Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2017 (27/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de octubre de 2017 /

El Peruano

en el numeral 15.2 del referido artículo, que dichas transferencias financieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el numeral 15.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que transfiere los recursos en virtud al numeral 15.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, precisando que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados sólo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia financiera; Que, mediante Decreto Supremo N° 211-2017-EF, de fecha 14 de julio de 2017, el Ministerio de Economía y Finanzas autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en favor ­ entre otros­del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas ­ DEVIDA, para el financiamiento de diversos proyectos de inversión y actividades a ejecutarse en el ámbito de intervención del Programa Presupuestal 0072 Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS; Que, mediante Informe N°0074-2017-DV-DAT, la Dirección de Asuntos Técnicos remite la priorización de proyectos y actividades que serán financiados con recursos de la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", la misma que cuenta con la aprobación de la Presidenta Ejecutiva; Que, para tal efecto y en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", en el año 2017, DEVIDA suscribió Adendas con diversas Entidades Ejecutoras, entre ellas con la Municipalidad Distrital de Quiaca para la ejecución del Proyecto "Mejoramiento de capacidades competitivas para la cadena productiva de frutales en el distrito de Quiaca ­ Sandia­Puno" hasta por la suma de UN MILLON ONCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO 00/100 SOLES (S/ 1 011,855.00), cuyo financiamiento se efectuará a través de transferencia financiera; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de DEVIDA, ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestal N° 01220, que convalida lo dispuesto en el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley N° 30518­Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, entendiéndose que este documento forma parte del Informe Previo Favorable N° 0028-2017-DV-OPPUPTO; y adicionalmente, DEVIDA ha emitido la respectiva conformidad a los Planes Operativos de las actividades; Que, con los visados de la Secretaría General, la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS" y los Responsables de la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina General de Administración y Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014PCM. SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia financiera hasta por la suma total de UN MILLON ONCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO 00/100 SOLES (S/ 1 011,855.00), para financiar el citado proyecto, a favor de la Entidad Ejecutora que se detalla en el Anexo N°01 que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la transferencia financiera autorizada por el artículo primero de la presente resolución, se realice con cargo al presupuesto del Año Fiscal 2017 del Pliego 012: Comisión Nacional para el

Desarrollo y Vida sin Drogas correspondiente a la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios". Artículo Tercero.- RATIFICAR que la Entidad Ejecutora, bajo responsabilidad, solo destinará los recursos públicos que se transfieren para la ejecución del Proyecto descrito en el Anexo N° 01 de la presente resolución, quedando prohibido reorientar dichos recursos a otros proyectos o actividades, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Dirección de Promoción y Monitoreo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, es la encargada de efectuar el monitoreo y seguimiento de metas para las cuales fueron entregados los recursos, en el marco de lo dispuesto en el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", a la Dirección de Articulación Territorial, Dirección de Asuntos Técnicos, Dirección de Promoción y Monitoreo, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a la Oficina General de Administración para los fines correspondientes, así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de internet de DEVIDA. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. YALILE MARTINEZ BELTRAN Presidenta Ejecutiva (e) ANEXO Nº 01 PROGRAMA PRESUPUESTAL "PROGRAMA DE DESARROLLO ALTERNATIVO INTEGRAL Y SOSTENIBLE ­ PIRDAIS"
ENTIDAD EJECUTORA Municipalidad Distrital de Quiaca TOTALPOR TRANSFERIR S/



NOMBRE DEL PROYECTO Mejoramiento de capacidades competitivas para la cadena productiva de frutales en el distrito de Quiaca ­ provincia de Sandia ­ Departamento de Puno. TOTAL

1

1,011,855.00

1,011,855.00

1580803-1

INSTITUTO GEOFISICO DEL PERU
Modifican el Artículo Primero de la Resolución de Presidencia N° 34 -IGP/2017
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 203-IGP/2017 Lima, 20 de setiembre de 2017 VISTA: La Resolución de Presidencia Nº 34 -IGP/2017, de fecha 17.02.2017; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, dispone que el Instituto de Radio y Televisión del Perú, mediante Radio Nacional del Perú y Canal 7, programen en horario que considere conveniente su Directorio, avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, Reglamento de la Ley citada en el párrafo precedente, dispone que el

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