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17 NORMAS LEGALES Lunes 23 de octubre de 2017 El Peruano / la solicitud de embarque directo del almacén designado por el exportador, indicando los motivos para su respectiva evaluación. El funcionario aduanero designado, del área de exportación temporal, comunica a través del portal de la SUNAT la respuesta de autorización o rechazo. (...) C. CONCLUSIÓN DE LAS EXPORTACIONESReimportación de Material de Embalaje (...) 16. (...)Cuando la declaración de importación para el consumo es seleccionada a canal de control verde, la actualización de la cuenta corriente de cada serie de la declaración precedente de exportación temporal para reimportación en el mismo estado se efectúa de manera automática.” Artículo 4. Modi fi cación de un Instructivo del procedimiento general “Exportación Temporal para Reimportación en el Mismo Estado y Exportación Temporal para Perfeccionamiento Pasivo”, DESPA-PG.05 (versión 3). Modifícase el primer párrafo y los numerales 4 y 7 e incorpórase el numeral 8 del Instructivo para la Elaboración de la Relación Insumo Producto , del procedimiento general “Exportación Temporal para Reimportación en el Mismo Estado y Exportación Temporal para Perfeccionamiento Pasivo” DESPA-PG.05 (versión 3) , aprobado con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.º 0146- 2009/SUNAT/A, conforme al siguiente texto: “INSTRUCTIVO PARA LA ELABORACIÓN DE LA RELACIÓN INSUMO PRODUCTO Se debe presentar en la regularización de la Exportación Temporal conjuntamente con la declaración de Reimportación, y debe ser elaborado por el bene fi ciario en estricta concordancia con lo declarado en su Cuadro de Insumo/Producto (Anexo 1). (...)DETALLE DE LA DUA DE REIMPORTACIÓN 4 SERIE Número secuencial de la serie dentro de la declaración que corresponda al producto compensador en el que se hubiere utilizado la mercancía exportada Temporalmente. (...)7 CANTIDAD REIMPORTADA / SALDO Resulta de la diferencia de la cantidad insumos exportados temporalmente y los insumos reimportados. 8 CANTIDAD DE PRODUCTO COMPENSADOR REIMPORTADO / SALDO Cantidad de producto compensador en la serie, en cuyo proceso de perfeccionamiento se ha utilizado mercancía exportada temporalmente. Tiene relación con la columna 12 del Cuadro de Insumo/Producto no pudiendo excederse de la cantidad allí señalada.” Artículo 5. Modi fi cación del Anexo 2 del procedimiento general “Exportación Temporal para Reimportación en el Mismo Estado y Exportación Temporal para Perfeccionamiento Pasivo”, DESPA-PG.05 (versión 3). Modi fi case el Anexo 2 del procedimiento general “Exportación Temporal para Reimportación en el Mismo Estado y Exportación Temporal para Perfeccionamiento Pasivo”, DESPA-PG.05 (versión 3) , aprobado con Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.º 0146-2009/SUNAT/A, según el anexo que forma parte de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO IVÁN LUYO CARBAJAL Intendente Nacional (e) Intendencia Nacional de Desarrollo e Innovación Aduanera Anexo de la Resolución de Intendencia Nacional Nº 13-2017/SUNAT/310000 ANEXO 2 RELACIÓN DE INSUMO PRODUCTO (Perfeccionamiento Pasivo) ADUANA SELLO DE RECEPCIÓN NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESARUC Nº DETALLE DE LA EXPORTACIÓN TEMPORAL DETALLE DE LA DUA DE REIMPORTACIÓN 1.- DUA Exp. Temp. 2.- Ítem 3.- Subpartida y descripción de la mercancía4.- Serie 5.- Ítem 6.- Subartida y descripción del producto7.- Cantidad reimportada/ Saldo8. Cantidad de producto compensador reimportado/SaldoAd/ año/Num Serie LA PRESENTE INFORMACIÓN TIENE CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA. HA SIDO ELABORADA EN ESTRICTA CONCORDANCIA CON LO DECLARADO EN EL CUADRO DE INSUMO/PRODUCTO (Anexo 01) NOTA: ANTES DE CONSIGNAR LOS DATOS, SÍRVASE LEER LAS INSTRUCCIONES .................................................................................. NOMBRE, FIRMA Y SELLO DEL SOLICITANTE O REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA 1578658-1