Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2017 (25/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 25 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Intergubernamental del Programa Ibermuseos, que se llevará a cabo del 27 al 28 de noviembre de 2017; y en el "Seminario Internacional 10 años de cooperación entre museos: Museología iberoamericana y la Declaración de Salvador", a realizarse del 29 al 30 de noviembre de 2017; en la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil; Que, el Programa Ibermuseos es una iniciativa de cooperación e integración de los países iberoamericanos para el fomento y la articulación de políticas públicas para el área de museos y de la museología; constituye un espacio para el diálogo e intercambio en los distintos ámbitos de actuación de los museos que refuerce la relación entre las instituciones públicas y privadas y entre los profesionales del sector museístico iberoamericano, que promueva la protección y gestión del patrimonio y el intercambio de experiencias y del conocimiento producido; Que, a través del Informe N° 000237-2017/DGM/ VMPCIC/MC, la Dirección General de Museos señala que el mencionado Seminario Internacional se realizará en el marco de las celebraciones por los 10 años de la firma de la Declaración de Salvador, donde se crea el Programa Ibermuseos, resultando necesario reflexionar sobre su contribución, vigencia y aportes teóricos y prácticos a la museología en la región; asimismo, en la precitada reunión del Consejo Intergubernamental se tratarán temas estratégicos para el Programa Ibermuseos, tales como la presentación del Plan Operativo Anual 2018, la presentación de los informes de gestión y financiero del primer semestre de 2017 y el desarrollo de las líneas de acción; Que, por las consideraciones expuestas, atendiendo a la temática de los eventos en mención y los fines antes señalados, resulta de interés institucional autorizar el viaje del citado funcionario, a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil; cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos serán asumidos con cargo al Pliego 003: Ministerio de Cultura; mientras que los gastos por concepto de viáticos serán asumidos por la entidad organizadora del evento; Que, el artículo 10 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que durante el presente año, la autorización de viajes al exterior se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; siendo pertinente mencionar que el artículo 1 del Reglamento de la citada Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, señala que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios, que irroguen algún gasto al Tesoro Público, serán autorizados mediante Resolución Ministerial del respectivo Sector; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Carlos Roldán Del Águila Chávez, Director General de la Dirección General de Museos, a la ciudad de Brasilia, República Federativa de Brasil, del 26 de noviembre al 2 de diciembre de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 003: Ministerio de Cultura, conforme al siguiente detalle: Pasajes aéreos, (incluido TUUA) : US$ 1 056,02 Artículo 3.- Disponer que el citado funcionario, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su

retorno, presente ante el Ministerio de Cultura un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en los eventos a los que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- Encargar al señor Luis Martín Sosa Valle, para que en forma adicional a sus labores, ejerza las funciones del cargo de Director General de la Dirección General de Museos del Ministerio de Cultura, desde el 26 de noviembre de 2017, y en tanto dure la ausencia de su Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1590656-1

DEFENSA
Autorizan a la Marina de Guerra del Perú el otorgamiento de derecho de superficie a favor de Marcobre S.A.C. sobre terreno ubicado en el departamento de Ica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1948-2017-DE/MGP Lima, 21 de noviembre de 2017 Vistos, la Carta G.500-5392 del Secretario del Comandante General de la Marina de fecha 26 de octubre de 2017, la Carta G.500-5778 del Secretario del Comandante General de la Marina de fecha 17 de noviembre de 2017, el Informe Nº 99-2017-MINDEF/VRD/ DGA/DIGEP de la Dirección de Gestión Patrimonial y el Informe Legal N° 2305-2017-MINDEF/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica de este Ministerio; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 9 la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobada mediante Ley N° 29151, "Los bienes del Sector Defensa se rigen por la Ley Nº 29006, Ley que autoriza la disponibilidad de inmuebles del Sector Defensa, y por las disposiciones de carácter especial sobre la materia"; solo en su defecto será aplicable la Ley N° 29151 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, en lo que corresponda, conforme lo previsto en el artículo 15° del mencionado Reglamento; Que, asimismo, la Segunda Disposición Complementaria de la referida Ley N° 29006, modificada mediante la Ley N° 29651, establece que dicha norma no es aplicable a los inmuebles que se encuentren en proceso judicial y, tampoco, a los que hayan sido transferidos en propiedad al Ministerio de Defensa o sus órganos de ejecución por una modalidad distinta a la establecida en su artículo 2, es decir, los inmuebles de dominio privado del Estado afectados en uso o reservados a fines de defensa nacional al 31 de diciembre de 2006 que se hayan transferido en propiedad al Ministerio de Defensa o a sus Órganos Ejecutores. En consecuencia, los bienes del sector Defensa que se hayan adquirido por una modalidad distinta a la indicada y el mecanismo para los actos de disposición de éstos se encuentran regulados por la Ley N° 29151 y su Reglamento, en lo que resulte aplicable; Que, al respecto, el Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú es titular de un terreno independizado con un área total de 90,628.29 m2, ubicado en San Juan de Marcona, distrito de Marcona, provincia de Nasca y departamento de Ica, Base Naval de San Juan de Marcona, denominado Parcela "C", inscrito en la Partida N° 11044677 de la Oficina Registral de Nasca de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; el

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