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31 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de mayo de 2017 El Peruano / Aprueban lista de bienes y servicios cuya adquisición va a otorgar el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a favor de Minera Peñoles de Perú S.A. durante la fase de exploración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 208-2017-MEM/DM Lima, 26 de mayo de 2017VISTO: El Informe N° 690-2017-MEM-DGM-DNM, del 15 de mayo de 2017, de la Dirección Normativa de Minería de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 082-2002-EF se aprueba el Reglamento de la Ley N° 27623, Ley que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; Que, el inciso c) del artículo 6 del citado reglamento dispone que los bienes y servicios que van a otorgar el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal deben estar comprendidos en la lista que se apruebe por Resolución Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, previa opinión favorable del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, por Decreto Supremo N° 150-2002-EF se aprueba la lista general de los bienes y servicios cuya adquisición va a otorgar el derecho a la devolución defi nitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración; Que, mediante escrito con registro N° 2679394, MINERA PEÑOLES DE PERU S.A. solicita al Ministerio de Energía y Minas la suscripción de un contrato de inversión en exploración, adjuntando la lista de bienes y servicios cuya adquisición le va a otorgar el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal, durante la fase de exploración; Que, mediante O fi cio N° 050-2017-EF/15.01, del 7 de abril de 2017, el Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe N° 119-2017-EF/61.01 de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, del 4 de abril de 2017, a través del cual emite opinión favorable a la lista de bienes y servicios presentada por MINERA PEÑOLES DE PERU S.A., señalando que la lista presentada por la citada empresa coincide con los bienes y servicios que fi guran en la lista general aprobada por el Decreto Supremo N° 150-2002-EF; Con la opinión favorable de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 27623, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2002-EF; y, el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la lista de bienes y servicios cuya adquisición va a otorgar el derecho a la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a favor de MINERA PEÑOLES DE PERU S.A. durante la fase de exploración, de acuerdo con el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y MinasANEXO MINERA PEÑOLES DE PERU S.A. LISTA DE BIENES Y SERVICIOS CUYA ADQUISICIÓN OTORGA EL DERECHO A LA DEVOLUCIÓN DEL IGV E IPM I. BIENES NºSUBPARTIDA NACIONALDESCRIPCIÓN 1 2508.10.00.00 BENTONITA. 2 3824.99.60.00 PREPARACIONES PARA FLUIDOS DE PERFORACIÓN DE POZOS (“LODOS”). 3 3926.90.60.00 PROTECTORES ANTIRRUIDOS DE MATERIA PLÁSTICA. 4 6401.10.00.00 CALZADO CON PUNTERA METÁLICA DE PROTECCIÓN. 5 6506.10.00.00 CASCOS DE SEGURIDAD. 6 7228.80.00.00 BARRAS HUECAS PARA PERFORACIÓN, DE ACEROS ALEADOS O SIN ALEAR. 7 7304.22.00.00 TUBOS DE PERFORACIÓN DE ACERO INOXIDABLE.DE LOS TIPOS UTILIZADOS PARA LA EXTRACCIÓN DE PETRÓLEO O GAS 8 7304.23.00.00 LOS DEMÁS TUBOS DE PERFORACIÓN DE LOS TIPOS UTILIZADOS PARA LA EXTRACCIÓN DE PETRÓLEO O GAS 9 8207.13.10.00 TRÉPANOS Y CORONAS CON PARTE OPERANTE DE CERMET. 10 8207.19.10.00 TRÉPANOS Y CORONAS EXCEPTO DE CERMET. 11 8207.19.21.00 BROCAS DIAMANTADAS EXCEPTO DE CERMET. 12 8207.19.29.00 LAS DEMÁS BROCAS EXCEPTO DE CERMET Y DIAMANTADAS. 13 8207.19.30.00 BARRENAS INTEGRALES. 14 8207.19.80.00 LOS DEMÁS ÚTILES INTERCAMBIABLES DE PERFORACIÓN Y SONDEO. 15 8207.90.00.00 LOS DEMÁS ÚTILES INTERCAMBIABLES. 16 8430.41.00.00 LAS DEMÁS, MÁQUINAS DE SONDEO O PERFORACIÓN AUTOPROPULSADAS. 17 8430.49.00.00 LAS DEMÁS, MÁQUINAS DE SONDEO Y PERFORACIÓN EXCEPTO AUTOPROPULSADAS. 18 8431.43.10.00 BALANCINES DE MÁQUINAS DE SONDEO O PERFORACIÓN DE LAS SUBPARTIDAS 8430.41 o 8430.49 19 8431.43.90.00 LAS DEMÁS PARTES, EXCEPTO BALANCINES, DE MÁQUINAS DE SONDEO O PERFORACIÓN DE LAS SUBPARTIDAS 8430.41 o 8430.49 20 8517.69.20.00 APARATOS EMISORES O RECEPTORES DE RADIOTELEFONÍA O RADIOTELEGRAFÍA 21 8523.41.00.00 SOPORTES ÓPTICOS SIN GRABAR22 8523.49.90.00 LOS DEMÁS SOPORTES ÓPTICOS GRABADOS. 23 8704.21.10.10 CAMIONETAS PICK-UP ENSAMBLADAS DE PESO TOTAL CON CARGA MÁXIMA INFERIOR O IGUAL A 4.537 T (DIESEL. O SEMIDIESEL) 24 8705.20.00.00 CAMIONES AUTOMÓVILES PARA SONDEO O PERFORACIÓN. 25 9006.30.00.00 CÁMARAS ESPECIALES PARA FOTOGRAFÍA SUBMARINA O AÉREA, EXAMEN MÉDICO DE ÓRGANOS INTERNOS O PARA LABORATORIOS DE MEDICINA LEGAL O IDENTIFICACIÓN JUDICIAL. 26 9011.10.00.00 MICROSCOPIOS ESTEREOSCÓPICOS. 27 9011.20.00.00 LOS DEMÁS MICROSCOPIOS PARA FOTOMICROGRAFÍA, CINEFOTOMICROGRAFÍA O MICROPROYECCIÓN. 28 9012.10.00.00 MICROSCOPIOS, EXCEPTO LOS ÓPTICOS; DIFRACTÓGRAFOS. 29 9014.20.00.00 INSTRUMENTOS Y APARATOS PARA NAVEGACIÓN AÉREA O ESPACIAL (EXCEPTO LAS BRÚJULAS). 30 9014.80.00.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE NAVEGACIÓN. 31 9015.10.00.00 TELÉMETROS. 32 9015.20.10.00 TEODOLITOS. 33 9015.20.20.00 TAQUÍMETROS. 34 9015.30.00.00 NIVELES.35 9015.40.10.00 INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRÍA, ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS. 36 9015.40.90.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS DE FOTOGRAMETRÍA EXCEPTO ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS. 37 9015.80.10.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS EXCEPTO DE FOTOGRAMETRÍA. 38 9015.80.90.00 LOS DEMÁS INSTRUMENTOS Y APARATOS EXCEPTO ELÉCTRICOS O ELECTRÓNICOS.