Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2017 (01/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Domingo 1 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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DECRETA: Artículo Primero.- IMPLEMENTAR el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en el Distrito de Villa María del Triunfo como parte del cumplimiento de Metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del Año 2017. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Gestión Ambiental, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Artículo Tercero.- DÉJESE sin efecto cualquier disposición que se oponga a lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicidad del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de Información y Procesos la publicación en el Portal Institucional www.munivmt.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANGEL IGNACIO CHILINGANO VILLANUEVA Alcalde 1571334-1

Aprueban formatos para la ejecución de la Ordenanza N° 236-2017-MVMT, que aprobó el Régimen de Aplicación y Sanciones - RAS de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2017-MVMT Villa María del Triunfo, 21 de setiembre del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO VISTO, el Proveído Nº 861-2017-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 268-2017-GAJ/MVMT de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 839-2017-GDEL/MDVMT de la Gerencia de Desarrollo Económico Local, el Informe Nº 573-2017-SGFySAMGDEL/MDVMT de la Sub Gerencia de Fiscalización, Control y Sanción Administrativa Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...); Que, el segundo párrafo del Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que la autonomía señalada en la Constitución Política del Perú para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer Actos de Gobierno, Administrativos y de Administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 46º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiera lugar. Las Ordenanzas determinan el régimen de sanciones administrativas por la infracción de sus disposiciones,

estableciendo las escalas de multas en función de la gravedad de la falta, así como la imposición de sanciones no pecuniarias; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades establece en su Artículo 20º las atribuciones del Alcalde, entre las cuales señala en su numeral 6) Dictar decretos de y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; Asimismo, en su Artículo 38º establece que el ordenamiento jurídico municipal está compuesto por las normas emitidas por el órgano municipal, los cuales se rigen por los principios de territorialidad, exclusividad, legalidad y simplificación administrativa, las cuales deben gozar de la garantía del respeto de la autoridad municipal en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad a la Primera Disposición Transitoria Final de la Ordenanza Nº 236-2017-MVMT, de fecha 28 de Agosto del 2017, se faculta al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, para que mediante Decreto de Alcaldía expida los formatos de Notificación de Cargo, Acta de Fiscalización y demás normas reglamentarias que correspondan para la aplicación de la presente Ordenanza; Que, mediante Memorándum Nº 839-2017-GDEL/ MVMT la Gerencia de Desarrollo Económico Local en atención al Informe Nº 573-2017-SGFySAM/GDEL/ MDVMT de la Sub Gerencia de Fiscalización, Control y Sanción Administrativa Municipal, remite el informe técnico que sustenta el proyecto de Decreto de Alcaldía que complementa el Régimen de Aplicación y Sanciones (RAS) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo ­ Ordenanza Nº 236-2017-MVMT; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 268-2017-GAJ/MVMT opina que resulta viable la emisión del Decreto de Alcaldía que complementa el Régimen de Aplicación y Sanciones (RAS) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo ­ Ordenanza Nº 236-2017-MVMT, sobre la aprobación de los anexos para la eficiente ejecución de la Ordenanza citada, al encontrarse acorde al marco legal vigente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 236-2017-MVMT y el numeral 6º del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR, el ANEXO I- formato de Notificación de Cargo, ANEXO II- formato de Acta de Fiscalización Municipal, ANEXO III- formato de Informe Final de Instrucción, ANEXO IV ­ formato de Acta de medida complementaria de Ejecución Anticipada, ANEXO V formato de Acta de medida complementaria de Ejecución Posterior, ANEXO VI ­ formato de Acta de Levantamiento de Medida Complementaria, ANEXO VII ­ formato de Acta de Eliminación, ANEXO VIII ­ formato de Acta de Retiro, ANEXO IX ­ formato de Acta de Retención, ANEXO X ­ formato de Acta de Paralización de Obra, ANEXO XI ­ formato de Acta de Levantamiento de Paralización de Obra, ANEXO XII ­ formato de Acta de entrega de Bienes, ANEXO XIII ­ formato de Acta de Decomiso, ANEXO XIV - formato de Acta de Internamiento Temporal de Vehículos. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Económico Local y demás unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo. Artículo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría General la publicación del texto aprobatorio del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Procesos la publicación del texto íntegro en el Portal Institucional www.munivmt.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ANGEL IGNACIO CHILINGANO VILLANUEVA Alcalde 1571321-1

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