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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2017 (27/10/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Viernes 27 de octubre de 2017 / El Peruano GASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 3 072 969,00 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001782 Mantenimiento de los ServiciosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 1 240 821,00 GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 183 058,00 ACTIVIDAD 5005816 Registro, Edición y Emisión de Noticias FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 1 128 686,00 ACTIVIDAD 5005817 : Producción y Difusión de Programas de Radio FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 458 200,00 ACTIVIDAD 5005818 : Producción y Difusión de Programas de Televisión FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3. Bienes y Servicios 1 892 426,00 ------------------TOTAL EGRESOS 7 976 160,00 ========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de octubre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1580989-4Aprueban relación de entidades y montos comprendidos dentro de los alcances del artículo 12 de la Ley Nº 30624 DECRETO SUPREMO Nº 302-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el artículo 12 de la Ley Nº 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, autoriza excepcionalmente, durante el año fi scal 2017, a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, la realización de modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, con cargo a los recursos transferidos o incorporados en el marco de una autorización otorgada con una norma con rango de ley, a fi n de que tales recursos sean destinados al fi nanciamiento de estudios de preinversión, proyectos de inversión y de inversiones que no constituyen proyectos de inversión; Que, asimismo, el citado artículo establece que la relación de entidades comprendidas en los alcances de lo establecido en el referido artículo 12, así como los montos correspondientes, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previa solicitud presentadas por dichas entidades al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Presupuesto Público, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes contados a partir del día siguiente de publicada la Ley Nº 30624; Que, diversos Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y entidades del Gobierno Nacional han presentado, dentro del plazo indicado en el considerando precedente, sus solicitudes para la realización de modi fi caciones presupuestarias a nivel funcional programático con cargo a los recursos autorizados en su presupuesto institucional 2017, los cuales han sido evaluados considerando los proyectos habilitadores que van a ser materia de anulación presupuestaria; el dispositivo legal que autorizó la correspondiente transferencia o incorporación de recursos; costo y nivel de avance de la ejecución de la actividad y/o proyecto materia de anulación con su proyección multianual; motivos por los cuales se presentan saldos disponibles; que se garantice el fi nanciamiento de los proyectos habilitadores en los siguientes ejercicios fi scales; y que los recursos materia de modi fi cación presupuestaria en el nivel funcional programático deben orientarse necesariamente al fi nanciamiento de estudios de preinversión, proyectos de inversión y/o de inversiones que no constituyen proyecto de inversión; Que, en virtud a lo mencionando en el considerando precedente, se ha determinado el monto de CIENTO VEINTISIETE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 127 853 882,00), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, y VEINTIDOS MILLONES TRESCIENTOS DIECISEIS MIL CIENTO SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 22 316 176,00), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para ser destinados al fi nanciamiento de proyectos de inversión en el presente año fi scal; Que, por tanto, corresponde aprobar la relación de entidades comprendidas en los alcances del artículo 12 de la Ley Nº 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, así como los montos destinados al fi nanciamiento de proyectos de inversión en el marco del citado artículo; De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de la Ley Nº 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Apruébase la relación de pliegos presupuestales comprendidos dentro de los alcances del artículo 12 de la