Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2017 (25/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Sábado 25 de noviembre de 2017 /

El Peruano

octubre de 2017, y el Oficio NC-55-G841-N° 1907 de fecha 27 de octubre de 2017 del Comandante del Grupo Aéreo N° 8 de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial N° 1143-2017 DE/FAP de fecha 18 de agosto de 2017, se autorizó el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que integró la tripulación que trasladó la aeronave Lear Jet 45XR FAP matrícula 526 y el equipo de mantenimiento, para que realicen el Servicio de Inspección de Fase A,B,C, la Inspección y Prueba de vencimiento de componentes HARD TIME y los diferentes Servicios Bulletins de la citada aeronave, en las instalaciones del Centro de Servicios de la compañía Bombardier, ubicado en la ciudad de Wichita, Estado de Kansas­ Estados Unidos de América, en las fechas que se indican a continuación:
Del 07 al 11 de octubre de 2017 Salida el 06 de octubre de 2017 y retorno al país el 13 de octubre de 2017 Tripulación Principal Comandante FAP CARLOS MANUEL VARGAS CERNA Piloto NSA: O-9625893 DNI: 43357130 Mayor FAP HAROLD ALBERTO HIDALGO BARDALES Piloto NSA: O-9669997 DNI: 43305633 Mayor FAP JIMMY OSWALDO RIOS TAVARA Piloto NSA: O-9664497 DNI: 10863814

Que, mediante la Resolución Comandancia General N° 0553 CGFA de fecha 13 de octubre de 2017, se varió la fecha de inicio y termino del viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se indica en el párrafo anterior, para que realice el post-Inspección, chequeo y controles documentarios para el traslado de retorno de la aeronave Lear Jet 45XR FAP, del 26 al 30 de octubre 2017; así como, su salida del país el 25 de octubre de 2017 y retorno el 01 de noviembre de 2017; Que, mediante el Oficio NC-55-G841-N° 1907 de fecha 27 de octubre de 2017 del Comandante del Grupo Aéreo N° 8 de la Fuerza Aérea del Perú, comunica que ha recibido una carta de la Compañía Bombardier Aircraft Services de fecha 26 de octubre de 2017, en la que informa que la entrega de la aeronave por razones de haberse encontrado diversas discrepancias en la inspección, ha sido reprogramada para el día 08 de noviembre del presente, por lo que la recepción de la aeronave post-inspección, chequeos, inspecciones y controles documentarios propios de los trámites y trabajos se realizarán el 08 de noviembre de 2017, y posterior efectuar los vuelos de comprobación, retornando al país el día 09 de noviembre del 2017 en la aeronave inspeccionada; Que, de acuerdo a lo descrito en la Exposición de Motivos del oficio citado en el párrafo precedente, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar la ampliación de permanencia del viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva; por cuanto, permitió trasladar de retorno la aeronave Lear Jet 45XR FAP matrícula 526; Que, la ampliación de permanencia en el exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que conforma la Tripulación Principal que se detalla en la parte resolutiva, debe efectuarse con eficacia anticipada, de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2017 JUS, que señala textualmente: "La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción"; siendo el hecho justificativo que el referido Personal Militar trasladó de retorno la aeronave Lear Jet 45XR FAP matrícula 526, una vez concluido el Servicio de Inspección de Fase A,B,C, la Inspección y Prueba de

vencimiento de componentes HARD TIME y los diferentes Servicios Bulletins de la citada aeronave; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos de la aeronave Lear Jet 45XR FAP matrícula 526 con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su retorno dos (02) días después de la fecha programada en la aeronave antes mencionada; sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0165 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 10 de noviembre de 2017 del Jefe del Departamento de Economía y Finanzas de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por viáticos en Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del artículo 10 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la ampliación de permanencia en el exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, que integró la Tripulación Principal que trasladó de retorno la aeronave Lear Jet 45XR FAP de matrícula 526, una vez concluido el Servicio de Inspección de Fase A,B,C, la Inspección y Prueba de vencimiento de componentes HARD TIME y los diferentes Servicios Bulletins de la citada aeronave, en las instalaciones del Centro de Servicios de la compañía Bombardier, ubicado en la ciudad de Wichita, Estado de Kansas ­ Estados Unidos de América, con eficacia anticipada del 31 de octubre al 08 de noviembre de 2017; así como, su retorno al país el 10 de noviembre de 2017:
Comandante FAP NSA: O-9625893 Mayor FAP NSA: O-9669997 Mayor FAP NSA: O-9664497 CARLOS MANUEL VARGAS CERNA Piloto DNI: 43357130 HAROLD ALBERTO HIDALGO BARDALES Piloto DNI: 43305633 JIMMY OSWALDO RIOS TAVARA Piloto DNI: 10863814

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US $ 440.00 X 09 días X 03 personas = US $ 11,880.00 Total a Pagar = US $ 11,880.00 Artículo 3.- El personal designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria.

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