Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2017 (31/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Miércoles 31 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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con herramientas de apoyo para la toma de decisiones estratégicas vinculadas a la protección y conservación de tortugas marinas en el ámbito nacional; Que, mediante Memorándum N° 223-2017-IMARPE/ OGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del IMARPE señala que en el mencionado evento se presentarán, discutirán y analizarán los planes de trabajo de la Convención Interamericana para la Protección y Conservación de las Tortugas Marinas - CIT con el propósito de establecer acciones de conservación y protección de las tortugas marinas, asegurando la implementación de una agenda regional que conduzca a su recuperación; Que, con Certificación N° 030-2017-CD/O de fecha 24 de abril de 2017, expedida por la Secretaria del Consejo Directivo del IMARPE, se "Certifica el Acuerdo del Consejo Directivo N° 030-2017-CD/O, adoptado en la Sétima Sesión Ordinaria, celebrada el 12.04.2017", a través del cual se aprobó el viaje en comisión de servicios, del señor Javier Antonio Quiñones Dávila, profesional del IMARPE, para que participe en la "Octava Reunión de la Conferencia de las Partes de la Convención Interamericana para la Protección y la Conservación de las Tortugas Marinas" (COP8), a realizarse del 28 al 30 de junio de 2017, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; aprobándose también los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos para el referido viaje; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional; asimismo, que para el caso de autorizaciones de viaje de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos Descentralizados correspondientes que ocasionen gastos al Estado se otorgarán por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del señor Javier Antonio Quiñones Dávila, profesional del IMARPE, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 27 de junio al 01 de julio de 2017, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modificatoria; y la Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Javier Antonio Quiñones Dávila, profesional del Instituto del Mar del Perú - IMARPE a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 27 de junio al 01 de julio de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán cubiertos con cargo al presupuesto 2017 del IMARPE, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Pasaje aéreo Viáticos por 4 días US$ (Incluido TUUA) 370,00 por día (3 días de US$ viáticos + 1 por concepto de instalación) 1,134.44 1,480.00 TOTAL US$

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el profesional autorizado en el artículo 1 debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1526430-1

RELACIONES EXTERIORES
Pasan a la situación de retiro a Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 147-2017-RE Lima, 27 de mayo de 2017 VISTA: La solicitud de pase a la situación de retiro, de 11 de mayo de 2017, presentada por el Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Alex Benigno Contreras Jugo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18°, inciso e) de la Ley N° 28091, y, el Informe Escalafonario (OAP) N° 081/2017, de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 24 de mayo de 2017; CONSIDERANDO: Que, el artículo 18 de la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, a su solicitud en forma escrita; Que, el pase a la situación de retiro, a su solicitud en forma escrita, se hará efectiva mediante Resolución Suprema; Que, el Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Alex Benigno Contreras Jugo, no está incurso en lo establecido por el artículo 49 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 130-2003-RE; De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N.° 130-2003RE y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro, a su solicitud en forma escrita, al Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Alex Benigno Contreras Jugo, a partir del 1 de junio de 2017. Articulo 2.- Dar las gracias al Primer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Alex Benigno Contreras Jugo, por los servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1527084-9

Javier Antonio Quiñones Dávila

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