Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2017 (27/10/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de octubre de 2017 /

El Peruano

considerados como tales por la autoridad competente del Ministerio de Energía y Minas." Artículo 3º.- Modificación de la subpartida 2608.00.00 del Arancel de Aduanas Modifíquese la subpartida 2608.00.00 del Arancel de Aduanas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 3422016-EF, en los términos siguientes:
Código 2608.00.00 2608.00.00.10 2608.00.00.90 Designación de la Mercancía Minerales de cinc y sus concentrados: - Concentrados de cinc de baja ley - Los demás 0 0 A/V

Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1580989-2

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor de los pliegos Poder Judicial y Ministerio Público
DECRETO SUPREMO Nº 300-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó, entre otros, los presupuestos institucionales de los pliegos 004: Poder Judicial y 022: Ministerio Público; Que, el Poder Judicial es el Poder del Estado que, de acuerdo a la Constitución Política ejerce la potestad de administrar justicia, la que emana del pueblo, y la ejerce a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes; Que, el Ministerio Público conforme a lo establecido en la Constitución Política del Perú y su Ley Orgánica de creación, es un organismo autónomo cuya finalidad principal es la defensa de la legalidad, de los derechos ciudadanos y los intereses públicos; la representación de la sociedad en juicio, así como para velar por la moral pública, la persecución del delito y la reparación civil, dentro de las cuales se incluyen los delitos de corrupción; Que, mediante Decreto Supremo N° 358-2016-EF, se otorga de manera excepcional y por única vez, una bonificación por el monto de TRES MIL Y 00/100 SOLES (S/ 3 000,00) a favor del personal administrativo y jurisdiccional del Poder Judicial y del Ministerio Público, sujeto a los regímenes de los Decretos Legislativos N°s 276 y 728, con excepción de los jueces y fiscales, a ser otorgada en tres (03) partes en los meses de diciembre del año 2016, marzo y octubre del año 2017; Que, mediante Oficios Nºs. 7186-2017-P-PJ y 336-2017-MP-FN, el Poder Judicial y el Ministerio Público, respectivamente, solicitan recursos adicionales destinados a financiar el otorgamiento de la tercera parte de la bonificación establecida mediante Decreto Supremo N° 358-2016-EF, por el monto de MIL DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 1 200,00) en el mes de octubre del presente año, a favor del personal administrativo y jurisdiccional, con excepción de los jueces y fiscales, del Poder Judicial y del Ministerio Público; Que, de acuerdo a la información registrada en el "Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector

Público" y la información remitida por el Poder Judicial y el Ministerio Público, se ha determinado que el monto total por atender en la genérica de gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales asciende a la suma total de TREINTA MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 30 652 800,00), para financiar la implementación de la tercera parte de la bonificación establecida mediante Decreto Supremo N° 358-2016-EF; Que, los artículos 44 y 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas con cargo a los recursos previstos en la Reserva de Contingencia, hasta por la suma de TREINTA MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 30 652 800,00) a favor de los pliegos Poder Judicial y Ministerio Público, destinada a financiar el otorgamiento de la tercera parte de la bonificación establecida mediante Decreto Supremo N° 358-2016-EF, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en los presupuestos institucionales de los mencionados pliegos en el presente año fiscal; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de TREINTA MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES (S/ 30 652 800,00) a favor de los pliegos Poder Judicial y Ministerio Público, para ser destinados a atender la implementación de la tercera parte de la bonificación, correspondiente al mes de octubre del presente año, en el marco del Decreto Supremo N° 358-2016-EF, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 30 652 800,00 ------------------TOTAL EGRESOS 30 652 800,00 =========== A LA: En Soles

SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 004 : Poder Judicial FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 20 656 800,00 -------------------TOTAL PLIEGO 004 20 656 800,00 -------------------PLIEGO 022 : Ministerio Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

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