Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2017 (25/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Sábado 25 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Permanente de Rondas de Conversaciones de Colombia, que bajo el marco del cumplimiento del Entendimiento Nº 9 del Acta de la XXII Ronda de Conversaciones entre el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú y el Comando General de las Fuerzas Militares de Colombia, de fecha 29 de abril de 2016, se ha considerado la participación de UN (1) Oficial para la visita de trabajo al Batallón Especial y Energético Vial N° 7 del Ejército Nacional de Colombia en la ciudad de Barrancabermeja, República de Colombia del 27 al 29 de setiembre de 2017; Que, con Oficio Nº 6844 CCFFAA/OAI/UAI, de fecha 12 de octubre de 2017 el Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas comunica al Director de Relaciones Internacionales del Ejército Nacional de Colombia la propuesta de reprogramar la visita de trabajo mencionada en el párrafo precedente del 28 al 30 de noviembre de 2017; Que, de acuerdo al Oficio Nº 20171301949361 MDN-CGFM-COEJC-SECEJ-DIRIE-3.4, de fecha 2 de noviembre de 2017, el Director de Relaciones Internacionales del Ejército Nacional de Colombia, comunica la viabilidad de realizar la citada visita de trabajo a realizarse del 28 al 30 de noviembre de 2017, así como, se informa que los gastos de hospedaje y alimentación serán sufragados por el Ejército Nacional de Colombia; Que, mediante Oficio Nº 7093 CCFFAA/OAI/UAI, de fecha de 8 de noviembre de 2017, el Secretario de la Jefatura del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, comunica la designación del señor Capitán de Navío Wilbert VERA Mendoza para que participe en la citada visita de trabajo; Que, conforme a lo mencionado en la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe de la Oficina de Asuntos Internacionales del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, resulta de interés institucional autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Barrancabermeja ­ Colombia, al Personal Militar que se nombra en la parte resolutiva, para que participe en la visita de trabajo al Batallón Especial y Energético Vial N° 7 del Ejército Nacional de Colombia, a realizarse en la ciudad de Barrancabermeja, República de Colombia del 27 al 29 de setiembre de 2017, por cuanto los conocimientos y experiencias a ser adquiridos redundarán en beneficio del accionar conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú; Que, la Resolución Ministerial N° 696-2013 DE/ SG, establece los porcentajes máximo de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; considerándose un porcentaje máximo de viáticos del veinte por ciento (20%) cuando la invitación cubra los gastos de hospedaje y alimentación; Que, mediante Dictamen Nº 1060-2017/CCFFAA/OAJ, de fecha 13 de noviembre de 2017, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, considera que el proyecto de Resolución Ministerial, se encuentra acorde con la normativa vigente que regula los viajes al exterior en Comisión de Servicio; Que, conforme a la Declaración de Gastos del Jefe de Tesorería, de fecha 10 de noviembre de 2017, los gastos derivados de los conceptos de pasajes aéreos y viáticos por alimentación que ocasione la presente autorización de viaje se ejecutarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de conformidad con los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal militar durante la totalidad de la Comisión del Servicio, resulta necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE; la Ley N° 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal

2017; la Ley N° 27619; Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria, aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, y; Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión del Servicio al señor Capitán de Navío Wilbert VERA Mendoza, identificado con DNI Nº 29411152, con la finalidad de realizar una visita de trabajo al Batallón Especial y Energético Vial N° 7 del Ejército Nacional de Colombia, a realizarse en la ciudad de Barrancabermeja ­ República de Colombia, del 28 al 30 de noviembre de 2017; autorizando su salida del país el 27 de noviembre de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos (ida y vuelta): Barrancabermeja (Colombia) ­ Lima US$. 783.094 x 1 Oficial (Incluye TUUA) US$. Viáticos: US$. 370.00 x 3 días x 1 Oficial x 20% TOTAL A PAGAR: US$. US$. Lima ­

783.094 222.00 1,005.094

Artículo 3.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4.- El Personal Militar comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo, el funcionario autorizado, efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002. Artículo 5.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- Disponer que se ponga en conocimiento de la Marina de Guerra del Perú, el contenido de la presente Resolución, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1590734-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de los pliegos Gobiernos Regionales
DECRETO SUPREMO Nº 344-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó,

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