Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2017 (01/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Domingo 1 de octubre de 2017 /

El Peruano

Autorizan viaje de representante de la Universidad Nacional de Ingeniería a México, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1419 Lima, 18 de setiembre de 2017

Oficial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3º de la Ley Nº 27619, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad Nacional de Ingeniería. Regístrese, comuníquese y archívese. GILBERTO BECERRA ARÉVALO Rector (e) 1571303-1

Visto el Oficio Nº 0973-VRI/2017 de fecha 13 de setiembre de 2017, del Vicerrectorado de Investigación de la Universidad Nacional de Ingeniería; CONSIDERANDO: Que, la Ley Universitaria, Ley Nº 30220, en el numeral 6.5, del artículo 6º, establece como uno de los fines de la Universidad, el de realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística, la creación intelectual y artística; Que, mediante la Ley Nº 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público; estableciéndose su reglamentación a través del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 0562013.PCM, en el que se aprueba la escala de viáticos; Que, el Dr. Walter Francisco Estrada López Vicerrectorado de Investigación mediante el documento del visto, informa que ha sido invitado para participar en el XVII Congreso ALTEC 2017, que se llevará a cabo del 16 al 18 de octubre del presente, en la ciudad de México, en calidad de ponente con el trabajo titulado "Factores influyentes para el emprendimiento en tecnologías de la información y comunicación para economías de Latinoamérica vs. economías de Europa y Norte América"; evento propicio para expandir y consolidar las redes de cooperación y vínculos entre instituciones académicas, que trabajan en el ámbito de la gestión tecnológica y la innovación; solicitando se le asigne el monto de S/. 7 726.00 (siete mil setecientos veintiséis con 00/100 soles) para cubrir los costos de inscripción, pasaje aéreo ida-vuelta, alimentación y hospedaje, que serán financiados con los recursos directamente recaudados del Vicerrectorado de Investigación; Estando al Proveído Nº 3643-16/Rect.- del Despacho del Rectorado, y de conformidad con el artículo 25º, inciso b) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del Dr. Walter Francisco Estrada López Vicerrectorado de Investigación, a la ciudad de México del 16 al 18 de octubre de 2017, para que participe en representación de la Universidad Nacional de Ingeniería en el XVII Congreso ALTEC 2017, con el trabajo titulado "Factores influyentes para el emprendimiento en tecnologías de la información y comunicación para economías de Latinoamérica vs. economías de Europa y Norte América". Artículo 2º.- Otorgar al Dr. Walter Francisco Estrada López, los montos para sufragar los gastos que por dicho concepto irroguen su participación en la actividad antes mencionada, que será financiada a través de los Recursos Directamente Recaudados del Vicerrectorado de Investigación, que se detallan a continuación: CONCEPTO Inscripción Pasajes ida - vuelta Viáticos Monto en S/. 1 300.00 2 200.00 4 226.00

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Aprueban reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Jurado Nacional de Elecciones
RESOLUCIÓN Nº 114-2017-P/JNE Lima, 29 de setiembre de 2017 Vistos, el Informe Nº 184-2017-RRHH-DGRS/JNE, de fecha 18 de setiembre de 2017, emitido por la Oficina de Recursos Humanos, mediante el cual se propone el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Jurado Nacional de Elecciones, y el Informe Nº 156-2017-DGPID/ JNE, de fecha 25 de setiembre de 2017, de la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, que contiene la opinión técnica sobre la propuesta de reordenamiento de cargos aludida, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 098-2017-P/JNE, de fecha 21 de julio de 2017,se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional institucional, de conformidad a lo establecido en la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, y modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/PE. Que, la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, Anexo 04, numeral 1, prevé "Los únicos supuestos que habilitan a aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional son: (...) 1.3. Las entidades que cuenten con un Cuadro para Asignación de Personal (CAP) vigente pueden elaborar una propuesta de CAP Provisional en el que considere un ajuste de hasta por un máximo del 5% del total de cargos aprobados por la entidad para el inicio del año fiscal. En caso la entidad cuente con un CAP Provisional, podrá ajustar el documento también hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos, pero en ese caso se deben seguir los lineamiento establecidos en el numeral 5 del presente anexo. En ningún caso las acciones señaladas habilitan a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto." Que, el numeral 5 del citado Anexo 04, señala "El reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: "nº de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del presente anexo. El reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional. El reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización, o quien haga sus veces. (...)".

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, se presentará el informe, detallando las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, presentará la rendición de las cuentas respectivas, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Disponer que la Oficina Central de Logística publique la presente Resolución en el Diario

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