Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2017 (27/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Viernes 27 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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y Saneamiento, se establece que este Ministerio tiene por finalidad, normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; que es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia; y que tiene como competencia exclusiva, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales así como la gestión de los recursos del Sector; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2012-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 021-2014-VIVIENDA se crea el Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB, en el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, con el propósito de contribuir a mejorar la calidad de vida de la población urbana, mediante la actuación coordinada y concurrente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los Gobiernos Locales y la Comunidad Barrial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 022-2013-VIVIENDA y modificatorias, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB, documento técnico normativo de gestión institucional, en el cual se determina la naturaleza, objetivos, funciones, estructura orgánica, ámbito de competencia, procesos de los órganos y criterios de elegibilidad y priorizaciones para acceder a dicho Programa; Que, mediante la Resolución de Secretaría General Nº 057-2016-VIVIENDA-SG, se aprueba la Directiva General Nº 006-2016-VIVIENDA-SG "Lineamientos para la elaboración, aprobación y modificación de los Manuales de Operaciones de los Programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento", con la finalidad de estandarizar el contenido de los Manuales de Operaciones de los Programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para contar con un instrumento técnico ­ normativo que permita a los Programas optimizar su gestión y mejorar la calidad de los servicios a su cargo; Que, mediante Informe Nº 582-2017-VIVIENDAVMVU-PMIB, el Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB, propone aprobar el nuevo Manual de Operaciones del citado Programa, que se encuentre acorde a la Directiva General Nº 006-2016-VIVIENDASG, sustentando técnica y legalmente dicha propuesta con el "Informe Técnico Sustentatorio del Proyecto del MOP" y con el Informe Técnico Nº 009-2017/VMVU/PMIBPZAPATA e Informe Legal Nº 05-2017-VIVIENDA/VMVUPMIB-mpaolillo; Que, por Memorándum Nº 1454-2017-VIVIENDAOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe Nº 421-2017-VIVIENDA/OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, mediante el cual emite opinión técnica favorable para la aprobación de la propuesta del Manual de Operaciones del PMIB, toda vez que, se encuentra acorde con los lineamientos de la Directiva General Nº 006-2016-VIVIENDA-SG; Que, mediante Informe Nº 1571-2017-VIVIENDAOGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para aprobar la propuesta del Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar un nuevo Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB en el marco de lo establecido por la Directiva General Nº 006-2016-VIVIENDA-SG; De conformidad con la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº 004-2012-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo Nº 021-2014-VIVIENDA, que crea el Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB; y, la Resolución de Secretaría General Nº 057-2016-VIVIENDA-SG, que aprueba la Directiva General Nº 006-2016-VIVIENDASG "Lineamientos para la elaboración, aprobación y modificación de los Manuales de Operaciones de los

Programas del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial y consta de cuatro (04) Títulos, treinta y tres (33) Artículos, y dos (02) Anexos. Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 022-2013-VIVIENDA. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, del Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios y los Anexos que forman parte integrante del mismo, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1580975-3

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS
Autorizan transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Quiaca, en el marco del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 118-2017-DV-PE Lima, 26 de octubre de 2017 VISTO: El Memorándum N°0386-2017-DV-SG-PP, mediante el cual la Responsable Técnica del Programa Presupuestal "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", remite el Anexo N° 01 que detalla el nombre del proyecto, entidad ejecutora e importe a ser transferido; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Tráfico Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el acápite vi) del inciso a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias financieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: "Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible ­ PIRDAIS", "Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas­ PTCD", y "Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú­GIECOD", precisándose

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