Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2017 (25/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

4 PODER LEGISLATIVO

NORMAS LEGALES

Sábado 25 de noviembre de 2017 /

El Peruano

CONGRESO DE LA REPUBLICA
FE DE ERRATAS LEY Nº 30680 Mediante Oficio Nº 1681-2017-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Ley Nº 30680, publicada en la edición del 14 de noviembre de 2017. DICE: "Artículo 47. Del financiamiento y seguimiento de recursos (...) 47.2 Las entidades que transfieren recursos en el marco de los artículos 2, 3, 12, 13, 18, literal a) del numeral 20.1 y numeral 20.3 del artículo 20 y artículo 46 de la presente ley, a favor de gobiernos regionales y/o gobiernos locales, según corresponda, son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales son entregados los recursos. DEBE DECIR: "Artículo 47. Del financiamiento y seguimiento de recursos (...) 47.2 Las entidades que transfieren recursos en el marco de los artículos 2, 3, 12, 13, 18, literal a) del numeral 20.1 y numeral 20.2 del artículo 20 y artículo 46 de la presente ley, a favor de gobiernos regionales y/o gobiernos locales, según corresponda, son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales son entregados los recursos". 1590740-1

Que, el artículo 4 del citado Decreto Legislativo establece que el Consejo Directivo es el órgano máximo del INDECOPI y está integrado por cinco (5) miembros, dos (2) en representación de la Presidencia del Consejo de Ministros, uno (1) en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, uno (1) en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y uno (1) en representación del Ministerio de la Producción, los que serán designados mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 6.1 del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1033, dispone que la designación de los miembros del Consejo Directivo es por un período de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional, conforme a lo dispuesto en dicha norma y su Reglamento; Que, de otro lado, el literal c) del numeral 6.3 del artículo 6 del citado Decreto Legislativo señala que son causales de vacancia del cargo de miembro del Consejo Directivo, entre otras, la renuncia aceptada y, en caso de vacancia, el sector al que corresponda designará un reemplazante para completar el periodo correspondiente; Que, con Resolución Suprema N° 321-2016-PCM, se designó a la señora Laura Berta Calderón Regjo como miembro del Consejo Directivo del INDECOPI, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, a partir del 23 de diciembre de 2016; Que, mediante Resolución Suprema N° 193-2017PCM se aceptó la renuncia presentada por la señora Laura Berta Calderón Regjo; Que, resulta pertinente designar al representante del Ministerio de Economía y Finanzas ante el Consejo Directivo del INDECOPI, a fin de completar el periodo al que se hace referencia en el tercer considerando de la presente resolución, el mismo que vence el 23 de diciembre de 2021; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, y la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Lilian del Carmen Rocca Carbajal, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2.- La presente resolución suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1590741-3

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Designan miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 229-2017-PCM Lima, 24 de noviembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1033 se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en cuyo artículo 1 establece que el INDECOPI es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno, que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa, que se encuentra adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;

Autorizan viajes de Gerente General y Presidente del Consejo Directivo del INDECOPI a Francia, en comisíón de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 343-2017-PCM Lima, 24 de noviembre de 2017 Vista la Carta Nº 934-2017/PRE-INDECOPI, de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); y,

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