Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2017 (01/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Domingo 1 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, a través del Informe Nº 184-2017-RRHH-DGRS/JNE, la Oficina de Recursos Humanos propone el reordenamiento de cargos del CAP Provisional, sustentando su aprobación en la modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Nº 03372017-JNE, mediante el cual se modificó la denominación de la Oficina de Comunicaciones, por la de Dirección de Comunicaciones e Imagen; asimismo, en la necesidad de contar con un Asesor II en Presidencia, para incrementar los niveles de eficiencia y eficacia en las funciones de la institución, así como para impulsar y fortalecer la gestión administrativa, electoral y jurisdiccional de la entidad. Que, mediante el Informe Nº 156-2017-DGPID/ JNE, la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, emite opinión favorable a la propuesta de reordenamiento de cargos del CAP Provisional efectuada por la Oficina de Recursos Humanos. Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado con Resolución Nº 098-2017-P/ JNE. Con el visado del Director Central de Gestión Institucional, la Directora General de Recursos y Servicios, el Director General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, y el Director General de Normatividad y Asuntos Jurídicos; El Presidente en uso de sus atribuciones y de conformidad con el artículo 4º de la Ley Nº 28175, concordante con el Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el reordenamiento de cargos contenidos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Jurado Nacional de Elecciones, conforme a los Anexos 4-B, 4-C y 4-D que forman parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Institucional del Jurado Nacional de Elecciones, con los anexos correspondientes en este último. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR TICONA POSTIGO Presidente 1571416-1

Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "B"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009 y la Resolución Administrativa N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a Crediscotia Financiera el traslado de una (01) agencia, ubicada en Av. Guardia Civil, Mz. H, Lote 2, Primer Piso, Distrito de Castilla, Provincia y Departamento de Piura; a Jirón Arequipa N° 835, Distrito, Provincia y Departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1571445-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Disponen publicar concesión minera cuyo título fue aprobado en el mes de julio de 2017
DIRECCION REGIONAL SECTORIAL DE ENERGIA Y MINAS DE TACNA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 023-2017-DRSEMT/GOB.REG.TACNA Tacna, 10 de agosto de 2017 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, el inciso f) del artículo 59º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como función de los Gobiernos Regionales en materia de minas "Otorgar concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional". Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 1792006-MEM/DM, 550-2006-MEM/DM y Nº 121-2008-MEM/ DM publicadas el 16 de abril de 2006, 18 de noviembre de 2006 y el 10 de marzo de 2008 en el Diario Oficial "El Peruano" respectivamente, se declaró que el Gobierno Regional de Tacna, concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esas fechas para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para la Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance Regional. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 135-2007-PR/G.R.TACNA de fecha 23 de abril de 2007, el Gobierno Regional de Tacna delega a la Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna las funciones señaladas en la Resolución Ministerial Nº 179-2006-MEM/ DM y Resolución Ministerial Nº 550-2006-MEM/DM. Que, por Ordenanza Regional Nº 022-2009-CR/GOB. REG.TACNA se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas de Tacna. Que, el Gobierno Regional de Tacna a través de esta Dirección Regional Sectorial de Energía y Minas, ha iniciado el otorgamiento de títulos de concesión minera para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional, conforme lo indicado en los párrafos precedentes. De conformidad con el inciso f) del artículo 59º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; el artículo 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM ­ TUO de la Ley General de Minería; el artículo 24º del Decreto Supremo Nº

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Crediscotia Financiera el traslado de agencia ubicada en la provincia y departamento de Piura
RESOLUCIÓN SBS 3679-2017 Lima, 21 de setiembre de 2017 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por Crediscotia Financiera para que se le autorice el traslado de una (01) agencia, según se detalla en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado;

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