en zonas declaradas en estado de emergencia; debiéndose entender por actividades de emergencia a intervenciones cortas y temporales orientadas a brindar apoyo, protección y asistencia a la población afectada por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados; lo que no incluye capacitación, asistencia técnica, seguimiento, adquisición de vehículos, maquinarias y equipos, remuneraciones o retribuciones salvo, en este último caso cuando se trate de servicios de terceros vinculadas directamente con la atención de la población frente a desastres; Que, mediante Decreto Supremo N° 014-2017-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el día 10 de febrero de 2017, se declaró en estado de emergencia entre otros, al Departamento de La Libertad, por un plazo de sesenta (60) días calendarios, por desastres a consecuencias de intensas lluvias; para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que corresponda, en las zonas afectadas; acciones que deben tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento;

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