Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2017 (31/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Miércoles 31 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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Autorizan viaje de personal militar a Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 681-2017 DE/CCFFAA Jesús María, 29 de mayo de 2017 VISTO: El Oficio Nº 3411 CCFFAA/SJ del Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de fecha 16 de mayo de 2017. CONSIDERANDO: Que, mediante Carta del Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina, de fecha 26 de abril de 2017, hace extensiva la invitación para que personal militar del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República del Perú, realice una visita técnica a la Jefatura VI ­ Comunicaciones del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina a realizarse del 5 al 8 de junio de 2017; en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina, bajo el marco del Entendimiento Décimo, del Acta de la XV Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y el Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina del mes octubre de 2016; Que, mediante Memorándum Nº 154 CCFFAA/SJ, de fecha 15 de mayo de 2017, el Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas informa al Jefe de la Oficina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas que se ha designado al Coronel EP Fidel Walter MANDUJANO Bonilla y al Teniente Segundo AP Marco Emilio CALDERON Barsallo, a fin que participen en la visita técnica a la Jefatura VI ­ Comunicaciones del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de la República Argentina; Que, mediante Dictamen Nº 420-2017/CCFFAA/ OAJ de fecha 16 de mayo de 2017, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, considera que el proyecto de Resolución Ministerial, se encuentra acorde con la normativa vigente que regula los viajes al exterior en Comisión de Servicio; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del personal militar designado que se nombra en la parte resolutiva, para que participen en la referida visita técnica con la finalidad de avanzar en la implementación de un canal de comunicaciones, para mantener de manera eficiente el flujo de información entre los Estados Mayores Conjuntos de Perú y Argentina en una primera etapa y posteriormente para su empleo ante posibles situaciones de catástrofes naturales y/o conducción de fuerzas combinadas en el Marco regional o Global mediante el Sistema de Comunicación "LINK" de videoconferencia en seguridad, lo cual redundará en beneficio del Sistema de Comunicaciones del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú; Que, conforme a la Declaración de Gastos del Jefe de Tesorería, los gastos derivados de los conceptos de pasajes aéreos y viáticos que ocasione la presente autorización de viaje se ejecutarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con los incisos a) y b) del artículo 10 del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice en otro continente;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación oportuna del Personal Militar designado durante la referida visita técnica, resulta necesario autorizar su salida y retorno del país con UN (1) día de anticipación y UN (1) día posterior al término de las mismas, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2016-DE; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2017; la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo recomendado por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio del Personal Militar que se indica a continuación, para que realicen una visita técnica al JVI ­ Comunicaciones del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de Argentina, a realizarse, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - República Argentina, del 5 al 8 de junio de 2017; así como, autorizar su salida del país el 4 de junio de 2017 y su retorno el 9 de junio de 2017:
GRADO Coronel EP Teniente Segundo AP NOMBRES Y APELLIDOS Fidel Walter MANDUJANO Bonilla Marco Emilio CALDERON Barsallo DNI 06777738 43243880

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora Nº 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes Aéreos: Lima - Buenos Aires - Lima: US$. 700.00 x 2 Oficiales (Incluye TUUA) US$. 1,400.00 Viáticos: US$. 370.00 x 4 días x 2 Oficiales TOTAL A PAGAR: US$. 2,960.00 US$. 4,360.00

Artículo 3.- Facultar al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de los días autorizados; y sin variar la actividad, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Personal Militar comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM. Artículo 5.- La presente autorización no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- Disponer que copia de la presente Resolución sea remitida a la Institución Armada al que pertenece el personal militar en Comisión de Servicio, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1526754-1

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