Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2017 (23/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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NORMAS LEGALES ORGANISMOS AUTONOMOS
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

Lunes 23 de octubre de 2017 /

El Peruano

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Ordenanza Nº 464-MSI.- Modifican la Ordenanza Nº 414-MSI que regula el servicio de transporte a través de vehículos menores y la Ordenanza Nº 395-MSI que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas y la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas 18

Res. Nº 4053-2017.- Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A. la apertura de oficina especial permanente en el departamento de Huánuco 18

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social a Uruguay y encargan su Despacho a la Ministra de Energía y Minas
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 202-2017-PCM Lima, 20 de octubre de 2017 VISTOS: La carta de invitación del 22 de agosto de 2017, de la División de Desarrollo Social de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL); el Informe Nº 054-2017-MIDIS/SG/OGCAI, y el Memorando Nº 301-2017-MIDIS/SG/OGCAI, de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y sus modificatorias; regulan la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047-2002PCM, dispone que los viajes al extranjero de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, mediante Carta del 22 de agosto de 2017, la Directora de la División de Desarrollo Social de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), invita a la señora Fiorella Giannina Molinelli Aristondo, Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a la Segunda Reunión de la Conferencia Regional sobre Desarrollo Social de América Latina y el Caribe, la cual se llevará a cabo en las instalaciones de la Secretaría del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 25 al 27 de octubre de 2017; cuyos gastos serán asumidos por la CEPAL; Que, en el mencionado evento internacional se presentará el documento denominado "Brechas, ejes y desafíos en el vínculo entre lo social y lo productivo"; al cual, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social ha sido invitada como panelista en su presentación; permitiendo así, dar a conocer la labor que realiza el Gobierno del Perú para el cierre de brechas, así como la

labor que viene desarrollando el MIDIS como referente regional en materia de políticas de desarrollo e inclusión social; asimismo, la Ministra procederá con transferir la Presidencia de la Mesa Directiva de la Conferencia Regional sobre Desarrollo Social de América Latina y el Caribe, que asume el Perú a través del MIDIS, a la República Oriental del Uruguay; Que, asimismo, en el marco de dicha reunión, se realizará el evento "Protección social en la infancia y trabajo infantil", así como diversas mesas de trabajo de alto nivel para discutir temas relacionados con políticas sociales con enfoque en derechos a lo largo del ciclo de vida; el doble desafío de la inclusión social y económica en la región; el camino hacia el desarrollo de políticas públicas de inclusión social y económica; logros sociales en clave de sostenibilidad; lo cual permitirá explorar mecanismos de cooperación con autoridades regionales a través del intercambio de experiencias e información en materia de desarrollo social; Que, en atención a la relevancia y trascendencia de las gestiones antes referidas, resulta de interés institucional la asistencia de la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, al citado evento internacional, el cual congregará a autoridades de Gobierno, representantes de la sociedad civil y funcionarios internacionales con el propósito de intercambiar experiencias y debatir temas relacionados con los retos de la protección social y el doble desafío de la inclusión económica y social en la región, entre otros; asimismo, contribuirá con la unificación de las relaciones entre la CEPAL y la República del Perú; Que, mediante los documentos de Vistos, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, señala que la participación de la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social en el mencionado evento internacional coadyuvará a que dicho Sector comparta experiencias con los demás países participantes sobre la temática a abordar, permitiendo la posibilidad de dar a conocer en el ámbito internacional, los logros obtenidos por el Estado peruano en asuntos de inclusión económica y social en la región; asimismo, informa que los gastos que irrogue la realización del presente viaje serán sufragados íntegramente por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL); Que, en tal sentido, resulta conveniente autorizar el viaje de la señora Fiorella Giannina Molinelli Aristondo, Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, para los fines a que se refiere los considerandos precedentes, el cual no irrogará gastos al Tesoro Público; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú, es necesario encargar el Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusión Social, en tanto dure la ausencia de su Titular; De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 047-

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